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    Consejo Federal Pesquero. Sesi贸n semanal, Acta Nro.29-30/22 y Resoluci贸n Nro.15/22

    Gustavo SeiraPor Gustavo Seira14 de octubre de 202212 Minutos
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    Se realiz贸 una nueva sesi贸n del Consejo Federal Pesquero en la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires. Fueron emitidas dos actas (la Nro. 29 y 30) tras las dos reuniones mantenidas entre mi茅rcoles y jueves, quedando establecido que la pr贸xima sesi贸n se llevar谩 a cabo los d铆as 26 y 27 de octubre pr贸ximo.
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    El acta nro. 29 refleja la distribuci贸n de dinero a trav茅s del FONAPE (Fondo Nacional Pesquero), sobre la recaudaci贸n con la cuenta dicho hasta el d铆a 5 de octubre 煤ltimo donde la recaudaci贸n ascend铆a a la suma de $1.221.080.035,78, de los cuales $64.262.950,65, corresponden al embarque de inspectores.

    Indicaron que el CFP ha distribuido a la fecha $ 763.143.975,29 ($ 716.483.732,55 + 46.660.242,74) queda un saldo a distribuir de $440.333.352,58 correspondientes a recursos coparticipables y no coparticipables, y $17.602.707,91 al embarque de inspectores.

    Por unanimidad de los ocho miembros que dieron quorum a la sesi贸n decidieron asignar fondos de la siguiente manera:

    • 50% de recursos no coparticipables ($220.166.676,29)
      • Autoridad de Aplicaci贸n $ 48.466.676,29
      • Inidep $ 57.200.000,00
      • Patrullaje y Control $ 57.200.000,00
      • CFP $ 48.500.000,00
      • Capacitaci贸n $ 8.800.000,00

    De los 50% de recursos coparticipables ($220.166.676,29), los mismos ser谩n distribuidos:

    • Provincia de Buenos Aires $ 36.694.446,04
    • Provincia de R铆o Negro $ 36.694.446,04
    • Provincia de Chubut $ 36.694.446,04
    • Provincia de Santa Cruz $ 36.694.446,04
    • Provincia de Tierra del Fuego, Ant谩rtida e Islas del Atl谩ntico Sur $ 36.694.446,04
    • Naci贸n $ 36.694.446,04

    De acuerdo a la decisi贸n adoptada se instruy贸 a la Coordinaci贸n Institucional para que solicite a la Autoridad de Aplicaci贸n que realice las gestiones para efectivizar las transferencias de recursos que correspondan en ambos casos (fondos coparticipables y no coparticipables), seg煤n este detalle:

    • De los $ 48.466.676,29 asignados a la Autoridad de Aplicaci贸n deber谩n transferirse $ 39.466.676,29 sobre la base de lo que establezca dicha autoridad, y los $ 9.000.000 restantes, conforme lo dispuesto por la SSPyA e informado por nota de fecha 13/10/2022, a la Carta Acuerdo N掳 1/2014 del Convenio Marco suscripto por el Ministerio de Producci贸n y Agroindustria de la Provincia de R铆o Negro y la FUNBAPA, el 14/02/2014, para ser imputados al Convenio suscripto entre la Subsecretar铆a de Pesca de dicha Provincia y el INIDEP para llevar a cabo la 鈥淐ampa帽a de Investigaci贸n Pesquera ReDe 2022 – Monitoreo de merluza y especies demersales (GSM – R铆o Negro) a realizarse con el BIPO 鈥淰ictor Angelescu鈥.
    • Los $ 57.200.000,00 asignados al INIDEP, deber谩n transferirse, seg煤n lo requerido por el Instituto, para llevar a cabo las tareas de investigaci贸n pesquera.
    • De los $ 57.200.000,00 correspondientes al 铆tem Patrullaje y Control, a los efectos de reforzar el control en la Zona Econ贸mica Exclusiva argentina, deber谩n transferirse $28.600.000 a la Armada Argentina y $ 28.600.000 a la Prefectura Naval Argentina, imputando dichas cantidades al saldo de los convenios celebrados entre ambas instituciones y la Secretar铆a de Gobierno de Agroindustria.
    • De los $48.500.000,00 asignados al 铆tem CFP, deber谩n transferirse, para su funcionamiento a la Fundaci贸n Argeninta N潞 1/10 $40.000.000 y a la Fundaci贸n Argeninta CFP C.A. N潞 4/10 componente 1 $8.500.000.
    • Los $ 8.800.000,00 asignados al 铆tem Capacitaci贸n, deber谩n transferirse a la Fundaci贸n Argeninta CFP C.A. N潞 1/10.
    • Los $36.694.446,04 asignados a la Provincia de Buenos Aires, deber谩n transferirse a la Carta Acuerdo N掳 5/2010 suscripta por el entonces Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires, actualmente Ministerio de Desarrollo Agrario, con la Fundaci贸n Argeninta, en virtud de la nota de fecha 22/02/2022 enviada por la Subsecretar铆a de Agricultura, Ganader铆a y Pesca, Representante de la Provincia ante el CFP, solicitando que los fondos de coparticipaci贸n del FONAPE que le correspondan a la Provincia sean girados a la Carta Acuerdo se帽alada.
    • De los $36.694.446,04 asignados a la Provincia de R铆o Negro, en virtud de la nota SP N掳 311/2022, de fecha 11/10/22, enviada por el Ministerio de Producci贸n y Agroindustria de la Provincia de R铆o Negro, deber谩n transferirse: – $16.726.711 a Fundaci贸n Argeninta, Unidad de Vinculaci贸n Tecnol贸gica en el marco del Convenio suscripto entre la Subsecretar铆a de Pesca de dicha Provincia y el INIDEP para llevar a cabo la 鈥淐ampa帽a de Investigaci贸n Pesquera ReDe 2022 – Monitoreo de merluza y especies demersales (GSM – R铆o Negro) a realizarse con el BIPO 鈥淰ictor Angelescu鈥. 
    • Los $ 19.967.735,04 restantes, seg煤n lo dispuesto por nota MPyA N掳 72/2022, de fecha 22/02/22, enviada por el Ministerio de Producci贸n y Agroindustria de la Provincia de R铆o Negro, de la siguiente manera:
    • el 60% ($11.980.641,02) a la Carta Acuerdo N掳 1/2014 del Convenio Marco suscripto por dicho Ministerio y la FUNBAPA el 14/02/14; y el 40% restante ($ 7.987.094,02)

    A cada una de las provincias con litoral mar铆timo restantes deber谩n transferirse $36.694.446,04

    A la Naci贸n deber谩 transferirse $ 36.694.446,04 sobre la base de lo que establezca la Autoridad de Aplicaci贸n y $ 17.602.707,91.

    Del mismo modo, dado que a la fecha la recaudaci贸n en la cuenta del FONAPE, pr谩cticamente alcanza al techo de cr茅dito presupuestario vigente del Programa 36- Formulaci贸n de Pol铆ticas de los Sectores pesquero y Acu铆cola, Fuente de Financiamiento 13 鈥 Recursos con Afectaci贸n Espec铆fica, han solicitado a la Autoridad de Aplicaci贸n que priorice y d茅 la mayor celeridad a la gesti贸n de ampliaci贸n del cr茅dito presupuestario vigente, para efectivizar la distribuci贸n y transferencia de la totalidad de los recursos del FONAPE y cumplir con los lineamientos legales que determina con claridad el destino espec铆fico de estos fondos.

    Resoluci贸n CFP Nro.15/2022

    El Consejo Federal Pesquero resolvi贸 en horas de la tarde de este jueves, la Captura M谩xima Permisible para la Scomber colias (Caballa). La resoluci贸n, CFP Nro. 15/2022 se basa en el informe emitido por el INIDEP.

    La Resoluci贸n establece la Captura M谩xima Permisible de la especie Caballa para el per铆odo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del presente a帽o, con los valores que aqu铆 mencionamos:

    1. Stock al Norte del paralelo 39潞 de latitud Sur: CATORCE MIL DOSCIENTAS (14.200) toneladas.
    • Stock al Sur del paralelo 39潞 de latitud Sur: TREINTA MIL (30.000) toneladas.

    Adem谩s la Resoluci贸n establece una Reserva de Administraci贸n dentro de la Captura M谩xima Permisible del stock sur del paralelo 39掳 de latitud Sur de la especie caballa (Scomber colias), para el presente a帽o, de CUATRO MIL (4.000) toneladas.

    Esta Resoluci贸n entr贸 en vigencia este mismo jueves y la misma podr谩 ser revisada por el Consejo Federal Pesquero y de ser necesario modificada o complementada a partir de informaci贸n y bien recomendaciones del Instituto Nacional de Investigaci贸n y Desarrollo Pesquero.

    Entre los considerandos la Autoridad de Aplicaci贸n destac贸 que la Resoluci贸n se da con el objeto de evitar excesos de explotaci贸n y asegurar su conservaci贸n a largo plazo.

    Para arribar a las CMP sobre la Caballa, el CFP tom贸 en cuenta el Informe T茅cnico Oficial nro. 52/2022 del INIDEP denominado 鈥淐aballa (Scomber colias) capturas efectuadas por la flota comercial durante el a帽o 2021 y estimaci贸n de par谩metros poblacionales de inter茅s biol贸gico 鈥 pesquero鈥.

    El informe presenta los resultados del an谩lisis de las estad铆sticas pesqueras correspondientes al a帽o 2021 y determina los par谩metros poblacionales de utilidad para evaluar el recurso y realizar las recomendaciones de captura correspondientes.

    El Instituto tambi茅n ha remitido una nota con fecha 4 de octubre del corriente y que fue tratada en esta 煤ltima sesi贸n del CFP, a trav茅s de la cual sugiere repetir para el a帽o en curso los valores de CMP establecidos para el per铆odo 2021, tanto para el stock sure帽o como para el stock norte帽o de caballa (Scomber colias).

    Esa determinaci贸n se da en virtud de que la estructura de longitudes y edades, as铆 como los par谩metros biol贸gicos, no revelan cambios respecto a los ya conocidos.

    Por las particularidades que presenta la explotaci贸n anual de la pesquer铆a de Caballa (Scomber colias) al sur del paralelo 39掳 de latitud Sur, el CFP consider贸 que resulta necesario adem谩s establecer una reserva de administraci贸n de la especie.

    Acta CFP Nro.30/2022

    En el Acta nro. 30 emitida por el Consejo Federal Pesquero hace referencia sobre la disponibilidad en las reservas de merluza com煤n, de acuerdo al informe enviado por la Direcci贸n Nacional de Control y Fiscalizaci贸n Pesquera se inform贸 que el estado de la Reserva de Administraci贸n de merluza com煤n, la disponibilidad al 11/10/22 era de 6.496,8 toneladas.

    El CFP inform贸 los buques peticionantes de volumen adicional de captura de merluza com煤n para el a帽o 2022, el consumo de su CITC y del grupo empresario al que pertenecen, el promedio de consumo por marea y las toneladas disponibles en cada uno de ellos.

    Teniendo en cuenta estos puntos, como as铆 tambi茅n la prioridad establecida en la disposici贸n transitoria introducida en la Resoluci贸n CFP N掳 5/2022 (inciso d) para el abastecimiento de materia prima a las plantas de procesamiento en tierra, decidi贸 el Organismo, por unanimidad, asignar de la Reserva de Administraci贸n de la especie, para el per铆odo anual 2022, un volumen de captura de merluza com煤n a los buques fresqueros peticionantes y en las siguientes cantidades:

    • B/P 鈥淭ozudo鈥 -170 toneladas-
    • B/P 鈥淧onte Coruxo鈥 鈥 60 toneladas-
    • B/P 鈥淒on Santiago鈥 -160 toneladas-
    • B/P 鈥淒on Nicola鈥 -100 toneladas.
    • B/P 鈥淭es贸n鈥 -140 toneladas-

    Por su parte, la Secretar铆a de Pesca de la Provincia del Chubut solicit贸 la asignaci贸n de toneladas de merluza com煤n de la Reserva Social de la Provincia y teniendo en cuenta el volumen disponible, se le asignaron:

    • B/P 鈥淎ltamar鈥 -200 toneladas-
    • B/P 鈥淢isal鈥 -45 toneladas-

    En referencias a las especies pel谩gicas, adem谩s del Informe T茅cnico recibido de parte del INIDEP que dio motivo a la Resoluci贸n 15/2022.

    La C谩mara CAPEAR ALFA, solicit贸 computar como parada biol贸gica, durante 2022 y a帽os venideros, el tiempo dedicado a la captura exclusiva de especies pel谩gicas (caballa y ancho铆ta) como se dispuso en el Acta CFP N掳 24/2021, para poder abastecer a la industria que trabaja con estos recursos.

    Por su parte, U.d.I.P.A. solicit贸 la renovaci贸n de la medida adoptada en el Acta CFP N掳 24/2021, respecto del c贸mputo de parada biol贸gica, para el per铆odo 2022.

    Por estas presentaciones y considerando el contexto actual y atendiendo a la necesidad de proteger y fomentar los puestos de trabajo en tierra 鈥揺xpresa el Acta nro. 30- el CFP decidi贸 por unanimidad establecer que, hasta el pr贸ximo 31 de diciembre, las embarcaciones habilitadas a la pesca de especies pel谩gicas (caballa y ancho铆ta) podr谩n computar a cuenta de la parada biol贸gica dispuesta por la Resoluci贸n CFP N掳 26/2009 (modificada por las Resoluciones CFP N掳 14/2014 y N掳 16/2018) el tiempo dedicado a su captura exclusiva, bajo las siguientes condiciones:

    • Declarar la intencionalidad de la pesca de ancho铆ta y/o caballa antes de iniciar la marea, de forma tal que la existencia exclusiva de artes de pesca pel谩gicas pueda ser verificada a bordo.
    • Comunicar, con al menos 24 horas de anticipaci贸n, la fecha y puerto en que se realizar谩 la descarga, con la finalidad de que la captura exclusiva de dichas especies pueda ser corroborada.
    • Solicitar a la Autoridad de Aplicaci贸n el c贸mputo de la marea como parada biol贸gica, acreditando el cumplimiento de las condiciones enunciadas precedentemente, antes de finalizar el per铆odo anual.
    • Cumplir las dem谩s condiciones establecidas en la Resoluci贸n CFP N掳 7/2015 (medidas de manejo de especies pel谩gicas). A continuaci贸n se instruye a la Coordinaci贸n Institucional para que comunique la decisi贸n a la Autoridad de Aplicaci贸n.

    En referencia tambi茅n a U.d.I.P.A., 茅sta solicit贸 autorizaci贸n para desarrollar actividades de pesca en el AVPJM. Al respecto, considerando que en las temporadas pasadas, ante una consulta similar, el INIDEP ya hab铆a manifestado que no cuenta con elementos biol贸gicos o cient铆ficos para desalentar que buques comerciales operen sobre especies pel谩gicas con red de arrastre de media agua y en horas diurnas, en la zona mencionada, y que se han autorizado operatorias similares, por lo cual el Consejo autoriz贸, durante el corriente per铆odo anual, la operatoria de la flota fresquera para la captura exclusiva de ancho铆ta y caballa en el AVPJM, entre los paralelos 42掳 y 44掳 de latitud Sur.

    La autorizaci贸n queda sujeta a las siguientes condiciones:

    • Utilizar red de media agua.
    • Operar solamente durante las horas de luz diurna.
    • Declarar la intencionalidad de pescar ancho铆ta y/o caballa antes de iniciar la marea, de forma tal que la existencia exclusiva de artes de pesca pel谩gica pueda ser verificada a bordo.
    • Dar aviso en el momento en el que el buque se dispone a entrar a la zona de veda con los fines de captura exclusiva de una o ambas especies.
    • Comunicar, con al menos 24 horas de anticipaci贸n, la fecha y puerto en que se realizar谩 la descarga, con la finalidad de que la captura exclusiva de dichas especies pueda ser corroborada. 
    • Establecer para el armador la obligatoriedad de embarcar un observador cient铆fico a bordo, de conformidad con la disponibilidad del INIDEP. En su defecto se podr谩 embarcar un Inspector de la DNCyFP u observadores provinciales disponibles. Se instruye a la Coordinaci贸n Institucional para que comunique la decisi贸n a la Autoridad de Aplicaci贸n.

    Sobre el recurso Langostino, el INIDEP adjunt贸 el Informe de Asesoramiento y Transferencia N掳 97/2022: 鈥淐aptura incidental de merluza (Merluccius hubbsi) obtenida por la flota langostinera desde el 1掳 de abril al 25 de septiembre de 2022.鈥

    El Informe actualiza los resultados de la actividad comercial de la flota langostinera, presentando informaci贸n desde el inicio hasta la finalizaci贸n de la zafra del a帽o en curso, que fue desde el 1 de abril al 30 de septiembre de 2022.

    Sobre la base de los datos obtenidos por los AIP del INIDEP y observadores provinciales a bordo de buques de la flota dirigida a langostino, se efectu贸 la estimaci贸n preliminar del bycatch de merluza.

    El valor acumulado al 30 de septiembre de 2022 fue de 23.729 toneladas, inferior al estimado al 3 de octubre de 2021, que fue de 28.713 toneladas. Destac谩ndose que es el valor m谩s bajo en los 煤ltimos cinco a帽os.

    Calamar Illex

    Sobre la especie Calamar, la C谩mara de Armadores de Poteros Argentinos solicit贸 la apertura anticipada de las operaciones de pesca de calamar al sur del paralelo 44掳 de Latitud Sur a partir del d铆a 7 de enero pr贸ximo.

    El pedido se fundamenta en los resultados favorables que se han obtenido a partir de la adopci贸n de esta medida en a帽os anteriores con el apoyo de los informes del INIDEP.

    El CFP decidi贸 tambi茅n por unanimidad disponer la apertura anticipada de la temporada de captura de la especie calamar (Illex argentinus), de la siguiente manera:

    • entre los paralelos 49掳 y 52掳 de latitud Sur, desde la hora 0:00 del d铆a 2 de enero de 2023;
    • al sur del paralelo 44掳 de latitud Sur, exclusivamente a los buques que hubieran operado al sur del paralelo 49掳 de latitud Sur durante al menos 3 d铆as en tareas de pesca, desde la hora 0:00 del d铆a 7 de enero de 2023;
    • al sur del paralelo 44掳 de latitud Sur para el resto de la flota, desde la hora 0:00 del d铆a 10 de enero de 2023.
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    Gustavo Seira

    Gustavo Seira periodista.

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