Desde este miércoles, rige para el abadejo el nuevo esquema de vedas y límites de pesca diseñados por el Consejo Federal Pesquero en la Resolución 10/17. La publicación de la norma en el Boletín Oficial hizo que entrara en vigencia.
De esta manera, fue flexibilizado el cierre de las zonas que rodean a los denominados “pozos” de abadejo, donde la especie se concentra. La idea es no afectar al resto de las pesquerías que se desarrollan en torno a esas áreas.
Con la intención de alentar la recuperación biológica del recurso y siguiendo los lineamientos del Inidep, el Consejo había prohibido el arrastre en dos franjas, una localizada entre los paralelos 40° y 42°, y la otra ubicada entre los paralelos 47° y 48°.
Esa medida se instrumentó el 24 de abril, pero generó un fuerte rechazo entre armadores y capitanes, dado que excedía el objetivo central y recortaba de manera excesiva el accionar de la flota en sectores donde se capturan otros recursos.
Finalmente, los consejeros tradujeron los reclamos en una adaptación. Como respaldo, desde el Inidep se explicó que habían analizado la información brindada por las cámaras empresarias sobre el posicionamiento de los barcos y su accionar.
A partir de hoy, la configuración de las vedas será la siguiente:
Por otra parte, vale recordar, que también rigen los nuevos topes de pesca por marea. La posibilidad de alcanzar en el corto plazo la Captura Máxima Permisible de abadejo (2.500 toneladas) obligó a las autoridades a introducir este esquema para lo que resta de 2017:
Mareas que duren hasta 30 días:
. 15 toneladas por buque o el tres por ciento de la captura total por viaje de pesca por buque, lo que resulte menor.
Mareas que superen los 30 días:
. 20 toneladas por buque o el 3 por ciento de la captura total por viaje de pesca por buque, lo que resulte menor.
La publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 10/17 instrumenta los cambios introducidos por el Consejo en las zonas de veda y los límites por marea.