Inconstitucionalidad y mala aplicación del derecho en la provincia de Chubut, es parte de una política recaudatoria impulsada desde la gobernación, que aun continúa presionando para que el FAP, lo paguen los armadores.
Categoría: canon pesquero
La resolución será de aplicación a las descargas efectuadas a partir del último 1 de julio y debe ser revisada en forma anual de acuerdo al mecanismo establecido en los artículos 2 y 3 de la Resolución nro. 7.
Los dictados de leyes provinciales de la provincia de Chubut, son mal aplicados a los buques pesqueros que operan sobre el recurso langostino y descargan en los puertos de Bahía Camarones, Rawson y Puerto Madryn, quedando exento de tal tributo el puerto de Comodoro Rivadavia.
Armadores locales están siendo intimados a cancelar deudas, pero el tributo es considerado inconstitucional en el sector. Recrudece la puja judicial.