El Ministerio de la Producci贸n, Comercio e Industria de Santa Cruz, a trav茅s de la Subsecretar铆a de Coordinaci贸n Pesquera, inici贸 un sumario de tipo administrativo contra la empresa armadora 鈥Costa Chubut S.A.鈥, propietario del BP Huafeng 822.
La misma es como consecuencia de haber realizado la embarcaci贸n dos mareas al menos, en aguas jurisdiccionales santacruce帽as sin contar con un permiso emitido por la Subsecretar铆a de Asuntos Mar铆timos, a la vez que es acusada de fraguar datos el Libro Diario de Navegaci贸n.
La Disposici贸n SCP Nro.0019/2024 fue dada a conocer a trav茅s del gobierno de la provincia de Santa Cruz, el cual a trav茅s del Bolet铆n Oficial de su provincia, indica que 鈥渕ediante un informe de referencia emitido por la Direcci贸n de Registro y Fiscalizaci贸n de la Pesca, se propicia el inicio de actuaciones sumariales a la empresa 鈥楥osta Chubut鈥, responsable del B/P 鈥楬uafeng 822鈥 (M.N. 01537), por presunta infracci贸n a los art铆culos 3 y 6 del Decreto Nro. 1875/90 en actividad de pesca realizada por la embarcaci贸n con fechas 23 y 24 de marzo de 2024.鈥
Los art铆culos de referencia indican que: 鈥渓as empresas deber谩n adecuarse en forma total a las normas legales en vigencia y cualquier otra norma que dicte a la autoridad de aplicaci贸n. Asimismo deber谩 asentarse diariamente todos los datos que se soliciten en el mismo, consider谩ndose como declaraci贸n jurada. Una vez que el barco arribe a puerto para realizar la descarga de la pesca se deber谩 entregar a la Autoridad de Aplicaci贸n.鈥
Fernando Marcos, subsecretario de Coordinaci贸n Pesquera de Santa cruz, rubric贸 entre los considerandos que 鈥渓a informaci贸n proporcionada por el Sistema de Monitoreo Satelital de Posicionamiento de la flota pesquera, surge la incursi贸n de la embarcaci贸n operando en aguas de Jurisdicci贸n Provincial, sin contar con el permiso correspondiente los d铆as 23 y 24 de marzo de 2024. Asimismo del an谩lisis del Parte de Pesca Electr贸nico asentado en el sistema SiFIPA y del Libro Diario de Navegaci贸n se desprende diferencia al declarado por 鈥楥osta Chubut鈥欌.
Con estos argumentos la empresa armadora fue intimada a constituir un domicilio legal en la ciudad santacruce帽a de R铆o Gallegos, d谩ndolo seis d铆as h谩biles para que presente el descargo pertinente y las pruebas de las que intente valerse.
Vale destacar que en la primera sesi贸n del Consejo Federal Pesquero llevada a cabo este a帽o (la semana pasada), la misma empresa 鈥揅osta Chubut S.A.- hab铆a elevado una nota, con fecha de presentaci贸n el 16 de febrero del presente a帽o, para que sea considerada la justificaci贸n por falta de explotaci贸n de CITC de merluza com煤n del buque ahora en cuesti贸n.
En la misma la empresa expres贸 que en su car谩cter de locataria, hizo la solicitud correspondiente al per铆odo anual 2023 鈥揷on una nota presentada el 10 de enero de 2024), dado que debi贸 realizar varias reparaciones en per铆odos inferiores a los 180 d铆as corridos, por lo que no fue necesario solicitar la justificaci贸n de la inactividad comercial del buque.
La Autoridad de Aplicaci贸n remiti贸 las actuaciones, con los informes previamente producidos sobre la falta de explotaci贸n de la CITC del buque.
La solicitud fue presentada fuera del plazo reglamentario establecido en el R茅gimen General de CITC, texto seg煤n la Resoluci贸n CFP N掳 1/2013 y modificatorias.

La norma establece lo siguiente:
鈥淎RTICULO 49.- Justificaci贸n de la falta de explotaci贸n de CITC. En el caso en que el buque no requiere justificaci贸n de su inactividad comercial, el titular de la CITC podr谩 solicitar al CONSEJO FEDERAL PESQUERO la justificaci贸n de la falta de explotaci贸n de la CITC antes de finalizar cada per铆odo anual…鈥
La solicitud debi贸 ser presentada antes de finalizar el per铆odo anual 2023, y seg煤n las actuaciones remitidas por la Autoridad de Aplicaci贸n, y de su informe, surgi贸 que la solicitud se efectu贸 reci茅n el 10 de enero de 2024, por lo que se decidi贸 por unanimidad rechazar por extempor谩neo el pedido de justificaci贸n de la falta de explotaci贸n de CITC del buque HUAFENG 822 (M.N. 01537), efectuado por COSTA CHUBUT S.A.






