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    Pesca Ilegal

    Capitanes de pesca aportaron pericia técnica en mesa interinstitucional por ingreso de buque extranjero a la ZEE argentina

    PescarePor Pescare31 de diciembre de 20256 Minutos
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    Capitanes aportó con su expertise en el evento del BP Fakir. Para ellos, estaban en fase final de viraje de aparejo dentro de la ZEEA.
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    Mar del Plata / Buenos Aires. En un contexto de creciente sensibilidad por la tutela efectiva de los recursos vivos del Atlántico Sudoccidental, el Estado nacional reunió a los principales organismos con competencia operativa, administrativa y diplomática para revisar un caso puntual de presunta incursión de un buque extranjero en la Zona Económica Exclusiva (ZEE) argentina y, al mismo tiempo, ajustar criterios de actuación frente a episodios de naturaleza similar.

    La convocatoria fue encabezada por el Subsecretario de Recursos Acuáticos y Pesca, Dr. Juan Antonio López Cazorla, quien dispuso un encuentro de coordinación el lunes 22 de diciembre con participación de representantes del Comando Conjunto Marítimo, la Prefectura Naval Argentina (PNA) y el Ministerio de Relaciones Exteriores, además del Director Nacional de Investigaciones del INIDEP. En representación de la Asociación Argentina de Capitanes de Pesca (AACPyPP) asistieron los capitanes Enrique De Rosa y Jorge Garavano, acompañados por el Dr. Federico Larroy. La entidad fue convocada a partir de la invitación cursada al Secretario General Cap Jorge Frías, quien no pudo concurrir por compromisos médicos previamente asumidos.

    El caso bajo análisis: detección y líneas de evidencia

    El disparador de la reunión fue la detección del ingreso a la ZEE del buque pesquero arrastrero “FAKIR”, de bandera española, el 4 de diciembre que exteriorizamos en la nota del día 18 de diciembre pasado.

    Pesca ilegal. El arrastrero español Fakir in fraganti dentro de la ZEEA. No hubo infracción

    El objetivo formal de la mesa fue doble, por un lado, examinar los hechos según el acervo probatorio recolectado, incluyendo el trazado de derrota mediante imágenes satelitales; por otro, revisar el estado y robustez del trámite administrativo iniciado como consecuencia del incidente, a fin de garantizar consistencia técnica, validez jurídica y previsibilidad institucional.

    En ese marco, la Armada Argentina a través del representante del Comando Conjunto Marítimo, detalló el procedimiento aplicado desde la detección inicial, identificación del buque dentro del área jurisdiccional (un cable dentro de la ZEEA) y comunicación inmediata a la Autoridad Pesquera Nacional, conforme el esquema de alertas y coordinación vigente. A su turno, la Prefectura Naval describió el encuadre de las actuaciones sumariales sancionatorias, con especial énfasis en los requisitos formales y probatorios que deben satisfacerse para que una eventual sanción resista escrutinio y no sea vulnerable a cuestionamientos posteriores.

    Dimensión diplomática: prevención y preparación

    Por tratarse de un episodio que podría derivar en implicancias bilaterales —en la medida en que involucra a una embarcación con pabellón extranjero—, el Ministerio de Relaciones Exteriores tomó conocimiento pormenorizado del caso. La finalidad no fue intervenir sobre la competencia técnica o administrativa, sino asegurar disponibilidad de información precisa para abordar la cuestión por canales diplomáticos si las circunstancias así lo exigieran.

    El rol de los capitanes: lectura operativa de maniobras y estándares de conducta

    La participación de los capitanes De Rosa y Garavano introdujo un componente particularmente relevante, la interpretación profesional de las maniobras atribuidas al buque, a partir de la derrota reconstruida por medios satelitales. Consultados por el Subsecretario, los capitanes evaluaron si los patrones de navegación observados podían corresponder a maniobras de arrastre dentro de la ZEE. Su apreciación fue prudente pero contundente: las maniobras resultan compatibles con un escenario de arrastre en plena levantada de aparejos de pesca desde el exterior de la milla 200, donde se pasaron en su inercia dentro del mar argentino, pero ya con redes a media agua, aunque esa compatibilidad, por sí sola, no clausura la discusión técnica.

    Al mismo tiempo, enfatizaron un punto que, en su criterio, tiene valor normativo y operativo: la obligación de informar. Señalaron que, si el ingreso a la ZEE hubiera respondido a una contingencia de navegación o a un incidente vinculado a la operación de arrastre, el capitán del “FAKIR” debió haber notificado a la PNA de manera preventiva, precisamente para despejar sospechas y permitir una evaluación inmediata y trazable.

    Un argumento de equidad regulatoria: el precedente para la flota nacional

    Desde la AACPyPP se introdujo un aspecto que trasciende el caso y toca el núcleo de la legitimidad regulatoria que es el trato homogéneo frente a presunciones de pesca. Los capitanes expusieron que, en la práctica cotidiana, profesionales argentinos de puente son objeto de sanciones y sumarios por la mera conducta de navegar a menos de seis nudos en zona de veda, operando esa circunstancia como una presunción de actividad pesquera que luego debe ser desvirtuada en expedientes que, con alta frecuencia, derivan en sanciones. Sostuvieron que una de las vías reconocidas para neutralizar esa presunción es haber comunicado previamente la necesidad de reducción de velocidad por causas imprevistas.

    En ese punto, los representantes de la asociación plantearon su preocupación respecto de la capacidad técnica de la PNA para determinar actividad de pesca cuando el análisis se apoya de manera predominante en gráficos y reconstrucciones digitales, ámbito que —según remarcaron— no constituye su especialidad primaria. El planteo no buscó desautorizar la actuación estatal, sino advertir sobre la importancia de una prueba técnicamente sólida, especialmente si el caso concluye con medidas ejemplificadoras.

    La derivación política e institucional de ese razonamiento fue explícita: si se confirma un ingreso con maniobras compatibles con pesca y sin aviso, la ausencia de respuesta sancionatoria adecuada podría convertirse en un antecedente negativo para la comunidad de capitanes argentinos, erosionando la noción de igualdad ante la norma y debilitando el efecto disuasorio del sistema de control.

    Cierre: más coordinación y una sanción “incuestionable” si corresponde

    Como resultado del intercambio, los organismos involucrados acordaron profundizar la coordinación entre Armada Argentina y Prefectura Naval, en el marco de sus competencias, para reforzar la protección de la ZEE. Asimismo, se estableció la posibilidad de recurrir a los estamentos técnicos presentes en la reunión —incluida la experiencia profesional de los capitanes y la capacidad científica del INIDEP— con el propósito de que una eventual sanción, si finalmente correspondiera, sea jurídicamente consistente, técnicamente fundada y ejemplificadora.

    Desde la AACPyPP se valoró la convocatoria como una señal institucional en la dirección correcta: no sólo por el abordaje interagencial del caso, sino por la validación de la representación gremial y profesional de los capitanes en discusiones que impactan sobre la gobernanza pesquera. La entidad remarcó que el encuentro evidenció, de manera tangible, que el conocimiento acumulado en el puente aporta criterios decisivos al momento de evaluar maniobras, contextos operativos y estándares de conducta exigibles.

    Finalmente, la asociación informó que, en el marco de la visita del Subsecretario a Mar del Plata, el lunes pasado se realizó un nuevo encuentro en la sede central de la AACPyPP con el Secretario General Jorge Frías y miembros de comisión directiva, entre ellos Jorge Garavano y Alejandro Reynoso, dando continuidad al canal de diálogo institucional abierto a partir de ese incidente.

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