La consulta estará abierta hasta el próximo 24 de mayo inclusive a través de la plataforma https://consultapublica.argentina.gob.ar/can107y109 , provista por la Secretaría de Innovación Tecnológica de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación.
Esta instancia tiene como objetivo recoger las inquietudes y observaciones de la ciudadanía sobre el proyecto y su correspondiente estudio de impacto ambiental, para garantizar una participación plena y efectiva de la ciudadanía en la toma de decisiones ambientales y, a la vez, contribuir a la mejora del proceso de evaluación de impacto.
La participación pública es un derecho que posee la ciudadanía y un deber del Estado, tal como se reconoce en nuestra legislación nacional y en el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (más conocido como “Acuerdo de Escazú”), ratificado por nuestro país en 2021.
En las Evaluaciones de Impacto Ambiental, las instancias de participación son obligatorias y deben llevarse adelante antes de la autorización de actividades que puedan causar impactos significativos sobre el ambiente.
Esta consulta tiene como objetivo recoger y valorar las inquietudes y observaciones de la ciudadanía sobre el proyecto “Argentina Sísmica 3D CAN_107 y CAN_109” y su estudio de impacto ambiental, para de esta manera garantizar la participación efectiva en la toma de decisiones y, a la vez, contribuir a la mejora del proceso de evaluación.
En esta oportunidad, han puesto a disposición de la ciudadanía la cuarta versión del estudio de impacto ambiental presentado por la empresa SHELL ARGENTINA S.A.
Este se encuentra actualmente en revisión por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, la autoridad del proceso de evaluación de impacto ambiental. Su publicación o la realización de esta consulta no implica la aprobación o rechazo del estudio o proyecto.
La consulta está organizada en tres ejes temáticos y en cada uno de ellos, se incluye información presentada por la empresa Shell Argentina S.A y una serie de preguntas al respecto para que las y los participantes de la consulta respondan.
Los tres ejes en los cuales gira el proyecto son: 1) Descripción del proyecto. 2) Línea de base ambiental y 3) Potenciales impactos ambientales, programas de gestión ambiental para mitigar impactos e instancias de participación desarrolladas por la empresa proponente.
La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) es un procedimiento técnico-administrativo que permite a la autoridad, en este caso el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la nación, determinar la viabilidad ambiental de un proyecto antes de que sea llevado adelante.
Se trata de una herramienta de gestión que busca identificar, predecir, evaluar y mitigar los potenciales impactos que un proyecto de obra o actividad puede causar al ambiente en el corto, mediano y largo plazo, antes de que se decida si va o no a ejecutarse.
Esta consulta pública se realiza en el marco del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental dispuesto por la Resolución Conjunta Nº 3/2019 entre la Secretaría de Energía y la entonces Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable (SAyDS).
Dicha resolución establece que todo titular de un permiso de reconocimiento superficial, permiso de exploración o concesión de explotación de hidrocarburos más allá de las 12 millas marinas (costa afuera) deberá cumplir con un procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental y obtener una Declaración de Impacto Ambiental antes de ejecutar un proyecto en el área de ese permiso.
Para cumplir con ese procedimiento de EIA, el ente responsable del proyecto, sea público o privado, debe presentar a la autoridad ambiental un estudio de impacto ambiental (EsIA).
En el marco de ese procedimiento, La Dirección Nacional de Evaluación Ambiental dentro del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, no es la única entidad gubernamental que provee sus observaciones. A fin de enriquecer el análisis, han ofrecido intervenir técnicamente a la Dirección Nacional de Gestión Ambiental del Agua y los Ecosistemas Acuáticos, a diversas áreas de la Secretaria de Control y Monitoreo Ambiental y a la Administración de Parques Nacionales.
Del mismo modo, ofrecieron la intervención al Ministerio de Economía de la Nación (específicamente a la Secretaría de Energía, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y al Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero), al Ministerio de Seguridad de la Nación (específicamente a la Prefectura Naval Argentina) y al Ministerio de Defensa de la Nación (específicamente a la Armada Argentina).
Los resultados de estas investigaciones no implican que se realizará la explotación de hidrocarburos. Para llegar a una etapa productiva (o de explotación) de hidrocarburos, deberán concretarse antes una serie de eventos que definirán o no este proceder. Entre ellos, deberá realizarse un nuevo procedimiento de evaluación con los respectivos estudios de impacto ambiental y permisos correspondientes.
Los estudios sísmicos utilizan pulsos acústicos inducidos desde la superficie del mar. Básicamente, se genera una onda de presión que viaja por la columna de agua e ingresa en la corteza para luego volver a la superficie del mar y ser captada por sensores (hidrófonos), a través de los cuales se obtiene información sobre la estructura rocosa del subsuelo. La fuente acústica (la cual genera pulsos acústicos) se encuentra en el buque sísmico y viaja con él sobre líneas de navegación predeterminadas. Toda la información obtenida se procesa para generar mapas 3D de la estructura del sustrato.
El proyecto implica la adquisición de datos sísmicos 3D costa afuera en los bloques CAN_107 y CAN_109, ubicados en la Cuenca Argentina Norte (CAN) de la Plataforma Continental Argentina.
El propósito del relevamiento sísmico es incrementar el conocimiento sobre las posibles reservas de hidrocarburos en las zonas estudiadas de los bloques CAN_107 y CAN_109.
En el marco del compromiso de exploración asumido por SHELL, la información recabada le será otorgada al Gobierno Nacional, destacaron desde la empresa y de ser aprobado el proyecto, la actividad será realizada por la propia empresa.
El área del proyecto se ubica a más de 170 km costa afuera del área costera más próxima de Mar del Plata, teniendo en cuenta que los bloques CAN_107 y CAN_109 poseen una superficie aproximada de 8.341,35 y 7.873,93 km2, respectivamente.
Los bloques se encuentran dentro de las 200 millas marinas de la Zona Económica Exclusiva Argentina, y se insertan parcialmente en la Zona Común de Pesca Argentino-Uruguaya (como está definida por el tratado del Río de la Plata), aclarando además la información que en base al plan actualizado de adquisición sísmica, no se realizarán operaciones sobre el área común de pesca.