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    R茅gimen Federal de Pesca

    Ya ingres贸 el nuevo proyecto de Ley 脫mnibus. La pesca al borde del certificado de defunci贸n

    PescarePor Pescare22 de enero de 20246 Minutos
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    Lo que desat贸 un vendaval de cr铆ticas el d铆a viernes, incluso de elevado tono con algunos funcionarios de gobierno, por parte de participantes del cluster pesquero-naval, fue el ingreso del proyecto de Ley, ya con modificaciones en varios sectores, entre ellos el sector PESCA.
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    En principio no se baj贸 del proyecto de Ley como era la esperanza del sector consensuada y solicitada a viva voz en el plenario de comisiones de la C谩mara de Diputados de la Naci贸n la semana pasada, y en reuni贸n con distintos bloques de ese ente legislativo, en particular.

    A tales efectos, informamos los cambios en el proyecto final ingresado al escritorio del presidente de la C谩mara de Diputados de la Naci贸n, Dr. Mart铆n Menem, que se encuentran en la p谩gina 37, 38 y 39 de un documento de 112 cuerpos totales.

    PESCA

    La modificaci贸n del r茅gimen de pesca gener贸 un gran debate p煤blico y parlamentario. La base del problema es que los actuales actores del sector, independientemente de una actualizaci贸n tecnol贸gica en a帽os recientes, llevan a cabo su actividad de manera casi gratuita.

    As铆, un recurso natural que es de todos los argentinos es explotado sin que la poblaci贸n pueda apropiar la parte de la renta que le corresponde. A t铆tulo de ejemplo las regal铆as en langostinos son de alrededor 0.3% y los de merluza hubbsi son de alrededor el 0.15%.

    Este es el problema que urge resolver. De esta manera el proyecto propicia la licitaci贸n de las cuotas pesqueras. Una gran confusi贸n se produjo como consecuencia de la incorporaci贸n de la palabra internacional en el sistema de asignaci贸n de cuotas aun cuando el proyecto no modificaba la exclusividad de los nav铆os argentinos para la actividad pesquera. Esta palabra es removida en esta versi贸n clarificando dicha confusi贸n.

    Respecto al proyecto inicial tambi茅n se modific贸 el articulo 7 y se eliminaron las derogaciones de los art铆culos 25 y 40 de la Ley N 24.922, con lo cual se mantiene la obligaci贸n de descargar en puerto y de contar con tripulaci贸n argentina.

    ART脥CULO 242.– Sustit煤yese el art铆culo 7掳 de la Ley N潞 24.922 por el siguiente:

    鈥淎RT脥CULO 7掳.- Ser谩n funciones de la autoridad de aplicaci贸n:

    a) Conducir y ejecutar la pol铆tica pesquera nacional, regulando la explotaci贸n, fiscalizaci贸n e investigaci贸n;

    b) Conducir y ejecutar los objetivos y requerimientos relativos a las investigaciones cient铆ficas y t茅cnicas de los recursos pesqueros;

    c) Fiscalizar las Capturas M谩ximas Permisibles por especie, establecidas por el Consejo Federal Pesquero y licitar las cuotas de captura anual por especie y por zona de pesca, conforme las determine el Consejo Federal Pesquero;

    d) Emitir los permisos y autorizaciones de pesca en base a los requisitos establecidos;

    e) Calcular los excedentes disponibles y establecer, previa aprobaci贸n del Consejo Federal Pesquero las restricciones en cuanto a 谩reas o 茅pocas de veda;

    f) Establecer, previa aprobaci贸n del Consejo Federal Pesquero, los requisitos y condiciones que deben cumplir los buques y empresas pesqueras para desarrollar la actividad pesquera;

    g) Establecer los m茅todos y t茅cnicas de captura, as铆 como tambi茅n los equipos y artes de pesca de uso prohibido, con el asesoramiento del Instituto Nacional de Investigaci贸n y Desarrollo Pesquero (en adelante INIDEP) y de acuerdo con la pol铆tica pesquera establecida por el Consejo Federal Pesquero;

    h) Aplicar sanciones, conforme el r茅gimen de infracciones, y crear un registro de antecedentes de infractores a las disposiciones de la presente ley, informando de las mismas al Consejo Federal Pesquero;

    i) Elaborar y/o desarrollar sistemas de estad铆stica de la actividad pesquera;

    j) Intervenir en negociaciones bilaterales o multilaterales internacionales relacionadas con la actividad pesquera conforme la pol铆tica pesquera nacional;

    k) Organizar el funcionamiento del Registro de pesca creado por esta ley;

    l) Percibir los derechos de extracci贸n establecidos por el Consejo Federal Pesquero;

    m) Intervenir en el otorgamiento de los beneficios provenientes de la promoci贸n sectorial concedida o a conceder al sector pesquero;

    n) Intervenir en los proyectos de inversi贸n que cuenten o requieran de financiamiento espec铆fico proveniente de organismos financieros internacionales y/o que hayan sido otorgados o a otorgar a la Rep煤blica Argentina, conforme a los criterios que determine conjuntamente con el Consejo Federal Pesquero;

    o) Emitir autorizaciones para pesca experimental, previa aprobaci贸n del Consejo Federal Pesquero;

    p) Establecer e implementar los sistemas de control necesarios y suficientes de modo de determinar fehacientemente las capturas en el mar territorial y la Zona Econ贸mica Exclusiva y desembarcadas en puertos argentinos habilitados y el cumplimiento y veracidad de las declaraciones juradas de captura;

    q) Realizar campa帽as nacionales de promoci贸n para el consumo de recursos vivos del mar y misiones al exterior para promover la comercializaci贸n de productos de la industria pesquera nacional;

    r) Ejercer todas las facultades y atribuciones que se le confieren por esta Ley a la Autoridad de Aplicaci贸n.禄

    Conclusiones

    PARA EL GOBIERNO, los principales cambios introducidos por la modificaci贸n son los siguientes:

    • Licitaci贸n de cuotas pesqueras: Las cuotas de captura anual por especie y por zona de pesca ser谩n licitadas a trav茅s de un proceso abierto y transparente. Esto permitir谩 que cualquier empresa pesquera, argentina o extranjera, pueda participar y acceder a estas cuotas.
    • Establecimiento de regal铆as/canon:聽Se establece un r茅gimen de regal铆as que deber谩n pagar las empresas pesqueras por la explotaci贸n de los recursos. Estas regal铆as/canon ser谩n destinadas al Fondo Nacional de Pesca FO.NA.PE., que se utilizar谩 para financiar proyectos de investigaci贸n, desarrollo y conservaci贸n pesquera.
    • Obligaci贸n de descargar en puerto argentino:聽Se mantiene la obligaci贸n que las capturas pesqueras sean descargadas en puertos argentinos. Esto permitir谩 que el Estado pueda controlar el cumplimiento de las normas pesqueras y garantizar la seguridad alimentaria de la poblaci贸n.
    • Obligaci贸n de contar con tripulaci贸n argentina:聽Se mantiene la obligaci贸n que las embarcaciones pesqueras cuenten con una tripulaci贸n mayoritaria argentina (75%). Esto permitir谩 generar empleo y fomentar el desarrollo de las comunidades costeras.
    Impacto esperado

    Se espera que la modificaci贸n del r茅gimen de pesca tenga un impacto positivo en los siguientes aspectos:

    • Sustentabilidad: La licitaci贸n de cuotas pesqueras permitir谩 garantizar que la explotaci贸n de los recursos se realice de manera sustentable, evitando el exceso de pesca y la sobreexplotaci贸n.
    • Beneficios para el Estado: Las regal铆as generadas por la explotaci贸n de los recursos pesqueros permitir谩n al Estado obtener mayores ingresos, que podr谩n ser utilizados para financiar proyectos de investigaci贸n, desarrollo y conservaci贸n pesquera.
    • Beneficios para la poblaci贸n: La obligaci贸n de descargar en puerto argentino y contar con tripulaci贸n argentina permitir谩 que el Estado pueda controlar el cumplimiento de las normas pesqueras y garantizar la seguridad alimentaria de la poblaci贸n.
    Cr铆ticas

    La modificaci贸n del r茅gimen de pesca ha sido criticada por algunos sectores del sector pesquero, que consideran que la licitaci贸n de cuotas pesqueras generar谩 una reducci贸n de la actividad y de los empleos. Sin embargo, el Gobierno sostiene que la modificaci贸n es necesaria para garantizar la sustentabilidad de los recursos pesqueros y generar mayores beneficios para el Estado y la poblaci贸n.

    Todo esto -seg煤n el gobierno- propiciar谩 en transparencia y mejor recaudaci贸n por la explotaci贸n de los recursos vivos del mar argentino. Un verdadero desprop贸sito.

    (…perd贸nalos, no saben lo que hacen…)

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