El Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) ha presentado un nuevo proyecto de ley en el Congreso Nacional, con el objetivo de establecer una exención parcial del pago del impuesto a los ingresos personales para todo el personal embarcado que desempeñe tareas a bordo de cualquier tipo de buque.
La propuesta de ley surge de la necesidad de reconocer las condiciones laborales únicas a las que se enfrentan los trabajadores embarcados. A diferencia de los empleados que realizan sus tareas en tierra, el personal embarcado está obligado a trabajar un número de horas que supera la jornada legal de ocho horas. Estas horas adicionales se deben a la naturaleza de las operaciones marítimas, que incluyen navegación, mantenimiento de la seguridad, maniobras en puerto, y operaciones comerciales, entre otras. Los trabajadores a bordo no tienen la opción de negarse a realizar estas tareas, independientemente del horario o el día de la semana.
En este contexto, los tripulantes se encuentran en una situación de vulnerabilidad, donde no pueden negarse a trabajar debido a las exigencias de seguridad y operatividad del buque. Esta falta de opción los coloca en una posición desventajosa respecto a otros trabajadores que sí pueden elegir si realizar o no horas extras.
El proyecto de ley subraya que el personal embarcado debe estar disponible las 24 horas del día, los siete días de la semana, tal como lo establece la Ley 17.371. A pesar de que su jornada laboral efectiva suele extenderse entre 11 y 12 horas diarias, estas horas adicionales no siempre se reflejan adecuadamente en la liquidación de sus salarios. La situación se agrava cuando se les aplica el impuesto sobre estas horas, que deben cumplir sin posibilidad de cuestionamiento alguno.
Además, se argumenta que el actual marco legal no contempla las particularidades del trabajo a bordo. En el pasado, se había resuelto esta inquietud mediante la exención del diferencial entre el valor de las horas extras y las ordinarias, especialmente para los servicios prestados en días feriados, inhábiles y durante los fines de semana. Sin embargo, con la derogación del artículo 26, inciso x de la Ley 27.743, se vuelve a imponer una carga económica adicional sobre estos trabajadores, lo que consideran “una injusticia”.
El proyecto también pone de relieve una comparación con los trabajadores del sector petrolero, específicamente el “personal de pozo”, quienes, aunque enfrentan condiciones laborales particulares, cuentan con ciertas protecciones que el personal embarcado no tiene. A diferencia de los trabajadores petroleros, los tripulantes de buques no pueden abandonar su lugar de trabajo y, por lo tanto, se encuentran en una posición aún más restrictiva.
El proyecto de ley de exención parcial del impuesto a los ingresos personales para el personal embarcado, impulsado por el SOMU, busca establecer una medida de justicia y equidad para un sector que enfrenta condiciones laborales excepcionales. La aprobación de esta ley podría significar un reconocimiento a las exigencias y sacrificios que hacen estos trabajadores para mantener la seguridad y operatividad en nuestras aguas, equiparando su situación con la de otros trabajadores que ya cuentan con protecciones fiscales.