Los derechos de extracción que pagan titulares de permisos de pesca comercial fueron ajustados por el Consejo Federal Pesquero tras varias semanas de debate. El nuevo cuadro está contenido en la Resolución 12/14.
Los consejeros explicaron que los valores no habían sido actualizados en los últimos diez años, más precisamente desde la Resolución 5/04, pese a la aceleración de precios que sufrió el resto de la economía; sobre todo de 2009 a esta parte.
El arancel base $/tonelada de merluza hubbsi, por caso, pasó de 14.79 a 22.20; el de calamar de 20.54 a 30.80; y el del langostino (sur del 41°) de 492.96 a 740, por sólo mencionar algunos parámetros.
El método de cálculo surge luego de multiplicar el arancel base de la especie por la cantidad de toneladas extraídas, y por el coeficiente, según la modalidad de pesca, siguiendo el esquema que se detalla en el Anexo I de la norma (ver al pie desde página 6).
Sin embargo, se seguirán reduciendo los costos en un 30 por ciento para los permisionarios que elaboren en tierra la producción, incluyendo los recursos que forman parte de una pesca incidental o acompañante.
Por otra parte, se establecen valores diferenciales más elevados en los aranceles base de las especies cuya explotación debe ser restringida por razones biológicas. Ese grupo está integrado por condrictios y abadejo.
“El pago del derecho único de extracción deberá efectuarse dentro de los primeros 15 días hábiles del mes siguiente al mes de la fecha de descarga”, específica la 12/14, que tendrá vigencia a partir del próximo 1° de noviembre.
El Consejo Federal Pesquero ajustó los valores base mediante el dictado de la Resolución 12/14. Además, estableció diferenciales para condrictios y abadejo.