Como ya hemos informado, la tercera sesión del Consejo Federal Pesquero se llevó adelante en la ciudad fueguina de Ushuaia, la cual estuvo presidida por el Dr. Julián Suárez. La misma contó con el quórum de siete de sus miembros.
Entre los temas abordados, como es habitual se abordó el Régimen de CITC sobre merluza común, para lo cual la Subsecretaría de Coordinación Pesquera de la Provincia de Santa Cruz solicitó asignación de toneladas de merluza común de la Reserva social correspondiente a su jurisdicción, con un volumen de captura de merluza común requerido de 300 toneladas para el B/P “Pensacola I”, por unanimidad fue otorgado, descontándose del porcentaje asignado a la Provincia santacruceña, equivalente al 1,72% de la CMP de la especie.
La Secretaría de Pesca de Chubut pidió la asignación de volumen de captura de merluza común de la Reserva Social de la provincia para los buques:
- Don Domingo – 300 toneladas
- Mario R – 100 toneladas
- Deseado – 55 toneladas
Teniendo en cuenta el volumen disponible en la Reserva Social de la mencionada Provincia, se decidió por unanimidad asignar el volumen de captura de merluza común (Merluccius hubbsi) requerido conforme el máximo interés social determinado por la Provincia del Chubut para el período anual 2023, descontándose del porcentaje asignado a la Provincia.
Por su parte la Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Provincia de Buenos Aires –que estuvo representada por la Lic. Carla Seain– solicitó asignación de volumen de la Reserva Social para el B/P “Tabeirón Tres” por 50 toneladas, lo cual fue aprobado por unanimidad descontándose del porcentaje asignado a la Provincia en el equivalente al 7,56 % de la CMP de la especie, como lo establece la Resolución CFP N° 21/2022.
Transferencia de CITC
El CFP también abordó la solicitud de transferencia de CITC de la especie merluza común del B/P “FRANCA” (M.N. 0495) de María Ramaci, Luciano Ramaci y Yanina Ramaci al B/P “José Luciano” –botado recientemente- de la empresa Pelagic S.A.
La Autoridad de Aplicación remitió las actuaciones en las que tramita la solicitud de transferencia definitiva por cambio de titularidad de la CITC de merluza común, equivalente al 0,2863% de la CMP de la especie, correspondiente al mencionada FRANCA.
En la sesión se trajo a colación que en el Acta CFP N° 17/2019, el Consejo Federal Pesquero autorizó la reformulación de los permisos de pesca de los buques SIGUE VALIENTE (M.N. 01732) y FRANCA (M.N. 0495) a favor del buque denominado JOSE LUCIANO. En ese sentido es que PELAGIC S.A. solicita la transferencia de la CITC de merluza común del buque FRANCA a favor del buque JOSE LUCIANO.
De acuerdo a las normativas vigentes y cumpliendo los requisitos establecidos el CFP determinó que no corresponde el pago del Derecho de Transferencia por tratarse de buques del mismo grupo empresario. A partir de esto, el organismo decidió por unanimidad aprobar la transferencia definitiva de la CITC de merluza común, equivalente al 0,2863% de la CMP de la especie.
INIDEP
Sobre las paradas biológicas el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero envió una nota en respuesta a la consulta sobre las modificaciones dispuestas por las Resoluciones CFP N° 16/2018 y 3/2021 respecto de las paradas biológicas establecidas por la Resolución CFP N° 26/2009, referidas a la posibilidad de prorrogar, para los años 2023 y 2024, la vigencia de las disposiciones transitorias referidas a las paradas biológicas que fueron introducidas, mediante las Resoluciones CFP N° 16/2018 y 3/2021, a las medidas de administración para la especie merluza común (Resolución CFP N° 26/2009).
Al respecto el INIDEP manifestó que el mantenimiento de las paradas biológicas ha contribuido al aumento de la biomasa reproductiva y total del efectivo sur de merluza desde el año 2010 en adelante junto con, entre otras medidas, el establecimiento del régimen de CITC y el área de veda permanente de protección de juveniles.
En este sentido, concluye el Instituto que es recomendable mantener las medidas de administración de merluza común (Merluccius hubbsi) como se han establecido en los últimos años, entre ellas, las paradas biológicas en las condiciones determinadas por las disposiciones transitorias incorporadas por el artículo 1° de la Resolución CFP N° 16/2018, prorrogadas por la Resolución CFP N° 3/2021.
A partir de la exposición se dio tratamiento a un proyecto de resolución a través del cual se extiende la vigencia de las disposiciones transitorias incorporadas por el artículo 1° de la Resolución CFP N° 16/2018 a las medidas de administración de merluza común (Merluccius hubbsi) -Resolución CFP N° 26/2009 y modificatorias-, a los años 2023 y 2024, siendo aprobado el proyecto por unanimidad.
Del mismo modo, el Instituto envió una nota referida a los Crustáceos Bentónicos sobre la asignación de un cupo adicional de centolla para el B/P “CHIYO MARU N° 3” en el Área Sur, zona S-II, informando que los análisis realizados con base a los datos recolectados por los Observadores a bordo, desde el comienzo de la actividad comercial de este buque en julio de 2017, en el sector ubicado al sur del paralelo 52° de latitud Sur (zona S-II), evidencian una cierta estabilidad en los siguientes indicadores de la salud poblacional y pesquera del efectivo: desembarques, CPUE, longitud de caparazón (LC) de machos totales y comerciales, proporción de hembras con puesta ovígera y hembras maduras sin huevos.
El INIDEP explicó que si bien esta pesquería se encuentra en una etapa inicial, con un conocimiento incipiente y cierta incertidumbre en las estimaciones que conducen a recomendar una CBA del 10% de la biomasa estimada en la campaña anual de evaluación, en la temporada 2020-2021 se sugirió y autorizó un aumento del cupo de hasta el 12,5% de la estimación de biomasa (equivalente a un cupo adicional de 50 toneladas), recomendación que se reitera para la presente temporada, ante una situación similar de estabilidad de los indicadores y la importancia de contar con datos sobre el período reproductivo de la especie.
Por estas razones se decidió por unanimidad, en la presente temporada, ampliar el cupo de centolla (Lithodes santolla) del buque CHIYO MARU N° 3 (M.N. 2987) en 50 toneladas, para la Zona S-II del Área Sur.
Resolución
Otro de los temas que abordó el CFP fue sobre una nota de la empresa Pesquera Santa Elena S.A. referida a la producción de surimi, la cual está en estudio y seguramente será tratada en la próxima sesión del organismo a llevarse a cabo el miércoles y jueves próximo en su sede de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En esta tercera sesión del año, la Autoridad de Aplicación también emitió una Resolución, en este caso la 1/2023 donde establece que se extenderá a los años 2023 y 2024 la vigencia de las Disposiciones transitorias, incorporadas por el artículo 1° de la Resolución N° 16, de fecha 22 de noviembre de 2018, a las medidas de administración para la especie merluza común (Merluccius hubbsi), aprobadas por la Resolución No 26, de fecha 16 de diciembre de 2009, y sus modificatorias, todas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO.
VISTO la Ley N° 24.922, las Resoluciones N° 26 de fecha 16 de diciembre de
2009, N° 14 de fecha 6 de noviembre de 2014, N° 16 de fecha 22 de noviembre de 2018, y
N° 3 de fecha 5 de marzo de 2021, todas del Registro del Consejo Federal Pesquero, a raíz de lo citado en el informe emitido por el INIDEP.