El Consejo Federal Pesquero (CFP), en su Acta CFP Nro. 31/2025, tom贸 conocimiento del Informe de Asesoramiento y Transferencia N掳 96/2025 elaborado por el Instituto Nacional de Investigaci贸n y Desarrollo Pesquero (INIDEP), en respuesta a la solicitud de la Direcci贸n de Asuntos Ambientales de la Canciller铆a argentina.
El documento analiza la propuesta presentada por el gobierno de Brasil para incorporar al tibur贸n caz贸n (Galeorhinus galeus) y al gatuzo (Mustelus schmitti), junto con otras especies del g茅nero Mustelus, en el Ap茅ndice II de la Convenci贸n sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).
La CITES (Convention on International Trade in Endangered Species of Wild Fauna and Flora) es un acuerdo internacional firmado en 1973 que busca asegurar que el comercio internacional de animales y plantas silvestres no amenace su supervivencia.
La convenci贸n clasifica a las especies en tres niveles o Ap茅ndices, seg煤n el grado de protecci贸n requerido:
- Ap茅ndice I: especies en peligro de extinci贸n, cuyo comercio est谩 pr谩cticamente prohibido.
- Ap茅ndice II: especies que no est谩n necesariamente en peligro, pero que podr铆an estarlo si su comercio no se controla.
- Ap茅ndice III: especies protegidas por alg煤n pa铆s que pide cooperaci贸n internacional para regular su comercio.
En este caso, la inclusi贸n del caz贸n y el gatuzo en el Ap茅ndice II implicar铆a que su comercio internacional estar铆a sujeto a permisos y certificaciones, con el fin de garantizar que las capturas sean sostenibles.
El informe del INIDEP, complementado con los aportes de la Direcci贸n de Planificaci贸n Pesquera (DPP), incorpora las conclusiones del Grupo de Expertos de la FAO, convocado para evaluar las propuestas de enmienda de los Ap茅ndices I y II de la CITES.
De acuerdo con ese an谩lisis, no existen pruebas s贸lidas que demuestren una tendencia decreciente y continua de las poblaciones de caz贸n y gatuzo 鈥攍as dos especies presentes en la ZEEA鈥 que justifique su inclusi贸n en el Ap茅ndice II.
El INIDEP advierte que la eventual aprobaci贸n de la propuesta y la incorporaci贸n de estas especies en la CITES tendr铆a un impacto directo sobre las pesquer铆as nacionales, ya que representar铆a el primer caso de un recurso pesquero de inter茅s comercial argentino incluido en dicha convenci贸n. Esto podr铆a afectar los procesos de certificaci贸n, as铆 como la administraci贸n y manejo de los recursos pesqueros, con posibles repercusiones econ贸micas y regulatorias para el sector.
Tras analizar el informe, el Consejo Federal Pesquero adhiri贸 a las conclusiones del INIDEP y consider贸 fundamental incorporarlas en la posici贸n t茅cnica nacional que ser谩 presentada durante la pr贸xima Conferencia de las Partes (CoP20) de la CITES, que se celebrar谩 entre el 24 de noviembre y el 5 de diciembre de 2025 en Samarcanda, Uzbekist谩n.






