Este martes a través del BoletÃn Oficial de la República Argentina, se oficializó la Disposición nro. 22/2022, donde se reflejan las modificaciones al Régimen de Infracciones y Sanciones a la Nacional de Pesca.
La normativa, que lleva la firma del Dr. Julián Suárez, indica que se establece en la suma de $ 167,40 el valor de las UP (Unidades Pesca), dando asà cumplimiento a algo que ya estaba previsto mediante ley. Este valor tendrá vigencia –algo que también ya se encontraba reglamentado- desde el próximo 1 de octubre hasta el 1 de abril del año entrante.
En los considerandos se recuerda que se habÃa incorporado el art. 51 bis a la Ley de Pesca, mediante el cual se estableció que “La sanción de multa será establecida en unidades de valor denominadas Unidades Pesca (UP), equivalentes al precio de un (1) litro de combustible gasoil. La autoridad de aplicación determinará el valor en moneda de curso legal de las UP semestralmente, sobre la base del precio de venta final al público del gasoil grado dos (2), o el que eventualmente lo sustituya, de acuerdo a la información de la SecretarÃa de EnergÃa, o la autoridad que la reemplace, considerando el de mayor valor registrado en las bocas de expendio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (…)â€.
También destaca que la Resolución nro. 1.104 (del año 2004), habÃa creado el Módulo de información de precios y volúmenes de combustibles por boca de expendio como parte integrante del Sistema de Información Federal de Combustibles, cuya administración estaba a cargo de la entonces SubsecretarÃa de Combustibles.
Esa misma Resolución establece la obligación de presentar la información relativa a precios y volúmenes a los titulares de bocas de expendio de combustibles lÃquidos, inscriptos en el Registro de Bocas de Expendio de Combustibles LÃquidos, consumo propio, Distribuidores, Revendedores, Comercializadores y Almacenadores de combustibles e hidrocarburos a granel y de gas natural comprimido, para su incorporación al mencionado módulo.
Vale destacar que las Disposiciones vigentes establecen que la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, actualizará el 1 de abril y el 1 de octubre de cada año, el valor de las Unidades Pesca (UP) debiendo tomar en consideración el mayor valor registrado en las bocas de expendio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del precio de venta final al público del gasoil grado Dos o el que eventualmente lo sustituya, que surja del Módulo de Información de Precios y Volúmenes de Combustibles por Boca de Expendio.
A la fecha, el precio actual de venta final al público del gasoil grado dos, considerando el de mayor valor registrado en las bocas de expendio en CABA, en el perÃodo agosto 2022, asciende a PESOS CIENTO SESENTA Y SIETE CON CUARENTA CENTAVOS ($167,40).
En base a dicho monto, resulta procedente determinar, dice la nueva normativa, que el valor en moneda de curso legal de las denominadas Unidades Pesca (UP) correspondiente al perÃodo comprendido entre el 1 de octubre de 2022 y el 1 de abril de 2023.
La medida se dictó en ejercicio de las facultades que emergen de la Ley nro. 24.922 (Ley Federal de Pesca) y sus modificatorias, tal el caso de la Decisión Administrativa nro. 1.441 de fecha 8 de agosto de 2002, como asà también la Disposición del dÃa 10 de noviembre de 2020 de la SubsecretarÃa de Pesca y Acuicultura de la Nación.









