El acuerdo se enmarca en el Convenio Colectivo de Trabajo 603/10, el cual contempla un aumento del 15% para el mes de mayo y un 8% de junio a octubre.
Desde la Cámara que preside la CPN Florencia Garrido aclararon que las categorías Oficial y Medio Oficial sufrieron mínimas variaciones en los coeficientes para poder destrabar la firma de este acuerdo.
Lo firmado entre el SAONSINRA –donde rubricaron el convenio Juan Antonio Speroni, Ramón Gómez, Héctor Billordo e Ítalo Carrizo– contaron con el aval de los miembros paritarios Jorge Matías, Emanuel Figueroa, Pablo Pietronave y Gustavo Cajal, fue suscripto por parte de la Cámara de la Industria Naval de Mar del Plata por su presidenta Florencia Garrido, Domingo Contessi y Mariano Pascual, con el patrocinio del Dr. Claudio Kornisiuk.
Lo pacto fue dentro del marco de las negociaciones llevadas a cabo respecto al incremento salarial establecido en el CCT 603-10 aplicable al sector, el cual corresponde al período 4-2023 al 3-2023.
Luego de intercambiar opiniones varias contrapuestas, pero mostrando esfuerzo de ambas partes, se estableció otorgar un incremento sobre los sueldos básicos de las categorías que están consignadas en el Convenio Colectivo de Trabajo 603/10, los cuales son aplicables al sector a partir del 1 de mayo del presente año, conforme a la escala salarial que figura en el Anexo I de lo firmado.
Expresaron también que en todos los casos el incremento se llevará a cabo sobre el importe de los básicos correspondientes a cada categoría a aplicarse sobre la escala salarial 2023 conformada.
Sobre la Compensación y Absorción indicaron que los montos de la escala salarial conformadas entre las partes, absorberán hasta su concurrencia, las mejoras salariales que hayan otorgado u otorguen voluntariamente las empresas y por acuerdo o convenio de partes o disposiciones legales, ya sean de carácter remunerativo o no, cualquiera sea el concepto por el cual se hubieran otorgado o acordado, como asimismo cualquier adicional o incremento futuro, remunerativo o no remunerativo que fijare el Gobierno Nacional en su momento, con alcance general, antes del vencimiento pactado por el presente período (31 de marzo de 2024).
Del mismo modo los referidos salarios básicos absorberán hasta su concurrencia cualquier diferencia de cálculo o de interpretación de normas legales y/o convencionales que pudieran surgir respecto a los importes consignados en la escala salarial convenida en el convenio.
Además fue incluida una “Cláusula de Revisión” la cual expresa que “con el propósito de revisar el impacto del costo de vida y el poder adquisitivo del salario acordado en el presente las partes acuerdan reunirse del 1 al 10 de julio de 2023 a fin de analizar la situación y su impacto en relación a los trabajadores y las empresas”.
Como es de rigor en estos casos, las partes se obligan a través del convenio a agotar todas las instancias de conciliación previstas y en las normas vigentes como condición previa a la realización de medidas de acción directa.
Vale destacar además que la misma entidad gremial suscribió otro convenio, en este caso con la Asociación Bonaerense de la Industria Naval (ABIN) y la Cámara de la Industria Naval Argentina (CINA) arribando a un acuerdo en este primer tramo de la paritaria 2023/2024 con la equiparación de las escalas salariales, en todos sus categorías convencionales, de dos diferentes convenios laborales teniendo en cuenta lo solicitado, oportunamente, por la entidad sindical que nuclea a los obreros navales de nuestro país, escala unificada a partir de abril 2023, el cuál registra un aumento desde mayo del 15%, junio 8%, julio 8%, con una revisión en el mes de julio, dejando establecido además para agosto 8%, septiembre 8%, octubre 8%, totalizando de ese modo un 55% de aumento.