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    Control satelital: cómo se implementará la obligatoriedad de emitir cada quince minutos

    PescarePor Pescare13 de mayo de 20193 Minutos
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    La Subsecretaría de Pesca de la Nación estableció un plan que segmenta los plazos de acuerdo al tipo de embarcación. Además, realizarán un taller informativo.
    Foto de archivo.
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    Luego de escuchar el punto de vista de los armadores, la Subsecretaría de Pesca de la Nación consideró prudente otorgar distintos plazos para que la flota se adapte a la normativa que exige emitir datos del control satelital cada quince minutos.

    Esa frecuencia de envío fue establecida por la propia cartera en abril pasado mediante la Disposición 39/19, firmada por el subsecretario, Juan Manuel Bosch. Hasta entonces, los buques podían remitir la información cada hora.

    Los datos, vale recodarlo, incluyen identificación del equipo, matrícula, nombre del pesquero, fecha y hora en GTM (Greenwich Meridian Time), posición en latitud y longitud en grados, minutos y centésimas de minuto, rumbo en grados y velocidad en nudos.

    Cambio en la frecuencia

    “Llevamos el monitoreo a quince minutos con un plan de implementación. Va por flota y durante un año”, le explicó Bosch a Pescare.com.ar. Los detalles están contenidos en la nueva Disposición 152/19, que modifica la entrada en vigencia de la 39/19 mediante el siguiente esquema.

    • La totalidad de la flota tangonera fresquera y congeladora que opere en aguas nacionales deberá emitir cada quince minutos desde el inicio de la zafra de langostino 2019.
    • La flota potera deberá hacerlo a partir del inicio de la campaña 2020.
    • Los buques arrastreros congeladores estarán obligados a partir de los 60 días contados desde la entrada en vigencia de la 152/19.
    • Los buques arrastreros fresqueros superiores a 40 metros de eslora, a partir de los 90 días contados desde la entrada en vigencia de la 152/19.
    • Los buques arrastreros fresqueros de entre 28 y 39 metros de eslora, a partir de los 180 días contados desde la entrada en vigencia de la 152/19.
    • Los barcos arrastreros fresqueros con una eslora menor o igual a los 27 metros de eslora, a partir de los 360 días contados desde la entrada en vigencia de la 152/19.

    Interrupción tolerable

    “La interrupción de la señal en cuatro o más reportes consecutivos hará pasibles a los administrados de las sanciones legales que correspondan y obligará a la inmediata vuelta a puerto con el concurso de Prefectura”, se establece.

    Básicamente, las autoridades buscan optimizar la fiscalización de las embarcaciones y evitar el ingreso a las zonas de veda.

    Además, la normativa prevé convocar en lo inmediato (un período no mayor a 30 días) a las empresas prestadoras del servicio de posicionamiento de la flota y a las cámaras armatoriales para realizar un taller de carácter informativo.

    Por último, se invita a las provincias a que adecúen las normas aplicables en sus respectivas jurisdicciones a lo resuelto a nivel nacional.

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