La C谩mara de la Industria Pesquera Argentina (CAIPA) interpuso un recurso de reconsideraci贸n contra la decisi贸n del Consejo Federal Pesquero (CFP) que, mediante el Acta CFP Nro. 21/2025 (punto 2.3.2), dispuso la creaci贸n de una reserva social de 1.200 toneladas de langostino para la provincia de R铆o Negro. La presentaci贸n fue analizada en el Acta CFP Nro. 25/2025 y result贸 rechazada por mayor铆a.
La c谩mara empresaria cuestion贸 la validez de la medida, alegando que no se dict贸 una resoluci贸n formal para instrumentarla, lo que 鈥攁 su juicio鈥 implica una violaci贸n a normas expresas. Tambi茅n sostuvo que deb铆a existir dictamen de asesoramiento jur铆dico y notificaci贸n como acto de alcance general.
CAIPA se帽al贸 que la decisi贸n permite a la provincia designar buques sin requisitos claros y sin la condici贸n de contar con permisos espec铆ficos para la pesca de langostino en aguas nacionales. Adem谩s, cuestion贸 que no se haya evaluado el estado del recurso, que no se establecieran descargas en puertos rionegrinos y que no se ponderar谩 el mayor valor agregado. Seg煤n la c谩mara, la medida tambi茅n contravendr铆a el Acta CFP Nro. 38/2022, la Resoluci贸n CFP Nro. 23/2022 y el art铆culo 27 de la Ley Federal de Pesca.
El Consejo Federal Pesquero evalu贸 que la c谩mara no acredit贸 un agravio concreto a empresas o buques asociados, lo que limita su legitimaci贸n activa. Se帽al贸 adem谩s que la creaci贸n de la reserva no constituye un acto de alcance general, sino que sus efectos se circunscriben a la provincia de R铆o Negro y a los beneficiarios de la asignaci贸n.
Respecto a los permisos, el CFP aclar贸 que no existe un 鈥permiso de pesca por especie鈥, sino permisos de acceso al caladero que requieren autorizaciones o cuotas individuales para capturas espec铆ficas. Tambi茅n sostuvo que las exigencias y controles ya est谩n previstos en el marco de la Ley 24.922.
Sobre la supuesta falta de publicaci贸n, record贸 que todas las actas se publican en la p谩gina oficial del organismo y que la propia CAIPA tuvo acceso a la decisi贸n en tiempo y forma para presentar el recurso.
El recurso fue rechazado por mayor铆a, con el voto negativo de la Provincia de Buenos Aires. Adem谩s, se intim贸 a la c谩mara a constituir domicilio legal en la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires, sede del CFP. La decisi贸n agota la instancia administrativa y podr铆a pasar a la instancia judicial.





