Para llegar a la determinación, se tomó en consideración los aspectos técnicos brindados por el INIDEP al respecto, los que habían sido solicitados por el CFP días atrás.
La sugerencia del Instituto que llevó a la determinación es que se realice la prospección del Pleoticus Muelleri a partir del próximo sábado 25 de mayo en aguas de jurisdicción nacional y bajo estos lineamientos en las cuatro subáreas a prospectar:
● Subárea 4, delimitada por las latitudes 42° y 43°S y las longitudes 61° y 62°O
● Subárea 5, delimitada por las latitudes 42° y 43°S y las longitudes 60° y 61°O
● Subárea 13, delimitada por las latitudes 45° y 46°S y las longitudes 63° y 64°O
● Subárea 14, delimitada por las latitudes 45° y 46°S y las longitudes 62° y 63°O
La duración de la misma será de 4 días efectivos de pesca para los buques congeladores y 3 días para los buques fresqueros.
El ingreso para los buques designados será el sábado 25 de mayo a las 00:00, aunque para facilitar la actividad de búsqueda ecoica de concentraciones de langostino, y las operaciones de pesca el horario será a las 7:00.
Los buques que se asignarán para la prospección serán 16, divididos en cuatro por subárea y, en el caso de disponer de más de 16 AIP y/u Observadores provinciales, hasta cuatro 4 buques fresqueros, uno por subárea.
Los buques fresqueros designados deberán cumplir con el embarque del AIP u observador en las mismas condiciones que los buques congeladores.
La determinación también indica que las embarcaciones que tengan interés en realizar la prospección deberán ser nominados ante la Autoridad de Aplicación mediante el portal web https://sifipa.magyp.gob.ar/sifipa/ a efectos de participar en el sorteo electrónico aleatorio de buques y áreas, a partir de las 10 horas del día viernes 17 de mayo y hasta las 18 horas del día martes 21 de mayo del corriente año.
La Autoridad de Aplicación podrá disponer medidas aclaratorias, complementarias y operativas, a la medida adoptada.
Para la prospección se seleccionarán un máximo de dos 2 buques por empresa o grupo empresario, sin perjuicio de la inscripción de un número mayor, aclarándose que los buques seleccionados no podrán ser sustituidos.
Los barcos nominados deben tener suficiente autonomía, es decir bodega, combustible, etc. para poder realizar el trabajo sin interrupciones y llegar al área designada el día que comience la prospección.
La empresa titular de cada buque deberá tener regularizada la deuda exigible con la administración pesquera, expresa la medida, aclarando a su vez que los barcos que sean elegidos, y no cumplan con alguno de los requisitos de la prospección (fecha de inicio, permanencia en el área asignada, comunicación de la información diaria, embarque de observador), serán excluidos de las próximas prospecciones por el término de un año, contado a partir de la fecha de inicio de la prospección.
Con respecto a la operatoria, la Resolución indica que todas las subáreas se prospectarán de manera simultánea y todos los buques deberán realizar el trabajo de búsqueda de concentraciones de langostino durante el tiempo que dure la prospección.
Los barcos designados para la prospección deben contar fehacientemente con sistema de correo electrónico para que los AIP/Observadores envíen la información diariamente al INIDEP y deben poder acceder a los medios de comunicación en cada buque designado para disponer el reporte de la información que surge de la prospección en forma inmediata, bajo apercibimiento de ordenar el regreso a puerto del buque.
Sobre los Observadores provinciales se señala que todos los buques que participen en la prospección deberán llevar a bordo AIP u Observador provincial, y no serán despachados sin el mismo. Éstos serán designados por el INIDEP y con la colaboración de las autoridades pesqueras provinciales para el embarque de observadores provinciales, quienes deberán remitir los datos al INIDEP de manera completa y con la misma celeridad.
La Autoridad de Aplicación informará la nómina de buques al INIDEP y a las Provincias, en su caso, para que se designen AIP/Observadores, quienes deberán cumplir con los siguientes requerimientos de información técnica que es necesario obtener y comunicar al INIDEP:
● Estimar la captura de langostino en cada lance realizado;
● Realizar dos muestreos de longitudes por sexo de langostino por día;
● Estimar la captura de merluza en todos los lances de pesca;
● Identificar y cuantificar todas las especies acompañantes;
● Obtener la producción de langostino por día de prospección (en kg y cajas por categoría comercial); y
● Realizar al menos un muestreo de longitudes de merluza por día. Asimismo, deberán reportar diariamente al INIDEP la siguiente información:
● Por lance: posición y hora de largada y virada (inicial y final), captura de langostino y captura incidental de merluza.
● Por muestreo: peso total de la muestra, peso por sexo, número de individuos por sexo, longitud mínima y máxima, moda para cada sexo, consignado el número de lance muestreado.
● Por día: la producción de langostino en kilos y cajas por categoría comercial. El INIDEP comunicará a los observadores de las Provincias estos requerimientos, coordinará el funcionamiento del sistema para lograr una efectiva comunicación.
El INIDEP deberá proveer la información de la prospección en cuanto la tenga disponible. A partir de los resultados preliminares de la prospección, en caso de verificarse una alta concentración de merluza común o un bajo rendimiento de langostino, en cualquier sector, se acortará la duración de la misma.
Una vez finalizada la prospección y a partir de los resultados que se obtengan de la misma, se analizará la posibilidad de disponer la apertura del área prospectada para la pesca de langostino.
En este último caso, los observadores deberán permanecer a bordo de las embarcaciones hasta finalizar cada una de las respectivas mareas, a fin de contar con la información derivada de las operaciones de pesca. A continuación se decide por unanimidad autorizar a la Autoridad de Aplicación para que, en el caso que los resultados de la prospección lo permitan, proceda a disponer la apertura a la pesca de langostino del área prospectada.