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    Gobierno

    Analizan derogar, enmendar y/o modificar la Ley de Cabotaje Nacional Nro.19.492/44

    PescarePor Pescare15 de diciembre de 20234 Minutos
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    Defensores y detractores conjugan en un mismo escenario, donde las actuales autoridades politicas economicas del pais desean desregular actividades que frenan el desarrollo y ponen barreras caras al consumidor/usuario. Desde el gobierno impulsan derogar la Ley de Cabotaje Nacional. Preocupaci贸n en sectores gremiales.
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    El gobierno de Argentina, est谩 analizando y preparando un decreto que podr铆a derogar la Ley de Cabotaje Nacional Nro.19.492/44.

    Esta Ley, vigente desde 1944, establece que todo el transporte de mercanc铆as s贸lidas, l铆quidas o gaseosas con origen y destino en puertos nacionales debe ser realizado por buques argentinos con oficialidad argentina y al menos un 25% del personal subalterno de la misma nacionalidad, seg煤n sus disposiciones generales.

    Art.1掳. La navegaci贸n, comunicaci贸n y comercio de cabotaje nacional ser谩n practicados 煤nicamente por barcos argentinos.

    Art.2掳. – Para que a un barco argentino se le autorice a ejercer la navegaci贸n comercial de cabotaje y tenga derecho a usar el pabell贸n nacional de acuerdo con las disposiciones legales, debe reunir las siguientes condiciones:

    a) Estar inscripto en la matr铆cula nacional;

    b) Ser mandado por capit谩n y oficiales argentinos con t铆tulo argentino;

    c) Ser tripulado por argentinos en una proporci贸n m铆nima del 25% de su rol;

    d) Usar obligatoriamente el idioma nacional en las 贸rdenes de mando verbales y escritas y del servicio del barco y en las anotaciones y libros, y documentos exigidos por el C贸digo de Comercio ( libro III) y las inscripciones de los transmisores de 贸rdenes, alojamientos y compartimientos.

    La derogaci贸n de esta ley implicar铆a el fin de las operaciones de las empresas de bandera argentina en el transporte mar铆timo y fluvial. Las grandes navieras internacionales, como Maersk o MSC, que operan en todo el mundo, podr铆an entrar a competir en el mercado argentino sin las restricciones actuales.

    Esto, prima facie, tendr铆a un impacto negativo en la econom铆a argentina, ya que:

    • Las empresas de bandera argentina perder铆an miles de empleos.
    • Los precios del transporte mar铆timo y fluvial aumentar铆an, lo que encarecer铆a los costos de producci贸n y distribuci贸n de las empresas argentinas.
    • La soberan铆a argentina en el transporte mar铆timo y fluvial se ver铆a comprometida.

    Todos argumentos, propios de la defensa de intereses de quienes, mediante el Estado protector, desarrollaron la actividad sin competencia alguna, y pudiendo aplicar tarifas en dolares muchas veces m谩s altas que en el mercado internacional, y por otro lado, como toda actividad monop贸lica y sin competencia, ofreciendo un servicio ineficiente, al final caro, y sin ajustarse a la necesidad del usuario.

    Los especialistas consultados se帽alan que el gobierno podr铆a evitar este impacto negativo creando un segundo registro en la matr铆cula nacional de buques, que permitir铆a a las navieras argentinas competir en igualdad de condiciones con las internacionales.

    Asimismo, la misma fuente consultada por el medio que public贸 la noticia coinciden en que la derogaci贸n de la ley de cabotaje nacional ser铆a un error estrat茅gico para Argentina. Afirman que China, que ya tiene una fuerte presencia en la zona, se aprovechar铆a de la situaci贸n para aumentar su influencia en el pa铆s.

    Mientras haciendo un an谩lisis ligero de la situaci贸n, menos sectorizada, parcializada y politizada, el mundo funciona de esa manera y nadie por eso desti帽贸 el color de su bandera.

    Defensores del status quo (que todo cambie, para que nada cambie), indicaron que 禄 ya Argentina pas贸 por un per铆odo de pol铆ticas desregulatorias, en la 茅poca del Ministro Jos茅 Dromi en los 90′, donde sucumbio la Marina Mercante de Ultramar芦, agregando que 芦la matriz impositiva, laboral y regulatoria de la actividad de cabotaje mar铆timo y fluvial bajo pabell贸n nacional no puede competir con el mundo芦.

    En conclusi贸n, la derogaci贸n, enmienda y/o modificaci贸n de la Ley de Cabotaje Nacional ser铆a una medida que tendr铆a un impacto negativo en un sector min煤sculo y parcializado de la actividad, que siempre vivi贸 debajo del manto del Estado, regulando negocios y evitando la apertura al mundo como el resto de los paises civilizados, trasladando ineficiencia, burocracia administrativa y costos; sin poder estar expuestos a la libre competencia mundial en protecci贸n de un min煤sculo grupo de trabajadores, gremios y empresarios del sector; algo muy similar a la retr贸grada industria automotriz que paga el consumidor con p茅sima calidad y elevado costo.

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