El Ministerio Público Fiscal de Puerto Madryn, a través de Alex Williams y María Florencia Bianchi, presentó una impugnación extraordinaria contra el fallo que benefició a los dos empleados de Conarpesa.
El caso por contaminación ambiental en el Golfo Nuevo sumó un nuevo capítulo. Este lunes, el Ministerio Público Fiscal de Puerto Madryn formalizó una impugnación extraordinaria ante el Superior Tribunal de Justicia contra la sentencia que absolvió a Nadine Parry y Brahim Yosef Vargas, acusados por el vertido de efluentes sin tratar vinculados a la empresa Conarpesa.
La medida fue impulsada por el fiscal jefe Alex Williams y la fiscal general María Florencia Bianchi, quienes sostuvieron que la decisión de la jueza Patricia Reyes, emitida el 25 de agosto, presenta una “errónea aplicación de la ley penal”, con una motivación insuficiente y contradicciones que —según remarcaron— la tornan arbitraria.
La Fiscalía objetó que la jueza Reyes basó la absolución en una supuesta variación de la acusación durante el debate oral, lo que habría afectado el principio de congruencia y el derecho de defensa de los imputados. Según Williams y Bianchi, “esto no ocurrió”: el hecho atribuido —el volcado de efluentes crudos al mar mediante un sistema de cañerías no declarado (“bypass”)— se mantuvo idéntico desde el inicio de la causa hasta el alegato final.
Los fiscales subrayaron que en distintas instancias del juicio se remarcó de manera expresa que la conclusión lógica era que “se había dispuesto un sistema de vuelco de líquido sin tratar al mar proveniente del lavado de la materia prima”. Aseguraron además que la defensa ejerció sus derechos plenamente y que no existió afectación al debido proceso.
El recurso señala que la resolución carece de una fundamentación adecuada, limitándose a argumentos formales sin explicar en qué medida se habría restringido la defensa. En su presentación, la Fiscalía denunció que el fallo contiene “subjetividades y adjetivaciones impropias de quien debe velar por la imparcialidad”.
Asimismo, destacaron la dimensión colectiva de la causa: “Los delitos ambientales impactan directamente en derechos fundamentales como la salud y la vida”. Para reforzar este punto, citaron pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Acuerdo de Escazú, que exigen garantizar acceso a la justicia y sanción a quienes generen daños ambientales.
El Ministerio Público Fiscal solicitó que el Superior Tribunal de Justicia revoque la absolución y disponga la realización de un nuevo juicio oral. También se efectuó la reserva de caso federal, lo que habilitaría recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación en caso de ser necesario.
La decisión del Superior Tribunal será clave para definir si la causa continúa en una nueva instancia judicial o si queda firme el fallo absolutorio de primera instancia.