Con la prórroga judicial de mandatos a punto de expirar el 11 de febrero, el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos(SOMU) presentó ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo un nuevo pedido de extensión excepcional por 45 días, en el marco del conflicto judicial que atraviesa el gremio y mientras siguen pendientes definiciones clave del proceso.
La prórroga actualmente vigente fue dispuesta el 30 de diciembre de 2025 por un plazo de 45 días, computados desde el 28 de diciembre, fecha en la que vencían formalmente los mandatos. En función de ese cómputo, el plazo expiraría el 11 de febrero. Según expuso el sindicato en su presentación, una parte sustancial de ese período coincidió con la feria judicial iniciada el 31 de diciembre, lo que impidió que el expediente avanzara con normalidad y redujo de manera efectiva el tiempo disponible para encauzar el proceso.
A ese escenario se suma, de acuerdo con el planteo del SOMU, que las actuaciones aún no fueron sustanciadas con la Junta Electoral, tal como había sido ordenado por la propia Cámara. Para la conducción sindical, esa demora resulta determinante, ya que impide resolver las cuestiones de fondo mientras el plazo de la prórroga sigue corriendo.
En su escrito, el sindicato sostuvo que el vencimiento del plazo sin una nueva extensión colocaría a la organización en un escenario de acefalía institucional, con impacto directo sobre su funcionamiento. Señaló que la falta de autoridades con mandato vigente haría material y jurídicamente imposible garantizar la administración regular del sindicato y el cumplimiento de obligaciones esenciales.
En ese sentido, el SOMU advirtió que una acefalía impediría realizar actos básicos como el pago de salarios a más de 350 trabajadores dependientes de la organización, el cumplimiento de cargas previsionales y fiscales y la continuidad de servicios centrales como la bolsa de trabajo. También remarcó que la ausencia de representación sindical válida afectaría la negociación colectiva y la defensa de los intereses laborales en un momento sensible para el sector pesquero, marcado por la proximidad de las temporadas de calamar y langostino.
El sindicato subrayó además que no se trata de una cuestión meramente interna. En su presentación invocó su carácter de sujeto colectivo protegido por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y advirtió que una interrupción abrupta de la conducción podría habilitar la intromisión de otros órganos del Estado, en los términos del artículo 56 de la Ley 23.551, con consecuencias que exceden la vida interna de la organización.
Frente a este nuevo pedido, la Cámara dispuso correr traslado de la acción y de la documentación a la Junta Electoral, ordenando su notificación con habilitación de día y hora inhábil. En la misma providencia, el tribunal también dio traslado del pedido de prórroga a las partes contrarias, sin pronunciarse aún sobre su procedencia.
La solicitud del SOMU es por el mismo plazo que el concedido en diciembre. En los hechos, si la Cámara resolviera otorgarla, la extensión total de los mandatos alcanzaría los 90 días, coincidiendo con el plazo originalmente solicitado por el propio sindicato.
Ese dato cobra especial relevancia porque, en los fundamentos de la sentencia interlocutoria dictada en diciembre, los jueces habían señalado expresamente que 45 días resultaban suficientes para ordenar la situación institucional y que la prórroga debía ser excepcional y acotada.
La decisión que adopte ahora la Cámara definirá si ese criterio restrictivo se mantiene o si, frente a los argumentos de continuidad institucional planteados por el SOMU, se habilita una nueva extensión en un conflicto que, por el momento, sigue abierto.






