El presidente Javier Milei firmó el Decreto Nro.457/2025 que modifica profundamente la Ley Nro. 18.398, reestructurando el marco legal que regula a la Prefectura Naval Argentina (PNA). Con esta decisión, la Prefectura queda consolidada como una Fuerza de Seguridad Federal bajo la órbita del Ministerio de Seguridad, con nuevas competencias, estructura y funciones, tanto en tiempos de paz como en situaciones excepcionales.
Entre los cambios más relevantes, el decreto redefine a la Prefectura como fuerza policial marítima con facultades amplias en materia de seguridad de la navegación, prevención de la contaminación proveniente de buques, protección portuaria, control judicial y asistencia en siniestros. También establece que podrá actuar como Policía Judicial, auxiliar aduanera y migratoria, e incluso intervenir en la pesca y caza marítima en lo que sea de su competencia.
La norma amplía las atribuciones de la fuerza, permitiéndole ejercer funciones como autoridad de aplicación de normas internacionales, intervenir en foros internacionales, y desarrollar tareas de investigación científica. Además, se le asigna la administración del Sistema Nacional de Lucha contra la Contaminación Costera y la gestión de registros clave como el Registro Nacional de Buques y del Personal de la Navegación.
En cuanto a su estructura interna, la Prefectura contará con una Prefectura Nacional y una Subprefectura Nacional, además de direcciones, departamentos, zonas, unidades académicas y organismos de apoyo. Los jefes máximos serán designados por el Poder Ejecutivo.
Otro punto significativo es la incorporación de nuevas disposiciones sobre incorporación, ascensos, régimen disciplinario, retiros y reincorporaciones, con detalladas regulaciones sobre antigüedad, suplementos salariales y derechos del personal retirado. Incluso se contempla la posibilidad de que el Ejecutivo otorgue estado militar al personal en caso de conflicto internacional o conmoción interna.
También se establece que el personal que haya sido dado de baja podrá ser reincorporado o acceder al retiro pleno si se comprueba fehacientemente que hubo razones para revertir esa decisión.
Por último, el decreto instruye a la Prefectura a presentar en un plazo de 90 días hábiles los proyectos reglamentarios necesarios para adecuarse a este nuevo marco, que entró en vigencia el día de ayer a partir de su publicación en el Boletín Oficial.