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    La flota fresquera podrá pescar especies pelágicas dentro de la ZVPJM

    Oscar Martin LeguizamónPor Oscar Martin Leguizamón12 de noviembre de 20253 Minutos
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    El organismo rector de la política pesquera en Argentina autorizó a la flota fresquera de altura a pescar especies pelágicas dentro de la zona de veda permanente de juveniles de merluza.
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    El Consejo Federal Pesquero amplió la autorización vigente para la flota fresquera de altura, permitiendo la captura de especies pelágicas —como la anchoíta— dentro de la Zona de Veda Permanente de Juveniles de Merluza (ZVPJM).

    En su Acta CFP Nro. 31/2025, el organismo tomó conocimiento de las solicitudes presentadas por la Cámara Argentina de Armadores de Buques Pesqueros de Altura (CAABPA) y la Unión de Intereses Pesqueros Argentinos (UDIPA), ambas fechadas el 4 de noviembre, en las que se solicitaba autorización para operar dentro de la ZVPJM con el objetivo de desarrollar actividades dirigidas a la pesca de especies pelágicas.

    El planteo retoma precedentes anteriores, ya que el Consejo había adoptado una medida similar en el Acta CFP Nro. 15/2025, cuando atendió un pedido de la Cámara de la Flota Amarilla de Chubut (CAFACH).

    En esa oportunidad, a partir de la opinión técnica del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP), se autorizó la operatoria de la flota fresquera para la captura exclusiva de anchoíta en la zona comprendida entre los paralelos 42° y 44° de latitud Sur, por considerar una captura dirigida en modalidad de arte de pesca a media agua, ergo, sin impacto sobre otras especies demersales, ni el ecosistema del fondo marino.

    La decisión actual mantiene las condiciones técnicas y de control que ya se aplicaban en casos anteriores. La flota podrá utilizar redes de media agua y realizar las operaciones únicamente durante las horas de luz diurna. Antes de iniciar cada marea, los armadores deberán declarar la intención de pescar anchoíta, de modo que a bordo solo se encuentren artes de pesca pelágica.

    Asimismo, los buques deberán dar aviso al ingresar a la ZVPJM con fines de captura exclusiva y comunicar, con un mínimo de 24 horas de anticipación, la fecha y el puerto donde se realizará la descarga, a fin de que la captura pueda ser verificada oficialmente. También se establece la obligatoriedad de embarcar un observador científico del INIDEP, o en su defecto un inspector de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera (DNCyFP) o un observador provincial disponible.

    El organismo, resolvió por unanimidad extender la autorización a todas las especies pelágicas, y no solo a la anchoíta, manteniendo las mismas condiciones de control y supervisión. Con esta medida, se busca compatibilizar la actividad pesquera con la protección de los juveniles de merluza y promover un aprovechamiento responsable y sostenible de los recursos en la ZVPJM.

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