La Direcci贸n de Desarrollo Mar铆timo y Fluvial de la Provincia de Buenos Aires estableci贸 mediante la Disposici贸n 23/15 una veda total para la extracci贸n de moluscos bivalvos y gaster贸podos (caracoles).
La medida responde a la detecci贸n del fen贸meno conocido como 鈥渕area roja鈥 y rige para el 谩rea delimitada desde Punta Rasa hasta el l铆mite sur del partido de Villarino, en toda la zona costera y aguas de jurisdicci贸n provincial.
鈥淓stablecer que los t茅rminos de la presente tendr谩n vigencia hasta tanto los estudios y an谩lisis correspondientes indiquen su aptitud para el consumo humano鈥, a帽ade el texto.
Por otro lado, se recomienda consumir solamente moluscos bivalvos y gaster贸podos provenientes de establecimientos habilitados y abstenerse de adquirir y/o consumir ejemplares sin el correspondiente certificado sanitario.
D铆as atr谩s, el Senasa hab铆a advertido que del an谩lisis de caracoles provenientes de zonas explotadas comercialmente surg铆an niveles de toxina paralizante (TPM) superiores al l铆mite apto para consumo, seg煤n la normativa vigente.
Los cient铆ficos explican que esto es el resultado de proliferaciones de algas unicelulares microsc贸picas, las cuales forman parte del alimento de moluscos bivalvos (berberechos, mejill贸n y almeja, entre otros) y gaster贸podos, organismos que concentran las toxinas.
Vale recordar que la ingesti贸n de moluscos con concentraciones superiores a 80 ug en 100 gramos de toxina paralizante de moluscos tiene efecto sobre la salud humana que van desde un fuerte malestar hasta incluso la muerte.
Rige en la zona delimitada desde Punta Rasa hasta el l铆mite sur del partido de Villarino, en toda la zona costera y aguas de jurisdicci贸n provincial.

