En un pronunciamiento que marca un antes y un despu茅s, la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n ha resuelto un asunto que generaba honda preocupaci贸n en el 谩mbito empresarial; el c谩lculo de intereses en las indemnizaciones por despido. La decisi贸n pone fin a una controversia que enfrentaba a trabajadores y empresas, y establece un marco legal m谩s preciso, justo y ecu谩nime para el futuro.
El problema laboral de las empresas a la hora de la liquidaci贸n por despido giraba en torno a la f贸rmula para calcular los intereses sobre las indemnizaciones. La C谩mara Nacional de Apelaciones del Trabajo hab铆a adoptado un m茅todo que, seg煤n las empresas, generaba un crecimiento desmedido del monto final, poniendo en riesgo su viabilidad econ贸mica.
Ante las numerosas quejas y la falta de consenso, la Corte Suprema intervino para dirimir la disputa. Tras un an谩lisis exhaustivo, el m谩ximo Tribunal determin贸 que el m茅todo utilizado por la C谩mara del Trabajo carec铆a de fundamento legal y produc铆a resultados desproporcionados.
En su fallo, la Corte Suprema establece que no se pueden cobrar intereses de los intereses, lo que limita el crecimiento exponencial del monto final de las indemnizaciones. Algo que directamente aplicaba llevando a la aplicaci贸n de interes compuesto sobre una base de c谩lculo preestablecida.
Se trata de una decisi贸n que busca equilibrar los derechos de los trabajadores con la realidad econ贸mica de las empresas. La decisi贸n de la Corte Suprema tendr谩 un impacto significativo en el futuro de las indemnizaciones por despido. Se espera que genere mayor previsibilidad para las empresas, que podr谩n afrontar con mayor seguridad los costos asociados a los despidos por justa causa.
El fallo de la Corte Suprema es un paso adelante en la b煤squeda de un sistema de justicia laboral m谩s equilibrado y eficiente. La decisi贸n aporta claridad y seguridad jur铆dica a un tema complejo y sensible, y sienta un precedente importante para futuros eventos.
Hechos
- La Sala IX de la C谩mara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) conden贸 a la empresa COMA S.A. a pagar una indemnizaci贸n por despido a su empleado Fabio Omar Oliva.
- La CNAT dispuso que al capital de la condena se le adicionaran intereses calculados seg煤n los t茅rminos del ACTA Nro. 2764/2022 de la CNAT, que implicaba capitalizar los intereses de forma peri贸dica y sucesiva.
- La empresa COMA S.A. interpuso un recurso extraordinario federal por considerar que la capitalizaci贸n de intereses era arbitraria y desproporcionada.
驴Es v谩lida la capitalizaci贸n peri贸dica y sucesiva de intereses en las indemnizaciones por despido?
La decisi贸n de la Corte Suprema declar贸 admisible la queja de la empresa COMA S.A. y dej贸 sin efecto la sentencia de la CNAT, consider贸 que la capitalizaci贸n peri贸dica y sucesiva de intereses no encuentra sustento en el C贸digo Civil y Comercial de la Naci贸n; considerando la decisi贸n de la CNAT, arbitraria y desproporcionada, ya que el monto final de la condena se increment贸 en un 7745,30%.
La CSJN sustent贸 la decisi贸n en el art铆culo 770 del C贸digo Civil y Comercial de la Naci贸n que establece que 芦no se deben intereses de los intereses芦. Las excepciones a esta regla son taxativas y de interpretaci贸n restrictiva.
La capitalizaci贸n peri贸dica y sucesiva de intereses no est谩 contemplada en las excepciones al art铆culo 770, considerando adem谩s, que la decisi贸n de la CNAT vulner贸 los derechos constitucionales de propiedad y de la defensa en juicio.
Como resultante, el fallo de la Corte Suprema establece un l铆mite al c谩lculo de intereses en las indemnizaciones por despido. Las empresas ya no podr谩n ser condenadas a pagar intereses de forma desproporcionada, por cuanto el fallo brindar谩 mayor seguridad jur铆dica a las empresas y a los trabajadores.
