• Noticias
    • Ingreso de Buques a Puerto
    • Buques Operando
    • Empresas
    • Nosotros
    • Contacto
    Categorías
    • Actividad
    • Acuicultura y Maricultura
    • Administración
    • Archivo
    • Barcos
    • Capacitación
    • Comercio
    • Comercio Exterior
    • Conflicto
    • Consumo
    • Controles
    • Coronavirus
    • Covid-19
    • Defensa
    • Editorial
    • Educación
    • Elecciones
    • Emergencia
    • Empresas
    • Eventos
    • Ferias & Exposiciones
    • Gobierno
    • Gremios
    • Industria Naval
    • Investigación
    • Invitado Especial
    • Legislación
    • Logística
    • Marketing
    • Medio ambiente
    • Mercado
    • Mercado Interno
    • Naufragio
    • Normativa
    • Pesca Artesanal
    • Pesca Ilegal
    • Pesquerías
    • Petróleo & Gas
    • Producción
    • Puerto
    • Renovación de flota
    • Responsabilidad Social Empresaria
    • Seguridad
    • Seguridad Alimentaria
    • Selectividad
    • Sofia 2020
    • Sustentabilidad
    • Tecnología
    • Trazabilidad
    • Variado Costero
    Nueva PescareNueva Pescare
    © 2022 Pescare.com.ar
    Todos los derechos reservados
    Aviso Legal
    Facebook Twitter Instagram
    • Noticias
    • Ingreso de Buques a Puerto
    • Buques Operando
    • Empresas
    • Nosotros
    • Contacto
    PescarePescare
    PescarePescare
    Normativa

    Desde el CPRMDP alertan sobre la aplicación de normas de estacionamiento y toma de energía eléctrica en muelles

    PescarePor Pescare27 de septiembre de 20236 Minutos
    Facebook Twitter Telegram WhatsApp
    El CPRMDP avisa acerca de la obligatoriedad de cumplir con las normas de transito, estacionamiento y toma de energia electrica en muelles. Con el fin de corregir excesos y extralimitaciones en los sectores de transito y estacionamiento como así también de toma de energía eléctrica en los muelles, el Consorcio avisa sobre el inicio de un severo ajuste y control en estas dos reglamentaciones. La Resolución 376-08/2023 sobre estacionamiento y 872/2023 cuyo fundamento es la toma de energía eléctrica en sector de muelles.
    Facebook Twitter Email WhatsApp

    Multas para vehículos estacionados en sectores prohibidos y suministro de electricidad para uno de los muelles. Dos Resoluciones que están vigentes en el ámbito del Consorcio Portuario marplatense.

    Por una parte la Resolución 376-08/2023, deja establecido que queda permanentemente prohibido el aparcamiento (así dice la Resolución) y/o la espera en tránsito de camiones, remolques, semi-remolques, tractores y/o vehículos de carga y/o de gran porte en general, por cualquier causa, en los diferentes espacios y vías de circulación que integran el puerto como unidad sistemática, salvo en aquellos lugares expresamente habilitados al efecto, cuya determinación corresponderá a la Gerencia Operativa, quien se encargará de su debida publicitación (eso también dice el textual de la Resolución).

    Para quienes circulan habitualmente por el puerto de Mar del Plata –Av. de los Trabajadores hacia el mar- el tránsito vehicular es una complicación, algo que debería corregirse antes de seguir contando con que las causalidades existen.

    Además la Resolución indica que “queda terminantemente prohibido el aparcamiento y/o espera en tránsito de automóviles, camionetas y/o motocicletas – cualesquiera sea la causa que lo motive – en los diferentes espacios y vías de circulación que integran el puerto como unidad sistémica salvo en aquellos lugares expresamente habilitados al efecto”. Una determinación perfectamente pensada, pero de prácticamente nulo cumplimiento. Las pruebas se ven a diario las 24 horas.

    Por supuesto que quien infrinja la disposición tiene previstas sanciones, quedando a criterio del Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata, la posibilidad de modificar la escala, en función de la gravedad de la falta, por lo que, de acuerdo a lo ya escrito, existe una escalonamiento para el pago de multas por parte de los infractores:

    • Primera infracción: apercibimiento
    • Segunda infracción: multa de $ 24.376 (quedando prohibido el ingreso a todas las terminales del Puerto de MDP hasta tanto la misma no sea abonada, sanción que comprenderá tanto al titular del vehículo, cuanto a la imposibilidad de ingresar con el mismo a zona operativa cualquiera sea el sujeto que pretenda operarlo).
    • Tercera infracción: multa de $ 47.569, (quedando restringido también el ingreso a todas las terminales del Puerto de MDP hasta tanto la misma no sea abonada, sanción que comprenderá tanto al titular del vehículo cuanto a la imposibilidad de ingresar con el mismo a zona operativa cualquiera sea el sujeto que pretenda operarlo), al igual que ocurre con la segunda infracción.
    • Cuarta infracción en adelante: podrá disponerse sanción de multa desde los $ 117.179 en adelante, pudiendo incrementarse dicho monto proporcionalmente en virtud de la reiteración de infracciones acumuladas y sin perjuicio de la imposibilidad de ingresar a las terminales del Puerto de MDP, sanción que comprenderá tanto al titular del vehículo cuanto a la imposibilidad de ingresar con el mismo a zona operativa cualquiera sea el sujeto que pretenda operarlo, hasta tanto la misma no sea abonada, al igual que en los dos casos anteriores.

    Las multas abonadas por los infractores dentro de un plazo de 72 horas a contar desde su notificación, serán bonificadas por el CPRMDP en un 50% de su valor total, siendo que los importes antedichos serán actualizados a través del cuadro tarifario.

    A juzgar por la Resolución, el Consorcio tiene grandes posibilidades de realizar una recaudación más que “jugosa” diariamente, el puerto es un dechado de infractores permanentes, pero a sabiendas que a simple vista se pueden vulnerar las disposiciones, muchos hacen caso omiso a las disposiciones, más allá de las quejas post-infracción.

    Situaciones sobran como ejemplo: el giro a la izquierda para ingresar a las Terminales 2 y 3, el semáforo que no se respeta en el ingreso al puerto, lindante con el Centro Comercial, la mini rotonda frente a YPF que no todos “hacen” (sobre todo los camiones argumentando que no les “da” el radio de giro), calles internas que son “doble mano” o una sola de acuerdo al uso y costumbre, o el ingreso en contramano en la Av. B/P Dorrego y B/P Marlín, donde si bien está la señalización sobre un poste, parece no ser suficiente ya que varios desconocedores del lugar ingresan tras girar en la rotonda.

    En otro orden de cosas, quedó oficializada la Resolución 872/2023 también en el ámbito del Consorcio Portuario (que viene a modificar una de hace diez años), por lo que a partir de ahora quedaron establecidas las condiciones del Suministro de Energía Eléctrica a Buques.

    El Reglamento indica que “el C.P.R.M.D.P se encuentra en condiciones de suministrar energía eléctrica en los Espigones 1, 2 y 3 del Puerto de Mar del Plata, los 365 días, las 24 hs., a través de un sistema automatizado con tarjeta. Que a pedido de la Autoridad Marítima este sistema automatizado fue proyectado en 3 ETAPAS:

    ETAPA I: contemplando los espigones 2 y 3.

    ETAPA 2: contemplando el espigón Nº 1.

    ETAPA 3: espigón Nº 10”.

    Así dice el textual de la norma.

    También da cuenta que “desde hace años se está trabajando en la implementación de la tercera etapa en el Espigón 10, con el objetivo de cubrir la demanda de energía eléctrica en 280 ml de frente de muelle, con 40 tomas trifásicos de hasta 32 amps”.

    El año próximo pasado fue aprobada por una Resolución del Directorio el Pliego de bases y condiciones y el consiguiente llamado a licitación y luego de la realización de la obra y de las pruebas del sistema, el CPRMDP ya se encuentra en condiciones de suministrar energía eléctrica en el mencionado espigón 10, razón por la cual se modificó la Resolución del año 2013, por lo que se dictó una nueva normativa por razones de urgencia objetivas, por lo cual se aprobó el nuevo “REGLAMENTO DE SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA A BUQUES Y OTROS”.

    En buena hora que se pueda disponer de mayor suministro eléctrico en el “Muelle 10”, lo que seguramente posibilitará la instalación de más elementos de control a la hora de realizar las descargas, con la implementación de balanzas de absoluta precisión, para evitar “confusiones” en el pesaje de los cajones, a la vez que se podrá disponer seguramente de mayor iluminación artificial para no, precisamente, confundir también las especies que se descargan, algo que pasa con bastante habitualidad.

    estacionamiento legislacion Mar Del Plata puerto
    Noticia AnteriorDictaron taller de introducción al análisis de riesgos de hábitats marinos
    Siguiente Noticia Demora en la zarpada de fresqueros de altura continuarán hasta la tarde de hoy
    Foto del avatar
    Pescare
    • Website

    Pescare es el primer sitio de noticias dedicado a la industria pesquera y naval de Mar del Plata. En sus páginas es posible encontrar información actualizada a toda hora, ingresos a puerto, novedades empresarias y legislación, entre otros contenidos de elaboración propia.

    MAS NOTAS SOBRE LA CATEGORÍA

    Administración Normativa 22 de septiembre de 2023

    Consejo Federal Pesquero. Sesión semanal, Acta Nro. 29/2023. CITC y fin de zafra de langostino en aguas nacionales

    Por Pescare22 de septiembre de 202314 Minutos
    Normativa 22 de septiembre de 2023

    Aprueban Disposición para fortalecer el Régimen Sumarial Administrativo

    Por Pescare22 de septiembre de 20236 Minutos
    Normativa 21 de septiembre de 2023

    Embestida del BP Vierasa Dieciocho a la escollera norte, deja al descubierto a quien pertenece esa jurisdicción

    Por Pescare21 de septiembre de 20236 Minutos
    Administración Normativa 19 de septiembre de 2023

    Resolución CTMFM Nro.10/2023. Impulsan desarrollo de investigaciones del medio ambiente marino

    Por Pescare19 de septiembre de 20233 Minutos
    Normativa 19 de septiembre de 2023

    A partir de Octubre, el costo de las infracciones serán el 70% mas caras

    Por Pescare19 de septiembre de 20235 Minutos
    Administración Normativa 7 de septiembre de 2023

    Consejo Federal Pesquero. Sesión semanal, Acta Nro. 28/2023. CITC, langostino, crustáceos bentónicos, merluza negra y pesca responsable

    Por Pescare7 de septiembre de 202314 Minutos

    Comments are closed.

    ÚLTIMAS NOTICIAS
    • Según estudio, el 50% del calamar vendido en Europa carece de datos básicos
    • Red Chamber confirma altas retroactivas y pone en marcha la planta
    • Merluza Negra. Declararon inadmisible el pedido de Prodesur
    • Se autorizaron tres campañas internacionales de investigación marina en aguas argentinas
    • La Nación refuerza la presencia de inspectores pesqueros en puertos provinciales
    • Consejo Federal Pesquero. Sesión semanal, Acta Nro. 33/2025

    © 2025 Pescare. Todos los derechos reservados.