El acuerdo se enmarca en el Convenio Colectivo de Trabajo 603/10, el cual contempla un aumento del 15% para el mes de mayo y un 8% de junio a octubre.
Desde la C谩mara que preside la CPN Florencia Garrido aclararon que las categor铆as Oficial y Medio Oficial sufrieron m铆nimas variaciones en los coeficientes para poder destrabar la firma de este acuerdo.
Lo firmado entre el SAONSINRA 鈥揹onde rubricaron el convenio Juan Antonio Speroni, Ram贸n G贸mez, H茅ctor Billordo e 脥talo Carrizo– contaron con el aval de los miembros paritarios Jorge Mat铆as, Emanuel Figueroa, Pablo Pietronave y Gustavo Cajal, fue suscripto por parte de la C谩mara de la Industria Naval de Mar del Plata por su presidenta Florencia Garrido, Domingo Contessi y Mariano Pascual, con el patrocinio del Dr. Claudio Kornisiuk.
Lo pacto fue dentro del marco de las negociaciones llevadas a cabo respecto al incremento salarial establecido en el CCT 603-10 aplicable al sector, el cual corresponde al per铆odo 4-2023 al 3-2023.
Luego de intercambiar opiniones varias contrapuestas, pero mostrando esfuerzo de ambas partes, se estableci贸 otorgar un incremento sobre los sueldos b谩sicos de las categor铆as que est谩n consignadas en el Convenio Colectivo de Trabajo 603/10, los cuales son aplicables al sector a partir del 1 de mayo del presente a帽o, conforme a la escala salarial que figura en el Anexo I de lo firmado.
Expresaron tambi茅n que en todos los casos el incremento se llevar谩 a cabo sobre el importe de los b谩sicos correspondientes a cada categor铆a a aplicarse sobre la escala salarial 2023 conformada.
Sobre la Compensaci贸n y Absorci贸n indicaron que los montos de la escala salarial conformadas entre las partes, absorber谩n hasta su concurrencia, las mejoras salariales que hayan otorgado u otorguen voluntariamente las empresas y por acuerdo o convenio de partes o disposiciones legales, ya sean de car谩cter remunerativo o no, cualquiera sea el concepto por el cual se hubieran otorgado o acordado, como asimismo cualquier adicional o incremento futuro, remunerativo o no remunerativo que fijare el Gobierno Nacional en su momento, con alcance general, antes del vencimiento pactado por el presente per铆odo (31 de marzo de 2024).
Del mismo modo los referidos salarios b谩sicos absorber谩n hasta su concurrencia cualquier diferencia de c谩lculo o de interpretaci贸n de normas legales y/o convencionales que pudieran surgir respecto a los importes consignados en la escala salarial convenida en el convenio.
Adem谩s fue incluida una 鈥淐l谩usula de Revisi贸n鈥 la cual expresa que 鈥渃on el prop贸sito de revisar el impacto del costo de vida y el poder adquisitivo del salario acordado en el presente las partes acuerdan reunirse del 1 al 10 de julio de 2023 a fin de analizar la situaci贸n y su impacto en relaci贸n a los trabajadores y las empresas鈥.
Como es de rigor en estos casos, las partes se obligan a trav茅s del convenio a agotar todas las instancias de conciliaci贸n previstas y en las normas vigentes como condici贸n previa a la realizaci贸n de medidas de acci贸n directa.
Vale destacar adem谩s que la misma entidad gremial suscribi贸 otro convenio, en este caso con la Asociaci贸n Bonaerense de la Industria Naval (ABIN) y la C谩mara de la Industria Naval Argentina (CINA) arribando a un acuerdo en este primer tramo de la paritaria 2023/2024 con la equiparaci贸n de las escalas salariales, en todos sus categor铆as convencionales, de dos diferentes convenios laborales teniendo en cuenta lo solicitado, oportunamente, por la entidad sindical que nuclea a los obreros navales de nuestro pa铆s, escala unificada a partir de abril 2023, el cu谩l registra un aumento desde mayo del 15%, junio 8%, julio 8%, con una revisi贸n en el mes de julio, dejando establecido adem谩s para agosto 8%, septiembre 8%, octubre 8%, totalizando de ese modo un 55% de aumento.





