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    Gremios

    Con la prórroga de mandatos vencida, el SOMU aguarda una definición judicial

    AntonellaPor Antonella18 de febrero de 20264 Minutos
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    La demora del tribunal mantiene a la conducción nacional sin cobertura legal y abre dudas sobre la validez de decisiones clave del gremio.
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    El Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) atraviesa un escenario institucional delicado luego de que venciera la prórroga judicial de mandatos concedida en diciembre y aún no exista una resolución sobre el nuevo pedido de extensión presentado ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

    La prórroga original fue dispuesta el 30 de diciembre de 2025 por un plazo de 45 días, computados desde el 28 de diciembre, fecha en la que vencían formalmente los mandatos nacionales. En función de ese cálculo, el plazo expiró el 11 de febrero. Desde entonces, y hasta tanto exista una nueva decisión judicial, los mandatos de la conducción nacional se encuentran vencidos.

    Antes de que operara el vencimiento, el SOMU solicitó una nueva prórroga excepcional por otros 45 días, invocando la necesidad de garantizar la continuidad institucional y señalando que el proceso no pudo avanzar con normalidad durante la feria judicial. También sostuvo que las actuaciones aún no fueron sustanciadas con la Junta Electoral, paso que la propia Cámara había considerado necesario para ordenar el expediente.

    Sin embargo, el tribunal todavía no se pronunció sobre el fondo del nuevo pedido. Si bien se ordenaron notificaciones y se dio trámite a las presentaciones, no existe hasta el momento una resolución que restituya respaldo formal a la conducción nacional.

    La situación actual alcanza exclusivamente a los mandatos nacionales que habían sido prorrogados judicialmente. No se trata de una intervención general ni de una disolución de la estructura sindical, sino del vencimiento del plazo excepcional concedido mientras se tramitaba el conflicto electoral.

    En los fundamentos de la sentencia dictada en diciembre, los jueces habían considerado que 45 días resultaban suficientes para encauzar la situación y habían señalado el carácter limitado y excepcional de la medida.

    La falta de una definición mantiene al SOMU en una zona de incertidumbre institucional. Más allá del debate procesal, se trata de una organización con representación nacional y con responsabilidades concretas frente a sus afiliados y frente a terceros. La ausencia prolongada de autoridades con mandato vigente no es un dato meramente formal: impacta en la validez de actos administrativos, en la representación colectiva y en la seguridad jurídica de las relaciones laborales que dependen de esa estructura sindical.

    Mientras se espera que la Cámara finalmente se expida sobre el nuevo pedido y que la Junta Electoral complete su intervención en el expediente, el SOMU permanece en una situación de indefinición institucional que no es menor. Se trata de una organización de representación nacional, con responsabilidades formales frente a sus afiliados, trabajadores dependientes y terceros entre los que se incluyen las cámaras representativas del sector pesquero, en pleno inicio de negociaciones salariales para el período 2026-2027. Además, en momentos de definición sobre la agenda del inicio de cuotificación del langostino.

    La ausencia prolongada de mandatos vigentes no constituye una cuestión meramente técnica o procesal, impacta en la validez de actos de administración, en la representación colectiva y en la seguridad jurídica de las relaciones laborales vinculadas al sindicato.

    La demora en las definiciones judiciales, en un contexto de vencimiento de mandatos y de prórrogas ya consumadas, mantiene abierto un período de incertidumbre que trasciende largamente el expediente. Pero, además, deja al descubierto una continuidad más profunda, la persistencia de un modelo de país en el que la vida institucional de organizaciones que estructuran la representación social queda supeditada a los tiempos del Estado, cuando debería ocurrir lo contrario, con un Estado al servicio de la comunidad y no una comunidad rehén de sus demoras. Esa dilación, difícil de conciliar con los deberes de celeridad y previsibilidad, traslada sus costos al plano social, erosiona la certeza jurídica, compromete el funcionamiento real del gremio y debilita la seguridad de las relaciones laborales que de él dependen.

    En consecuencia, todo ello configura, sin atenuantes, una situación paupérrima y lamentable atribuible a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, cuya inacción termina por degradar la institucionalidad que dice resguardar.

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    Abogada UNMDP Periodista Director PESCARE

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