La Administración General de Puertos SAU (AGP) resolvió modificar el procedimiento de intimación y gestión de cobranzas de facturas adeudadas en dólares por el uso de la Vía Navegable Troncal, mediante la Resolución 17/2025 publicada este 10 de abril en el Boletín Oficial (ver Anexo I al pie de la resolución).
La decisión responde a la necesidad de actualizar el mecanismo de cálculo de intereses moratorios ante la discontinuación de la tasa LIBO o simplemente LIBOR (Acrónimo de LIBO Rate), la referencia histórica utilizada en las operaciones en dólares estadounidenses, que dejó de publicarse en septiembre de 2024. En su lugar, la AGP adoptará la tasa SOFR (Secured Overnight Financing Rate), recomendada por el Comité de Tasas de Referencia Alternativas (ARRC) y administrada por la Reserva Federal de Nueva York.
La nueva metodología de cálculo de intereses será aplicable a todas las acreencias generadas por peajes en la Vía Navegable Troncal, incluso aquellas correspondientes a períodos anteriores.
La medida se formaliza con la sustitución del Anexo I del procedimiento vigente desde abril de 2022, con un nuevo texto que también actualiza la denominación de áreas internas de la AGP conforme al organigrama aprobado en 2024.
Desde la AGP explicaron que esta actualización busca mejorar la eficiencia, homogeneidad y transparencia en los procesos de cobranza, tanto extrajudicial como judicial. La Vía Navegable Troncal, cuya operación, mantenimiento, dragado y señalización está a cargo de la AGP desde 2021, constituye una infraestructura estratégica para el comercio exterior argentino.
La resolución fue adoptada con el aval de las áreas técnicas y jurídicas de la AGP, así como con la intervención favorable de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación.
La medida entró en vigencia el día de ayer con su publicación oficial y ya fue comunicada a las direcciones internas involucradas.