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    Legislación

    Rechazo de medida cautelar: El Juzgado Federal de Mar del Plata sienta precedente clave en conflicto por dotación mínima de explotación

    Lalo MarziottaPor Lalo Marziotta30 de mayo de 20253 Minutos
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    El Juzgado Federal N.º 2 de Mar del Plata rechazó una medida cautelar solicitada por el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) que buscaba impedir la zarpada del buque pesquero Marlene del Carmen por presunta violación del convenio colectivo. El fallo avala la validez del certificado de seguridad otorgado por la Prefectura Naval y sostiene que la controversia sindical no impide la operatoria del buque.
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    El Juzgado Federal N.º 2 de Mar del Plata rechazó este martes una medida cautelar solicitada por el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) contra la empresa GAAD Group SA, propietaria del BP Marlene del Carmen, en el marco de un amparo por presuntas violaciones al convenio colectivo de trabajo (CCT 708/15) y derechos sindicales. El fallo, confirma la continuidad de las operaciones del buque pese a la controversia sobre la dotación mínima de explotación.

    En su resolución, el Juez Federal Santiago José Martín consideró que no se acreditaron los requisitos necesarios para dictar la medida cautelar solicitada por el sindicato, que pretendía impedir la zarpada del buque si no se cumplía con una tripulación mínima de diez trabajadores. El magistrado destacó que la Prefectura Naval Argentina (PNA) había autorizado la salida de la embarcación con ocho tripulantes, en línea con el certificado de dotación mínima de seguridad otorgado, y que no existía norma que impidiera esa operación en función de lo planteado por la parte actora.

    El conflicto se originó cuando el SOMU denunció que la empresa GAAD Group había iniciado operaciones con una dotación inferior a la prevista en el convenio colectivo, afectando condiciones de seguridad y vulnerando derechos laborales y sindicales. Ante la inminente segunda zarpada del buque, y tras denunciar que los nuevos tripulantes serían afiliados a otro gremio, el sindicato solicitó una medida cautelar innovativa para impedir el despacho del Marlene del Carmen con menos de diez tripulantes y para que no se excluyera a sus afiliados.

    El fallo establece que la controversia sobre las dotaciones no puede, por sí sola, suspender la operatoria del buque, en tanto el artículo 17 del CCT 708/15 dispone expresamente que tales disputas no constituyen impedimento para continuar con la actividad. Asimismo, el juez recalcó que no se demostró un daño inminente ni una amenaza irreparable al derecho invocado por el sindicato que justificara un anticipo de tutela judicial.

    “Acceder a lo requerido implicaría el desconocimiento de la norma convencional vigente”, sostuvo el magistrado, remarcando además que la embarcación cuenta con todos los permisos en regla, incluyendo el Certificado Nacional de Dotación Mínima de Seguridad y el Certificado Provisional de Gestión de la Seguridad, ambos emitidos por la Prefectura.

    Aunque el rechazo de la cautelar no clausura el debate de fondo —el amparo sindical continúa su curso bajo el procedimiento sumarísimo— El juez dejó expresado que su decisión no impide que, en función de circunstancias ulteriores debidamente acreditadas en la causa, se pueda revisar el criterio adoptado. En ese sentido, el desarrollo del expediente podría seguir generando atención dentro del sector.

    Desde el SOMU no hubo declaraciones oficiales hasta el momento, aunque fuentes gremiales anticiparon que seguirán impulsando el reclamo. Por su parte, la empresa demandada acompañó documentación técnica sobre la seguridad del buque y presentó una denuncia penal contra supuestos actos de hostigamiento.

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    BP Marlene del Carmen conflicto dotación mínima de explotación medida cautelar
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