El OSPA es el Observatorio del Sistema Pesquero Argentino que fue presentado a fines de agosto del corriente a帽o y tiene como objetivos, entre otros, aportar diagn贸sticos socio-econ贸micos peri贸dicos y sostenidos, relevamientos, evaluaci贸n de pol铆ticas y participaci贸n de grupos de inter茅s.
En los 煤ltimos d铆as ha presentado un nuevo trabajo referido a los Convenios Colectivos de Trabajo teniendo como meta y objetivo el poder relevar los Convenios Colectivos de Trabajo vigentes en el Sistema Pesquero Argentino, con la finalidad de analizar y comprender las transformaciones ocurridas en la regulaci贸n formal de la actividad y utilizando entre otras fuentes la del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Rep煤blica Argentina.
Han participado de la realizaci贸n del trabajo mencionado Mar铆a Soledad Schulze (UNPSJB/CONICET/GEPLA), Gustavo Ant贸n (UBA/GEPLA), Josefina Azcarate (UNMdP/GEPLA).
Han destacado que los registros en l铆nea del MTEySS se encontraban desactualizados indicando que la negociaci贸n colectiva es uno de los pilares del sistema de relaciones del trabajo, que afianza a la estructura sindical y cuya funci贸n unitaria consiste en ser el instrumento para la composici贸n tendencialmente equilibrada del conflicto entre trabajadores y empleadores.
Pusieron de manifiesto en este trabajo del OSPA que hist贸ricamente el sistema de negociaciones colectivas es el medio de acci贸n m谩s elaborado del que dispone el movimiento obrero, limitando sus acciones principalmente a la elaboraci贸n de CCT entre patrones y sindicatos.
En definitiva 鈥揹e acuerdo al publicaci贸n-, los CCT han sido conquistados en numerosas luchas, han sido un punto de partida de las condiciones de trabajo del sector y aseguran el piso m铆nimo de condiciones laborales y salariales establecidas constitucionalmente, superando situaciones de precariedad e informalidad laboral como lo ha marcado Schulze en 2020.
De lo anterior deviene la idea de pensar a los CCT como una herramienta central para analizar y comprender las transformaciones acaecidas en el sector. En este sentido, los cambios y continuidades, no solo se reflejan en las condiciones laborales, en funci贸n de las garant铆as laborales contempladas, sino en otras cuestiones de suma relevancia como pueden ser los acuerdos de conformaci贸n de comisiones internas, de capacitaci贸n y acci贸n social, de cuidado del ambiente, entre otras.
En esta oportunidad, a partir de las diversas fuentes el OSPA ha relevado hasta el momento
33 documentos o registros, de los cuales 24 corresponden a CCT, 7 son Actas Acuerdo y 2 son Laudos. Observando la participaci贸n de la parte gremial en la negociaci贸n colectiva, se puede destacar que:
鈼 en 10 particip贸 el Sindicato de Obreros Mar铆timos Unidos (SOMU)
鈼 en 9 particip贸 la Asociaci贸n Argentina de Capitanes, Pilotos y Patrones de Pesca (AACPyPP)
鈼 en 6 particip贸 el Sindicato de Conductores Navales (SICONARA)
鈼 en 3 particip贸 el Sindicato Argentino de Obreros Navales y Servicios de la Industria Naval de la Rep煤blica Argentina (SAONSINRA)
鈼 en 2 particip贸 el Sindicato Obrero de la Industria del Pescado (SOIP).
鈼 en 2 particip贸 el Sindicato de Trabajadores de la Alimentaci贸n (STIA).
鈼 en 1 particip贸 la Asociaci贸n Argentina de Empleados de la Marina Mercante (AAEMM)
鈼 en 1 particip贸 el Sindicato Mar铆timo de Pescadores (SIMAPE)
鈼 en 1 particip贸 el Sindicato de Conductores Mar铆timos Unidos (SCMU)
Asimismo, contin煤a la pormenorizada labor, filtrando por la parte gremial podemos mencionar la participaci贸n de las siguientes C谩maras Empresariales:
鈼 10 firm贸 la C谩mara de la Industria Pesquera Argentina (CAIPA)
鈼 9 firm贸 la C谩mara Argentina de Armadores de Buques Pesqueros de Altura (CAABPA)
鈼 6 firm贸 la C谩mara Argentina Patag贸nica de Industrias Pesqueras (CAPIP)
鈼 5 firm贸 el Grupo Continental de Armadores de Pesca (CONARPESA)
鈼 4 firm贸 la Asociaci贸n de Embarcaciones de Pesca Costera y Fresquera (AEPCyF)
鈼 2 firm贸 la C谩mara de Armadores de Pesqueros Congeladores de la Argentina (CAPECA)
鈼 2 firm贸 el Consejo de Empresas Pesqueras Argentinas (CEPA)
鈼 2 firm贸 la C谩mara de flota amarilla de Rawson (CAFACH)
鈼 1 firm贸 la C谩mara de Armadores Poteros Argentina (CAPA)
鈼 1 firm贸 la Uni贸n de Industria Pesquera Argentino (UDIPA)
鈼 1 firm贸 la C谩mara Argentina Langostinera Patag贸nica (CALAPA)
Postura de la OIT
La negociaci贸n colectiva es un derecho fundamental, firmemente sustentado en la Constituci贸n de la Organizaci贸n Internacional del Trabajo y reafirmado en la Declaraci贸n de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo que la Organizaci贸n adopt贸 en 1998. La negociaci贸n colectiva es un mecanismo fundamental del di谩logo social, a trav茅s del cual los empleadores y sus organizaciones y los sindicatos pueden convenir salarios justos y condiciones de trabajo adecuadas; adem谩s, constituye la base del mantenimiento de buenas relaciones laborales. Entre las cuestiones que se abordan habitualmente en los programas de negociaci贸n figuran los salarios, el tiempo de trabajo, la formaci贸n y capacitaci贸n profesional, la seguridad y la salud en el trabajo, y la igualdad de trato.
El objetivo de la negociaci贸n colectiva es establecer un convenio colectivo en el que se regulen las condiciones de empleo de un determinado grupo de trabajadores. En los convenios colectivos tambi茅n se pueden regular los derechos y responsabilidades de las partes en la relaci贸n de empleo, lo que permite asegurar que en las industrias y lugares de trabajo imperen condiciones armoniosas y productivas. Adem谩s, potenciar el car谩cter inclusivo de la negociaci贸n colectiva y los convenios colectivos es un medio esencial para reducir la desigualdad y ampliar el 谩mbito de la protecci贸n laboral.
Entendemos que un gran pilar de la industria extractiva y procesadora continental es el sector correspondiente a la mano de obra y su relaci贸n respecto a derechos y obligaciones. Queda abierta desde hace mucho tiempo la legislaci贸n laboral como fondo de la cuesti贸n. Los convenios colectivos de trabajo, son partes de un modelo que encuentran aunar esfuerzos por generar reglas de juego para ambas partes, pero el fondo de la cuesti贸n sigue siendo las leyes laborales que tienen un esp铆ritu sesgado y casi arcaico, que en el fondo inciden con la imposibilidad de aumentar el personal en plantas permanentes. Hoy, con la legislaci贸n vigente, es lamentable aseverar que tomar un empleado es recorrer un laberinto mas cercano a una odisea que a una soluci贸n; y mientras m谩s r铆gida sea la legislaci贸n, inversamente proporcional es la posibilidad de creaci贸n de nuevos puestos de empleo.



