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    Nuevo Reglamento de Inscripción en el Registro de Empresas de Servicios Portuarios

    AntonellaPor Antonella10 de enero de 20263 Minutos
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    A partir de marzo de 2026 entrará en vigencia un nuevo reglamento que moderniza y simplifica el sistema de inscripción, elimina el concepto de habilitación y reorganiza las actividades portuarias.
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    El Consorcio Portuario Regional Mar del Plata aprobó un nuevo Reglamento de Inscripción en el Registro de Empresas de Servicios Portuarios, con el objetivo de actualizar y modernizar un esquema normativo vigente desde hace más de dos décadas. La medida fue formalizada mediante la Resolución de Directorio N° 424-02/2025, (ver página 20), publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires.

    La normativa entrará en vigencia a partir del 1 de marzo de 2026 y reemplaza al reglamento aprobado en 2006, incorporando cambios vinculados a la evolución tecnológica, la experiencia de gestión acumulada y la necesidad de simplificar trámites administrativos.

    Uno de los cambios centrales del nuevo reglamento es la eliminación del concepto de habilitación, que será reemplazado por el de inscripción en un registro. Desde el Consorcio se explicó que las empresas no acceden a una habilitación tradicional, sino al derecho de explotación mediante el aprovechamiento especial de un bien del dominio público, el cual se materializa a través de su publicación en el Boletín Oficial.

    Este enfoque busca alinear el régimen local con criterios jurídicos más precisos y homogéneos, fortaleciendo la seguridad administrativa y normativa.

    El nuevo esquema también propone un reagrupamiento de las empresas según las actividades que efectivamente desarrollan, lo que permitirá una clasificación más clara y funcional dentro del sistema portuario.

    En paralelo, se introduce una simplificación del proceso de inscripción. Entre las modificaciones más relevantes se encuentra el reemplazo de la presentación de declaraciones juradas impositivas y previsionales por una Certificación de Inexistencia de Deudas Fiscales, un requisito similar al que se exige para los Permisos de Uso en el ámbito portuario.

    Otra de las novedades incorporadas es la diferenciación de los vehículos según su impacto sobre la infraestructura portuaria, aplicando un criterio comparable al utilizado en los peajes de rutas. De esta manera, se reconoce que un vehículo de seis ejes genera un desgaste significativamente mayor que uno de dos ejes.

    En materia sancionatoria, el reglamento unifica criterios con otras normas internas y con disposiciones de distintas gerencias del Consorcio, con el objetivo de dotar de mayor coherencia y previsibilidad al sistema de control y penalidades.

    La actualización del reglamento fue aprobada por unanimidad del Directorio del Consorcio Portuario Regional Mar del Plata, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto provincial 3572/99 y su normativa complementaria.

    La resolución lleva las firmas de Eduardo Mayer, Director Secretario, y del Lic.Marcos Gutiérrez, presidente del ente portuario.

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