Se confirmó por Acta que la prospección de langostino se posterga ahora para el martes 8 de agosto por cuestiones climáticas.
Con un quorum de nueve miembros, la presidencia estuvo a cargo del Dr. Julián Suárez, participando del encuentro los Representantes del Poder Ejecutivo Nacional Dr. Carlos Ángel Lasta y el Lic. Antonio Macchioli, la Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto Lic. Paola Gucioni, la Representante del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Dra. Julia Mantinian, y los Representantes de las provincias con litoral marítimo: la Representante de la Provincia de Buenos Aires Lic. Carla Seain, el Representante de la Provincia del Chubut Méd. Vet. Adrián Awstin, el Representante de la Provincia de Santa Cruz Ariel Ivovich y el Representante de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Carlos Alfredo Cantú.
El orden del día indicaba que unos de los temas a tratarse sería el Régimen de CITC, donde fue solicitado el cambio de transferencia de merluza común del B/P “Wiron IV” (M.N. 01476) por cambio de titularidad, equivalente al 0,3746% de la CMP de la especie, que fue adquirido por la firma “MANUMAR S.A.”, se informó que está pendiente el pago del Derecho de Transferencia y que no posee deuda por infracciones, ni deuda fiscal o previsional, decidiéndose por unanimidad aprobar la transferencia.
La Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera informó sobre el estado de las reservas de CITC de merluza común, donde se expone el estado de la Reserva de Administración de merluza común, cuya disponibilidad al 31 de julio último era de 30.395,80 toneladas.
En la sesión se informó además la nómina de los buques que efectuaron pedidos de volumen adicional de captura de merluza común para el año 2023, el consumo de su CITC y del grupo empresario al que pertenecen, el promedio de consumo por marea y las toneladas disponibles en cada uno de ellos.
Asimismo se decidió por unanimidad asignar de la Reserva de Administración de la especie, para el período anual 2023, un volumen de captura de merluza común a los buques fresqueros peticionantes y en las cantidades que aquí reflejamos, las cuales totalizan 1.170 toneladas.
- B/P SAN JORGE MÁRTIR – 240 toneladas
- B/P SAN PASCUAL – 150 toneladas
- B/P SANT’ANTONIO – 140 toneladas
- B/P V° MARIA INMACULADA – 160 toneladas
- B/P MARCALA I – 240 toneladas
- B/P DON NICOLA – 100 toneladas
- B/P TESON – 140 toneladas
La Secretaría de Pesca de Chubut solicitó asignación de volumen de captura de merluza común de la Reserva Social de la provincia, otorgándose por unanimidad:
- 500 toneladas para el buque DON JOSÉ DI BONA
- 500 toneladas para el buque NUEVA NEPTUNIA I
- 150 toneladas para el buque SAGRARIO
- 620 toneladas para el buque ANA III
- 15 toneladas para el buque CÁLIZ
- 30 toneladas para el buque DESEADO
- 40 toneladas para el buque PACHACA
El volumen se descontará del porcentaje asignado a Chubut, equivalente al 4,8525% de la CMP de la especie, establecida para el año en curso.
Sobre la especie Pleoticus muelleri fueron remitidos informes de la tercera prospección de langostino llevada a cabo en las Subáreas 7, 8 y 14, dentro del AVPJM, donde se presenta el detalle del desarrollo de la prospección y un análisis de la operatoria diaria de los buques participantes.
El INIDEP presentó el Informe de Asesoramiento y Transferencia N° 61/2023: “Captura incidental de merluza (Merluccius hubbsi) obtenida por la flota langostinera desde el 20 de abril al 9 de julio de 2023”, del mismo modo que lo hizo con el Informe de Asesoramiento y Transferencia N° 65/2023: “Resumen de las actividades de pesca de langostino en aguas nacionales, dentro y fuera del área de veda permanente de juveniles de merluza, periodo 1 al 20 de julio 2023”.
Además el propio Instituto envió el Informe de Asesoramiento y Transferencia N° 66/2023: “Captura incidental de merluza (Merluccius hubbsi) obtenida por la flota langostinera desde el 20 de abril al 16 de julio de 2023”; el Informe de Asesoramiento y Transferencia N° 67/2023: “Captura incidental de merluza (Merluccius hubbsi) obtenida por la flota langostinera desde el 20 de abril al 23 de julio de 2023”.
Estos tres Informes de Asesoramiento y Transferencia presentan los indicadores de la evolución de la captura incidental de merluza en la pesquería de langostino y las estimaciones preliminares del by-catch dentro y fuera de AVPJM, desde el inicio de la temporada de pesca, destacándose que al 23 de julio del corriente el valor estimado fue de 13.279 toneladas.
De la información que contienen los informes surge que en las últimas semanas reportadas en las Subáreas 7 y 13 se registró una relación merluza/langostino (M/L), por encima de los límites establecidos por la normativa y en las Subáreas 8 y 12 una relación M/L levemente superior a dichos límites.
Por su parte el Informe 65/2023 presenta el resumen de pesca comercial de langostino en las subáreas habilitadas, entre los días del 1° al 20 de julio, donde expresa que los primeros días del mes, hasta el 7 de julio, las subáreas donde operó la flota fueron la 1, 2, 12 y 13. Después de las prospecciones realizadas en las subáreas 7, 8 y 14, la flota se desplazó principalmente a las subáreas 7 y 8 donde operaron mayormente hasta el final del período analizado. El rendimiento registrado fue superior a los 1.500 kg/h en la mayor parte de las subáreas. Las concentraciones más importantes, tanto en términos de rendimiento, como duración de las mismas se hallaron en las subáreas 7 y 8.
Respecto de los tamaños de los langostinos capturados, las categorías comerciales con mayor porcentaje de representación fueron la L1 y L2. En la subárea 13 se registró un porcentaje elevado de ejemplares L4 y menores. En el resto el porcentaje de ejemplares correspondientes a las categorías L4 y menores se mantuvo muy por debajo del 20%.
Por estas razones el CFP decidió por unanimidad disponer, a partir de la hora 0:00 del día viernes 4 de agosto:
1- el cierre a la pesca de langostino en la Subárea 13;
2- la suspensión a la pesca de langostino en la Subárea 7 por el plazo de 14 días; y
3- la suspensión a la pesca de langostino en las Subáreas 8 y 12 por el plazo de 4 días.
El tercer punto de la orden del día refirió a la especie Calamar, donde el INIDEP presentó el Informe Técnico Oficial N° 23/2023: “Calamar argentino. Temporada 2023. Informe de situación al 13 de julio. Semana 28” y el Informe Técnico Oficial N° 24/2023: “Calamar argentino. Temporada 2023. Informe de situación al 28 de julio (semana 30)”.
Dado los informes la DNCyFP comunicó a la Prefectura Naval Argentina sobre la suspensión del despacho a la pesca de calamar, tras analizar la información contenida en los partes de pesca semanales de 71 barcos poteros que están desarrollando o han finalizado 322 mareas y suman un total de 8.168 días de pesca y 120.041 toneladas de captura (15 t/día). Se consideraron los datos de captura, esfuerzo y área de operación de la flota. Asimismo, a partir del muestreo biológico efectuado por Asistentes de Investigación Pesquera, se determinó la estructura poblacional de la especie.
El muestreo realizado a partir del último 9 de julio señaló que los calamares capturados tenían largos de manto entre 18 y 30 cm, y se encontraban mayoritariamente en maduración y madurez incipiente, lo cual permitió identificarlos como correspondientes a la segunda cohorte del Stock Bonaerense Norpatagónico.
Éste stock comenzó a capturarse en mayo y su protección motivó el cierre temporario de la pesquería.
Por su parte el Informe 24/23 expresa que a partir de la reapertura de la temporada en la semana 22, cuando la flota volvió a operar sobre la segunda cohorte de este stock, el rendimiento promedio se incrementó rápidamente y alcanzó las 35 t/día en la semana 27. Las tres semanas siguientes registraron una tendencia decreciente del rendimiento hasta llegar a las 11 t/día en la semana 30. Considerando esta tendencia, se recomendó el cierre de la temporada de pesca a los efectos de propiciar la preservación del recurso, decidiendo el CFP disponer el cierre a la pesca de calamar a partir de la hora 0:00 del día 18 de agosto próximo.
De la misma manera sobre Crustáceos Bentónicos, el INIDEP respondió la consulta recibida sobre medidas de manejo de centolla al sur del paralelo 54°30’ S.
El INIDEP manifestó que actualmente, al sur del paralelo 54°30 ́ de latitud Sur, no se realiza la explotación del recurso centolla, si bien se han efectuado hasta el momento dos campañas de investigación y que por el momento no se cuenta con la información necesaria para evaluar la factibilidad de desarrollar una pesquería comercial en la zona.
Por otra parte destaca el Instituto que, en el área en cuestión, debe tenerse en cuenta la nueva perforación autorizada para la explotación gasífera (Proyecto Fénix), que se ubica en la zona de pesca de centolla S-II y, mientras duren las obras de construcción, se ha definido un área de exclusión a maniobras de pesca que abarca parte de las zonas S-II y S-IV definidas para la explotación de centolla.
Dado que las actividades necesarias para la instalación de esta plataforma iniciarán en el corriente año y tendrán una duración aproximada de 2 años, es necesario conocer cómo responderá esta especie al impacto de la obra. Por lo tanto, con el objetivo de poder contar con los datos biológicos y pesqueros necesarios, se sugirió extender el permiso de pesca experimental del buque “CHIYO MARU N° 3” (M.N. 2987) para las próximas 2 temporadas de pesca (2023-2024 y 2024-2025). De esta manera, se indicó en la sesión, se podrá asegurar una cobertura óptima de observadores a bordo, la continuidad de campañas de evaluación y relevamientos específicos en los alrededores de la zona de exclusión de la nueva plataforma de extracción de gas.
La interesada deberá abonar previamente un arancel de 27.150 Unidades Pesca (UP), conforme lo previsto en la Resolución CFP N° 12/2012.
El sexto tema abordado fue la Inactividad Comercial, tal el caso de la solicitud de solicitud de COTECNA S.A. de justificación de inactividad del buque “ORYONG 756”. Se fundó el pedido en las reparaciones de la embarcación, y considerando que la resolución citada exige la concurrencia de otra causal para justificar la inactividad comercial superior a dos años, se decidió requerir a la interesada, por intermedio de la Autoridad de Aplicación, que identifique con claridad si existe otra causa, y en su caso que cumpla con los recaudos pertinentes.
Asimismo, se solicitó a la Autoridad de Aplicación la producción de un informe complementario con las fechas de las zafras 2020 y 2021 y la vigencia del permiso de pesca del buque objeto de la petición.
También la empresa Nogales Pablo y Nogales Ernesto S.A. solicitó la justificación de inactividad comercial del buque “EL MALO I”, donde se relata que luego de la última marea de pesca del buque -finalizada el 16/3/2022- debió efectuar reparaciones e inspecciones reglamentarias en sistema de gobierno, casco, desmonte del motor, instalación de uno nuevo, entre otras tareas.
Relató que la PNA requirió el levantamiento de embargos o autorización judicial para el cambio de motor, entre otros recaudos. Se solicitó el levantamiento de embargo que fue concedido y diligenciado ante la PNA. Presentó cronograma y documentación.
El 25 de julio se presentó nuevamente la interesada dando cuenta de otros expedientes judiciales con embargos asentados en el Registro Nacional de Buques. Expuso que debió proceder al pago de las sumas reclamadas para cumplir con lo requerido por la PNA, entre otros varios motivos que se detallan en el Acta 23/2023, la decisión unánime fue justificar la inactividad comercial del buque hasta el 2 de febrero de 2023.
El Fondo Nacional Pesquero tuvo su tratamiento también, donde la Subsecretaría de Pesca de la Secretaría de Pesca del Chubut solicitó la reconsideración de la admisibilidad de los proyectos de capacitación presentados, pidiendo una reconsideración de lo actuado en la última sesión del CFP y que fuera reflejada en Actas.
El tema es la admisibilidad de los proyectos de capacitación presentados en la convocatoria del año en curso por la Secretaría de Pesca de la mencionada provincia titulados:
- Capacitación del Recurso Humano para el desarrollo del plan de monitoreo y control a través de muestreos biológicos y ecológicos de comunidades bentónicas en el intermareal de la Provincia del Chubut, y
- Capacitación en control de calidad de productos pesqueros, con énfasis en el recurso merluza.
Ambos proyectos habían sido declarados inadmisibles por el CFP debido a la falta de cumplimiento de los requisitos mínimos de presentación establecidos en la normativa vigente al ser presentados sin las firmas originales correspondientes, como lo hemos reflejado a través de PESCARE. El requisito, usual en los concursos y procedimientos de selección, no se suple con la fotocopia de la firma, que es el modo en el que fue efectuada la presentación. Sin perjuicio de lo expuesto, la reglamentación también exige que el proyecto sea presentado por la máxima autoridad de la institución presentante, requisito formal que tampoco se verificó en la presentación del proyecto. A lo que se agrega que el plazo de presentación reglamentario había sido prorrogado por el CFP, no haciéndose lugar por unanimidad a la solicitud de reconsideración.