Categoría: CITC merluza de cola

El CFP habilitó un mecanismo transitorio para que los titulares de CITC de merluza de cola puedan ofrecer hasta el 50% del volumen anual que estimen no capturar durante 2025. Ese volumen se integrará a la Reserva de Administración para su reasignación, priorizando el abastecimiento de plantas de procesamiento en tierra. Las presentaciones deberán realizarse antes del 15 de agosto de 2025.