El Ministerio de la Producción, Comercio e Industria de Santa Cruz, a través de la Subsecretaría de Coordinación Pesquera, inició un sumario de tipo administrativo contra la empresa armadora “Costa Chubut S.A.”, propietario del BP Huafeng 822.
La misma es como consecuencia de haber realizado la embarcación dos mareas al menos, en aguas jurisdiccionales santacruceñas sin contar con un permiso emitido por la Subsecretaría de Asuntos Marítimos, a la vez que es acusada de fraguar datos el Libro Diario de Navegación.
La Disposición SCP Nro.0019/2024 fue dada a conocer a través del gobierno de la provincia de Santa Cruz, el cual a través del Boletín Oficial de su provincia, indica que “mediante un informe de referencia emitido por la Dirección de Registro y Fiscalización de la Pesca, se propicia el inicio de actuaciones sumariales a la empresa ‘Costa Chubut’, responsable del B/P ‘Huafeng 822’ (M.N. 01537), por presunta infracción a los artículos 3 y 6 del Decreto Nro. 1875/90 en actividad de pesca realizada por la embarcación con fechas 23 y 24 de marzo de 2024.”
Los artículos de referencia indican que: “las empresas deberán adecuarse en forma total a las normas legales en vigencia y cualquier otra norma que dicte a la autoridad de aplicación. Asimismo deberá asentarse diariamente todos los datos que se soliciten en el mismo, considerándose como declaración jurada. Una vez que el barco arribe a puerto para realizar la descarga de la pesca se deberá entregar a la Autoridad de Aplicación.”
Fernando Marcos, subsecretario de Coordinación Pesquera de Santa cruz, rubricó entre los considerandos que “la información proporcionada por el Sistema de Monitoreo Satelital de Posicionamiento de la flota pesquera, surge la incursión de la embarcación operando en aguas de Jurisdicción Provincial, sin contar con el permiso correspondiente los días 23 y 24 de marzo de 2024. Asimismo del análisis del Parte de Pesca Electrónico asentado en el sistema SiFIPA y del Libro Diario de Navegación se desprende diferencia al declarado por ‘Costa Chubut’”.
Con estos argumentos la empresa armadora fue intimada a constituir un domicilio legal en la ciudad santacruceña de Río Gallegos, dándolo seis días hábiles para que presente el descargo pertinente y las pruebas de las que intente valerse.
Vale destacar que en la primera sesión del Consejo Federal Pesquero llevada a cabo este año (la semana pasada), la misma empresa –Costa Chubut S.A.- había elevado una nota, con fecha de presentación el 16 de febrero del presente año, para que sea considerada la justificación por falta de explotación de CITC de merluza común del buque ahora en cuestión.
En la misma la empresa expresó que en su carácter de locataria, hizo la solicitud correspondiente al período anual 2023 –con una nota presentada el 10 de enero de 2024), dado que debió realizar varias reparaciones en períodos inferiores a los 180 días corridos, por lo que no fue necesario solicitar la justificación de la inactividad comercial del buque.
La Autoridad de Aplicación remitió las actuaciones, con los informes previamente producidos sobre la falta de explotación de la CITC del buque.
La solicitud fue presentada fuera del plazo reglamentario establecido en el Régimen General de CITC, texto según la Resolución CFP N° 1/2013 y modificatorias.

La norma establece lo siguiente:
“ARTICULO 49.- Justificación de la falta de explotación de CITC. En el caso en que el buque no requiere justificación de su inactividad comercial, el titular de la CITC podrá solicitar al CONSEJO FEDERAL PESQUERO la justificación de la falta de explotación de la CITC antes de finalizar cada período anual…”
La solicitud debió ser presentada antes de finalizar el período anual 2023, y según las actuaciones remitidas por la Autoridad de Aplicación, y de su informe, surgió que la solicitud se efectuó recién el 10 de enero de 2024, por lo que se decidió por unanimidad rechazar por extemporáneo el pedido de justificación de la falta de explotación de CITC del buque HUAFENG 822 (M.N. 01537), efectuado por COSTA CHUBUT S.A.