Tras numerosas consultas del sector pesquero, 聽la Direcci贸n Nacional de Coordinaci贸n y Fiscalizaci贸n Pesquera (DNCyFP), a cargo del Dr. Arturo Idoyaga Molina, emiti贸 una aclaraci贸n sobre el alcance temporal del beneficio fiscal otorgado a la flota fresquera nacional que lleva su firma.
El Consejo Federal Pesquero (CFP) emiti贸 el pasado 9 de abril la Resoluci贸n Nro. 4/2025, donde estableci贸 un descuento transitorio del 70% en el Derecho 脷nico de Extracci贸n (DUE) para buques fresqueros.
Seg煤n inform贸 el organismo, los beneficios dispuestos por dicha resoluci贸n solo ser谩n v谩lidos para las mareas descargadas a partir del 11 de abril de 2025. De este modo, todos aquellos armadores que hayan aplicado el descuento del 70% en descargas realizadas antes de esa fecha, deber谩n abonar la diferencia correspondiente al arancel base antes del 30 de mayo del corriente a帽o.
La circular aclaratoria tambi茅n advierte que, si la integraci贸n de ese monto no se efect煤a dentro del plazo establecido, los pagos realizados con posterioridad al 30 de mayo estar谩n sujetos al inter茅s correspondiente.
La medida original busca otorgar alivio econ贸mico a los buques fresqueros que destinen su producci贸n al procesamiento en plantas en tierra, en un intento por fortalecer el eslab贸n industrial de la actividad pesquera. Sin embargo, la falta de precisi贸n inicial sobre su aplicaci贸n gener贸 dudas entre los permisionarios, lo que motiv贸 esta reciente aclaraci贸n oficial.

Desde el sector empresario se espera ahora que la Direcci贸n Nacional de Coordinaci贸n y Fiscalizaci贸n Pesquera difunda los procedimientos administrativos espec铆ficos para realizar los ajustes necesarios sin afectar la operatoria habitual.
Con esta aclaraci贸n, buscan unificar criterios de aplicaci贸n y garantizar que el beneficio fiscal sea otorgado dentro del marco temporal y administrativo previsto por la normativa.
