En el marco de las medidas dictadas para evitar la propagación del coronavirus, la Afip emitió la instrucción general IG 2/2020 que al menos desde lo formal asegura la continuidad de los servicios esenciales que la industria requiere para seguir exportando.
El texto apunta que el servicio aduanero atenderá prioritariamente aquellas operaciones de importación o exportación que se encuentren relacionadas con las actividades declaradas como esenciales por el Decreto presidencial 297/2020; entre ellas, la pesca.
El instructivo también deroga a su predecesor IG 1-2020, el cual establecía prioridad en los servicios aduaneros para los productos perecederos, con estacionalidad o que no resulte posible su acopio. Ahora, todos los productos del sector están comprendidos.
Persona mínimo
De todas maneras, se aclara: “Las operaciones y/o destinaciones deberán ser atendidas afectando al personal mínimo indispensable, velando por el estricto cumplimiento de las normas establecidas por la autoridad sanitaria a los fines de preservar la salud del personal”.
Asimismo, insta a los administradores de zonas primarias a cumplir con las normas sanitarias para proteger al personal aduanero, los auxiliares del comercio y servicio aduanero, sus apoderados y dependientes, importadores y exportadores, entre otros.
“Las pautas establecidas a través de la presente tendrán vigencia mientras exista la amenaza y el riesgo sanitario abordado en las normas emitidas por el Poder Ejecutivo, en relación a la propagación del coronavirus (COVID-19)”, cierra el instructivo.