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    Medio ambiente

    A partir del 1 de mayo ser谩 obligatorio marcar las artes de pesca en Argentina

    PescarePor Pescare23 de febrero de 20249 Minutos
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    El objetivo ser谩 educir el impacto ambiental de las redes de pesca perdidas o descartadas en el Mar Argentino, alinearse a las normativas de FAO y, buscar la sostenibilidad ecol贸gica del medio marino y sus especies habitantes.
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    En el pr贸ximo mes de mayo comenzar谩 a regir la Disposici贸n 4/2023 sobre el marcado de redes. Las empresas armadoras deber谩n cumplir con la normativa. De no hacerlo ser谩n sancionados de acuerdo a lo que marca el R茅gimen Federal Pesquero.

    La Disposici贸n, publicada el 9 de mayo del 2023, establece que toda firma armadora de buque pesquero arrastrero, de bandera argentina, que sea despachado a operar en los espacios definidos en la Ley 24.922 o que operen en el 谩rea adyacente a la Zona Econ贸mica Exclusiva, deber谩 identificar los aparejos de pesca a acuerdo a lo que establece la medida.

    La normativa que se public贸 en el Bolet铆n Oficial el a帽o pasado, dej贸 establecido en su art铆culo 10, que el Plazo de Adecuaci贸n era de un a帽o 鈥減ara dar cumplimiento a la obligaci贸n de marcado e identificaci贸n de los aparejos de pesca鈥, plazo que vencer铆a el 9 de mayo del presente a帽o (fecha de publicaci贸n).

    La medida, rubricada por el Director Nacional de Coordinaci贸n y Fiscalizaci贸n Pesquera, Dr. Juli谩n Su谩rez, consta de 13 art铆culos, donde se especifican y se describen lo que se entiende por Arte de pesca; Aparejo o equipo de pesca; red de arrastre; buque arrastrero; marca; redero, entre otros.

    Del mismo modo el art铆culo 3 de la Disposici贸n, indica que 鈥減revio a la zarpada del buque, las inspectoras y los inspectores nacionales de pesca de muelle podr谩n verificar la presencia a bordo de los aparejos de pesca y/o artes de pesca, dejando constancia de la cantidad e identificaci贸n de dichos equipos en el Acta de Comprobaci贸n de artes de pesca, de acuerdo con lo dispuesto por los Art铆culos 1掳 y 2掳 de la Resoluci贸n N掳 225 del 5 de mayo de 1995 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADER脥A y PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOM脥A Y OBRAS Y SERVICIOS P脷BLICOS, sus modificatorias y complementarias.鈥

    El mismo art铆culo indica que 鈥淓n los casos en que se verificara el uso de equipos de pesca sin marcas durante las operaciones de pesca, con marcas ilegibles o con marcas que no se adecuen a lo establecido en la presente disposici贸n, se dejar谩 constancia en el Acta correspondiente por parte de las inspectoras y los inspectores Nacionales de Pesca embarcados.鈥

    鈥淟as firmas armadoras de buques arrastreros que sean despachados para operar en los espacios mar铆timos definidos por el Art铆culo 1潞 de la presente medida, cuyos equipos de pesca a bordo no est茅n debidamente identificados ser谩n pasibles de las sanciones previstas en el marco del inciso c) del Art铆culo 21 de la Ley N潞 24.922, sus normas complementarias y modificatorias.鈥, como hemos citado.

    El Anexo I de la normativa describe las caracter铆sticas t茅cnicas de las marcas en redes, las cuales fueron expresadas as铆:

    Tipo: Cilindro recto circular.

    El cilindro recto circular es un cuerpo geom茅trico s贸lido cuyos extremos o bases son circulares y tiene una cara curva, que se forma cuando se hace girar un rect谩ngulo tomando como eje uno de sus extremos.

    Material: Aluminio anodizado.

    La capa anodizada se produce sumergiendo el aluminio en un ba帽o de electrolito 谩cido junto con una corriente el茅ctrica llamada pasivaci贸n o anodizaci贸n. El resultado es una fina capa de 贸xido de aluminio que hace que el metal sea resistente a astillarse o pelarse, y resistente al 贸xido.

    Color: Rojo.

    Fijaci贸n: A fin de sujetar el cilindro al arte de pesca la chapa de aluminio deber谩 tener DOS (2) perforaciones en sus extremos para el cierre con remache tipo POP de aluminio o acero inoxidable.

    El remache POP es un elemento de fijaci贸n cuya funci贸n es unir DOS (2) piezas de forma permanente.

    Los sujetos obligados podr谩n disponer otro tipo de cierre de la marca en la medida que mejore las condiciones de su durabilidad y no dificulte la lectura de su c贸digo o identificaci贸n.

    La cara curva exterior deber谩 contener el c贸digo de identificaci贸n del aparejo de pesca (Anexo II de la presente medida) grabado por medios manuales o mec谩nicos.

    El art铆culo 6潞 por su parte, indica que se deber谩n colocar como m铆nimo cuatro marcas en las redes conforme a lo que describe otro de los anexos de la normativa 鈥揺l anexo III-, el que indica que tienen que estar ubicadas en la Bolsa de red, la Punta de ala inferior, la Punta de ala superior y el Cuerpo de la red.

    鈥淭anto los portones como todas las boyas o flotadores que integren el aparejo de pesca deber谩n estar identificados de acuerdo a lo establecido en los Anexos II y III鈥.

    El Anexo II indica con respecto a las marcas en las redes, que la identificaci贸n del arte de pesca estar谩 compuesto de un c贸digo que incluir谩 el grabado mec谩nico de:

    a) C贸digo del pa铆s de bandera del buque pesquero. La REP脷BLICA ARGENTINA adopta el c贸digo alfab茅tico ISO3- disponible en www.fao.org/nocs/en (Argentina=ARG)

    b) A帽o de primer uso del arte de pesca. En los casos de equipos de pesca en uso se podr谩 grabar el a帽o correspondiente al momento del marcado inicial (Ejemplo 2024).

    c) Abreviatura del tipo de arte de pesca de acuerdo con la 鈥淐lasificaci贸n estad铆stica internacional uniforme de los artes de pesca鈥 (ISSCFG), Rev.1 (2016).

    d) Identificador del redero/a. El SiFIPA asignar谩 un c贸digo a cada redero inscripto ante la Autoridad de Aplicaci贸n del R茅gimen Federal de Pesca Ley N潞 24.922. (Ejemplo: R01)

    e) Datos del propietario o responsable del aparejo de pesca. Se grabar谩 el c贸digo alfanum茅rico otorgado por la Direcci贸n de Normativa y Registro de la Pesca de la SECRETAR脥A DE AGRICULTURA, GANADER脥A Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOM脥A a la persona humana o jur铆dica inscripta como armador del buque, en el marco de lo dispuesto por la Resoluci贸n N潞 514 de fecha 5 de agosto de 2009 de la ex-SECRETAR脥A DE AGRICULTURA, GANADER脥A, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCI脫N, sus modificatorias y complementarias. (Ej.: AR001)

    f) N煤mero 煤nico secuencial. Cada equipo de pesca contar谩 con un 煤nico n煤mero otorgado por SiFIPA al momento de su registro en el sistema por el /la redero/a. (Ejemplo: #0001)

    Sobre las marcas en los portones se indica que en las puertas -o portones- que integran el aparejo de pesca deber谩 constar la siguiente informaci贸n: Abreviatura del pa铆s bandera del buque (ARG); C贸digo alfanum茅rico del armador en el SIIP (Ej.: AR001); A帽o de marcaci贸n (Ej. 2024).

    El equipo t茅cnico que confeccion贸 la normativa, adem谩s del Dr. Su谩rez estuvo compuesto por la Directora de Planificaci贸n Pesquera Lic. Gabriela Navarro y Guillermo Vitullo miembro de la Unidad de Coordinaci贸n Pesquera.

    Precisamente la Lic. Navarro fue consultada por esta Editorial sobre si existe una estad铆stica de la cantidad de boyas al menos que se pierden. 鈥淣o, no existe esa informaci贸n. Cuando se empiecen a marcar y se declaren las que lleva cada uno y cuantas se pierden, entre otras cosas, vamos a empezar a tener datos鈥, manifest贸 la funcionaria.

    鈥淪olo tienen que llevar las artes marcadas y avisar si pierden algo. No hay castigo por perder, si se avisa. El que no avise se jugar谩 a que, si se encuentra, se lo responsabilice. Es importante empezar a tener datos, justamente para saber si se pierde y cu谩nto. Mi impresi贸n es que no se pierde mucho en proporci贸n a lo que se usa, pero hay que documentarlo鈥, reflexion贸 Navarro.

    鈥淐on esta medida se trata de evitar las conductas que, por desconocimiento de la problem谩tica, puedan generar un perjuicio innecesario. Es una forma de generar conciencia tambi茅n, porque el pescador no quiere da帽ar el oc茅ano, le estamos dando herramientas para que todos se comprometan a cuidarlo, los que quieran y los que no鈥, a帽adi贸 la Directora de Planificaci贸n.

    Navarro tambi茅n coment贸 que para el Subsecretario de Pesca Juan Antonio L贸pez Cazorla 鈥渆l tema de los pl谩sticos es un tema prioritario que estamos atendiendo en todos los foros internacionales ya que es una preocupaci贸n que requiere acciones inmediatas y concretas. Argentina ya ha iniciado acciones de manera vanguardista en el tema. Nos preocupa que los oc茅anos sean saludables鈥.

    鈥淓sto se hizo con talleres, con rederos, con gente de las empresas, capitanes. Todos coincidieron en que hay que hacerlo. No es una problem谩tica para la Argentina que sea de gravedad, pero es bueno que tengamos nuestras estad铆sticas. Hay que forzar que en el mundo esto sea as铆. En la Argentina los equipos se cuidan mucho, pero tambi茅n es bueno que pongamos este punto en la agenda de la gesti贸n de las empresas. Esto es preventivo y de concientizaci贸n. No hay que asustarse, hay que atender el tema鈥,concluy贸 la Lic. Navarro.

    Esa es la teor铆a que se debe llevar a la pr谩ctica en poco m谩s de dos meses.

    El procedimiento por este tiempo es dudosa realizaci贸n 鈥搈谩s all谩 de las sanciones que especifica la norma- toda vez que el marcado de cada una de las partes requiere de un costo importante, dada la cantidad de grabados a realizar (algunos pocos ya han comenzado a hacerlo, mientras que otros 鈥渟ubestimaron鈥 la medida).

    El problema es a煤n mayor: hasta el momento el grabado (con l谩ser) lo realiza un solo proveedor, y si se tiene en cuenta que acuerdo a las dimensiones de cada red, cada una de ellas podr铆a llegar a tener hasta 90 boyas, lo que parece a todas luces improcedente el cumplimiento de la normativa, al menos en el corto plazo.

    Consultados tambi茅n capitanes de armamento del puerto marplatense, en su mayor铆a coincidieron en que la cantidad de redes que se pueden perder anualmente 鈥揺sa ser铆a la forma de hacer el c谩lculo- es pr谩cticamente insignificante, dado que cuando 鈥渟e engancha鈥, y dentro de las posibilidades del buque, se trata por todos los medios de recuperar la red, dado al alto costo que tiene cada una y es pol铆tica de trabajo no dejarlas en el agua.

    No se trata solo de una cuesti贸n de honor el perder una red, ya que hoy en d铆a muchas est谩n conectadas a sensores, por lo que el perder el equipo, representa un alt铆simo costo, no solo por el pa帽o en s铆, sino tambi茅n por el equipamiento electr贸nico.

    Hoy la tecnolog铆a posibilita tambi茅n que no se produzcan tantos enganches y la p茅rdida de las boyas tampoco representa un gran n煤mero en cantidad, m谩s all谩 de que pueda ocurrir, pero las chances de que eso suceda es m铆nima.

    Tal vez, y a煤n con varios d铆as por delante para que entre en vigencia la norma, las partes puedan encontrar un equilibrio entre lo que sucede en el mar y a bordo de un buque pesquero, y la idea te贸rica de quienes fundamentaron la disposici贸n; la que quiz谩 pueda llegar incluso al Consejo Federal Pesquero, el que a煤n no tiene fecha oficial para su primera sesi贸n del a帽o.

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