Finalmente se arribó a un acuerdo entre el sector sindical y las Cámaras empresarias luego de tres días consecutivos con demoras en las zarpadas. El acuerdo es en tramos y abarca distintos períodos hasta el año 2024.
Tras extensas deliberaciones, fundamentalmente SOMU y SIMAPE e incluso el gremio de conductores navales República Argentina, encuadrados en el LADUDO 4/75, arribaron las partes a un acuerdo, el cual otorga una recomposición salarial para los trabajadores, sobre los valores vigentes desde el 28 de febrero último, de un 30%, aplicándose a partir del 1 de septiembre último, los cuales serán de carácter No Remunerativo, valores que tienen distintos incrementos.
Por lo tanto las Cámara acordaron otorgar una recomposición salarial del 30% tomando los valores vigentes al 28 de febrero, aplicándose estos, a partir del 1 de noviembre próximo, los cuales serán de carácter Remunerativo el 10% y de carácter No Remunerativo el 20%, teniendo vigencia hasta el 28 de febrero del año entrante.
Además otorgaron una recomposición salarial para los trabajadores, sobre los valores vigentes al 28 de febrero último del 30 %, aplicándose estos, a partir del 1 de enero de 2024, los que serán Remunerativos el 10% y de carácter No Remunerativo el 20%, tiendo vigencia hasta el 28 de febrero de 2024
Los valores no remunerativos pactados entre gremios y representantes de empresarios, se deben entender como otorgados como compensación especial acordada entre las partes, por los efectos que ha tenido en los costos empresariales la política cambiaria estatal por lo que deberán ser tenidos en ese carácter durante el período de vigencia del Acta Acuerdo, tal cual reza lo que han suscripto las partes.
La recomposición salarial otorgada se aplicará inclusive sobre los rubros Extra convencionales que cada empresa tenga acordado con el sindicato y los trabajadores, en sus recibos de sueldo.
El Acta Acuerdo detalla también que los importes NO Remunerativos, pasarán a convertirse en Remunerativos en su totalidad, a partir del mes de marzo de 2024.
Asimismo, los importes No Remunerativos, serán tenidos en cuenta a los efectos de la liquidación de aguinaldos, vacaciones, enfermedades inculpables y accidentes de trabajo.
Los importes No Remunerativos serán tenidos en cuenta a los efectos del descuento de la cuota sindical y obra social, indica el acuerdo, según pudo saber PESCARE.
Las partes acordaron un régimen de viáticos para los trabajadores y que en forma temporal operen sobre otras especies en otros puertos que no sean el de su asiento, el cual será de $ 20.000 para los meses de septiembre y octubre de 2023; $ 26.000 para los meses de noviembre y diciembre de 2023 y $ 33.000 para los meses de enero y febrero de 2024, los cuales serán abonados, en la forma que disponga el armador, en cada arribo con carga de los buques, y renovables a las 48 hs. de estadía, por única vez.
Las empresas que tengan ya acordado viáticos y este sea superior al monto que dejaron estipulado en el Acta Acuerdo, se regirán por el primero de ellos.
Se dejó establecido de la misma manera que con relación al art. 20 del Laudo 4/75 y siempre que exista un acuerdo entre el armador y el empleado sobre las condiciones y modalidad de ejecución, en los casos que el trabajador solicite licencia por estudios en la Escuela Nacional de Pesca / Fluvial, se convendrá un incentivo que será liquidado por la empleadora en carácter No Remunerativo y que tendrá un valor equivalente a Un Salario Mínimo Vital y Móvil vigente al momento del pago de la licencia, para lo que el trabajador deberá acreditar el carácter de alumno regular de la respectiva cursada.
También se dejó establecido que el servicio de internet con red wifi a bordo, con que cuente el barco, será gratuito solo para mensajería instantánea (mensajes de texto) en horas de descanso y por un lapso de hasta 2 horas, algo que venían reclamando desde hace algún tiempo desde el sector gremial.
Además quedó establecido que los importes acordados en el Acta, absorben hasta su concurrencia todos los importes que pudiera otorgar el Gobierno Nacional por cualquier concepto durante la vigencia del Acuerdo.
Más allá de la recomposición salarial pactada –que tendrá vigencia hasta el 28 de febrero del año próximo-, las partes asumieron el compromiso de reunirse durante la segunda quincena de diciembre de 2023 a efectos de examinar la evolución de las variables económicas a ese momento.
La demora en las zarpadas que mantenían los tres gremios –SICONARA, SOMU y SIMAPE- con este acuerdo quedan ya sin efecto, debido a que además de lo acordado con los Conductores Navales, los otros dos gremios, realizaron también una actualización de sus salarios, prácticamente bajo las mismas condiciones, con la salvedad que los trabajadores de la marinería tienen un período distinto, el cual abarca desde el mes de marzo hasta agosto y desde septiembre del presente año a febrero del año 2024.
Primó la cordura, donde no hay ganadores ni perdedores. La situación en indeseable para todos los participantes del sector, empresarios con pesqueros al fresco, donde el filet de merluza hoy, se exporta a pérdida del orden de los 400 dólares por tonelada como mínimo y según la empresa; y trabajadores que día a día ven como sus pesos queman con una pérdida del poder adquisitivo muy similar, a la vivida en nuestro país en abril-agosto de 1989 previo a la última violenta hiperinflación que desencadenó un plan Bonex 89 asumido por el entonces ministro de economía Erman González el 8 de enero de 1990 bajo la presidencia del Dr. Carlos Saúl Menem.