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    Consorcio Portuario Regional Mar del Plata llama a licitaci贸n y puso l铆mite a ingreso de harinera en ese predio

    PescarePor Pescare26 de octubre de 20235 Minutos
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    M谩s disponibilidad de predios en el puerto de Mar del Plata. El Consorcio Portuario realiz贸 los correspondientes llamados a presentaci贸n de propuestas. No se podr谩n licitar para instalar f谩bricas de harina de pescado.
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    La Resoluci贸n fue emitida el 煤ltimo jueves, previo al acto eleccionario, pero fue publicada reci茅n este martes en el Bolet铆n Oficial de la provincia de Buenos Aires.

    La Gerencia de Explotaci贸n y Marketing del CPRMDP inform贸 la disponibilidad de un predio en jurisdicci贸n del Puerto Local que se encuentra localizado con frente a la calle B/P Pionero N潞 560 entre B/P Estrella del sur y B/P Don Tomas Roldan, en la zona industrial de la jurisdicci贸n portuaria, identificado catastralmente como Parcela 46-A.

    Se propone la realizaci贸n de un llamado a presentaci贸n de propuestas por la parcela de 320,00 metros cuadrados de superficie total, aptas para el desarrollo de actividades industriales afines a la telesis portuaria, exceptuando f谩brica de harina de pescado.

    Menciona la Resoluci贸n que dada la manifiesta escasez de espacios en jurisdicci贸n portuaria, la pretendida unidad de explotaci贸n respecto del predio involucrado a una misma actividad y que los c谩nones portuarios constituyen la principal fuente de financiamiento -dado el sistema de administraci贸n aut谩rquico contenido en la Ley Nacional 24.093- para sufragar los costes que demanda el mantenimiento infraestructural del puerto, se ha proyectado un incremento del arancel de base a abonar del 35 %, ello as铆 con sustento en el mencionado estado de situaci贸n y que consecuentemente encuentra pie en el principio de elasticidad oferta/precio.

    Adem谩s de acuerdo a las normas vigentes, existe la posibilidad de fijar valores diferenciales del tarifario general cuando razones de inter茅s general as铆 lo justifiquen, destac谩ndose tambi茅n que corresponder铆a la aplicaci贸n de un canon mensual para la parcelas de $65.221,63 (PESOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO CON 63/100) comprensivo de la Tarifa I Zona III ($34.978,00), y el 6 % de valuaci贸n inmueble anual ($13.334,32).

    Esto supone un incremento sobre todos los factores (tierra y valuaci贸n inmueble) del 35 % sobre el valor de base que aplique por el cuadro tarifario, acept谩ndose propuestas superadoras y sin prejuicio de las modificaciones que en el futuro pudieran establecerse.

    A lo anterior deber谩n adicionarse los conceptos 鈥淕astos por Servicios Generales鈥 y 鈥淟impieza de la V铆a P煤blica鈥, como lo indican las normativas complementarias  concordantes.

    El organismo evalu贸 la determinaci贸n de un monto para inversi贸n m铆nima que represente un incremento en el valor del inmueble existente, determinada en $18.499.973,68 (pesos dieciocho millones cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos setenta y tres con 68/100), propici谩ndose la ocupaci贸n de los mismos a trav茅s de la realizaci贸n de un llamado p煤blico a presentaci贸n de propuestas de ocupaci贸n.

    El t铆tulo jur铆dico que se otorgar谩 es el de 鈥淧ERMISO DE USO鈥, no pudiendo superar los 5 a帽os de duraci贸n, teniendo un valor del documento constitutivo de las bases del llamado ascender谩 a $1.000.- m谩s impuestos.

    Tambi茅n indica la Resoluci贸n que se encuentra en disponibilidad un sector del predio localizado con frente a la calle B/P ALTAIR (EX B), identificado como PARCELA 1G, de 15.000 metros cuadrados de superficie aproximada, en el ex predio de Elevadores Mar del Plata.

    Indica asimismo que en l铆nea con las estrategias del CPRMDP enmarcadas en el programa MAREA, que fomenta el desarrollo de actividades art铆sticas, recreativas, culturales y gastron贸micas pretende desarrollar actividades convocantes, que fortalezcan el v铆nculo con la comunidad e integren un plan de acciones que brinde los espacios f铆sicos adecuados para el desarrollo de este tipo de desarrollos.

    鈥淓n tal sentido es dable incorporar esta propuesta a la agenda de actividades previstas para la temporada 2023-2024; Que el otorgamiento de un permiso es viable en los t茅rminos propuestos, siendo adecuados los usos proyectados para la realizaci贸n de los eventos art铆sticos antes mencionados, durante el periodo, para lo cual dispondr谩n de un sector de aproximadamente 6.8500 m2 desde el edificio de los silos hasta el l铆mite de la parcela 1-G con el Av. Alta铆r hacia el sur; Que, considerando la alta convocatoria que este tipo de eventos conlleva, se considera propicio el otorgamiento del permiso de uso de una mayor superficie de la parcela para el desarrollo del 谩rea t茅cnica sobre el sector interno de la parcela, previendo el acceso peatonal por Av. Altair鈥, dice tambi茅n lo resuelto.

    Esto completa el uso de la parcela por una superficie total afectada a la organizaci贸n del evento de 10.000 metros cuadrados y que se ha fijado un plazo de vigencia de 9 semanas, computables desde el 25 de diciembre del presente a帽o hasta el 23 de febrero del a帽o entrante.

    Corresponder铆a la aplicaci贸n de un canon total por el periodo acordado para la parcela de $4.813.632,00 (PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS CON 00/100) comprensivo de la Tarifa I Zona I-A ($3.565.653,33), y que supone un incremento sobre el factor tierra del 35% sobre el valor de base que aplique por el cuadro tarifario aplicado sobre la superficie a explotar estimada en 6.850 metros cuadrados.

    A este importe se adicionar谩 en concepto de participaci贸n sobre el objeto de explotaci贸n, la suma equivalente al 5 % del valor de la entrada (considerando la de mayor valor) por asistente, para un evento promedio con el 60 % del aforo admitido, que ser谩 facturado el d铆a posterior a cada evento, tras la presentaci贸n de la liquidaci贸n de entradas por parte del permisionario. Todo lo anteriormente detallado a los efectos de determinar el canon base del llamado, acept谩ndose propuestas superadoras y sin prejuicio de las modificaciones que en el futuro pudieran establecerse.

    Deber谩n adicionarse los conceptos 鈥淕astos por Servicios Generales鈥, quedando a cargo exclusivo del oferente lo referente a limpieza, tanto del predio a permisionar como de la v铆a p煤blica lindera al predio y a las inmediaciones vinculadas al ingreso y descongesti贸n de los eventos.

    Lo solicitado no involucra inversiones ni obras refaccionarias, para lo que el Consorcio considera oportuno propiciar la ocupaci贸n del mismo a trav茅s de la realizaci贸n de un llamado p煤blico a presentaci贸n de propuestas de ocupaci贸n.

    cprmdp licitacion Mar Del Plata
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