Teniendo en cuenta el surgimiento de nuevas directrices y recomendaciones a nivel global, Prefectura actualiz贸 la normativa para la asignaci贸n de francobordo en buques pesqueros con un arqueo bruto igual o mayor a diez (NAT/GT 鈮10).
La Disposici贸n 135/19, publicada hoy en el Bolet铆n Oficial, instrumenta el nuevo marco que comenzar谩 a regir en treinta d铆as.
Desde la fuerza apuntaron que se busca estar en sinton铆a con las medidas espec铆ficas que llegan desde la Organizaci贸n Mar铆tima Internacional (OMI), la Organizaci贸n Internacional del Trabajo (OIT) y la Organizaci贸n de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentaci贸n (FAO), entre otros organismos.
鈥淨ue los estudios anal铆ticos, apoyados en el examen de la legislaci贸n comparada, permiten concluir en la factibilidad t茅cnica de asignar un francobordo diferenciado en funci贸n a la severidad del estado de mar de las distintas 谩reas de la navegaci贸n鈥, aclara el texto firmado por los jefes de Prefectura, Eduardo Rene Scarzello y Hugo Ra煤l Garc铆a.
Por otra parte, se subraya que resulta conveniente armonizar en un 煤nico instrumento reglamentario la totalidad de las metodolog铆as para la asignaci贸n, as铆 como los aspectos administrativos y de certificaci贸n.
Los objetivos fijados tienen que ver con:
鈥 Obtener una plataforma a suficiente altura sobre el agua para permitir, bajo condiciones hidrometeorol贸gicas normales, el desenvolvimiento de tareas sobre cubierta propias de la actividad pesquera y evitar el ingreso de agua al buque a trav茅s de sus aberturas.
鈥 Otorgar una reserva de flotabilidad para obtener un adecuado comportamiento marinero y si procede, compensar las p茅rdidas de empuje por una eventual inundaci贸n de compartimentos del casco.
鈥 Asegurar un calado m谩ximo de operaci贸n que garantice el cumplimiento de los requerimientos de estabilidad al estado intacto y de resistencia estructural del casco.
Los detalles t茅cnicos pueden ser consultados en esta Ordenanza 1-19, que acompa帽a a la Disposici贸n 135/19 como anexo:








