En un giro que sacudió por completo el clima interno del Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU), la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió suspender las elecciones que estaban en curso desde la mañana de hoy 1 de diciembre y hasta el 5 de diciembre, luego de analizar una presentación cargada de denuncias, actas notariales y acusaciones cruzadas entre el oficialismo y dos listas opositoras.
La medida, de carácter cautelar e inmediata, fue votada por mayoría, con adhesión de los jueces Diana R. Cañal y Mario S. Fera, quienes entendieron que, de continuar el proceso electoral tal como estaba planteado, podría producirse un daño de difícil reparación para la vida institucional del gremio marítimo.
El reclamo que encendió la alarma
Las listas opositoras —Granate Nro. 41 y Azul Nro. 100— habían acudido a la Justicia denunciando un sinnúmero de irregularidades supuestamente cometidas por la Junta Electoral del sindicato. Entre ellas, mencionaron:
Negativa a recibir listas completas en la seccional Necochea.
Descalificaciones masivas de candidatos opositores, incluso de listas ya oficializadas.
Falta de traslado de impugnaciones, lo que, afirman, les impidió ejercer el debido contralor.
Exhibición deficiente o parcial de padrones, lo que afectaría la transparencia del proceso.
Denuncias por presuntas firmas adulteradas, respaldadas por actas notariales.
Las listas aseguraron que la Junta Electoral habría actuado con favoritismo hacia la Lista 22 Naranja, ligada al oficialismo, incluso oficializándola en todas las categorías pese a que —según las opositoras— algunos candidatos no reunirían los requisitos exigidos por el Estatuto del SOMU, según surge de la demanda.
La respuesta del sindicato
El gremio rechazó de plano cada acusación. Afirmó que el proceso “se desarrolló con suma transparencia”, que se habían oficializado 37 listas en total, lo que demostraría pluralidad democrática, y que las exclusiones de las listas opositoras se debieron a “irregularidades graves” en la aceptación de cargos y avales.
Además, cuestionó la validez de la notificación del auto que había abierto la discusión sobre la cautelar. Sin embargo, la Cámara desestimó esa nulidad por falta de fundamentos.
Por qué la Justicia frenó la elección
Más allá de las posiciones enfrentadas, según surge del fallo, la Cámara se enfocó en dos elementos clave:
- La existencia de documentación y actas notariales que, al menos de manera preliminar, permiten inferir un proceso controvertido.
- El riesgo institucional de permitir que una elección avance con objeciones tan severas: si luego se confirmaran irregularidades, habría que anular actos, retrotraer procesos y provocar un daño mayor.
En palabras de la Cámara, el objetivo es evitar “situaciones de muy dificultosa o imposible reparación posterior”.
El fallo subraya que la Justicia laboral no puede avalar procesos sindicales que se alejen de la lógica de apertura, pluralidad y transparencia que exige la libertad sindical.




Una decisión que reconfigura el escenario gremial
La resolución, lejos de resolver el fondo del conflicto, abre un paréntesis cargado de tensión; la elección queda suspendida hasta que el Tribunal analice la totalidad de las denuncias. El fallo deja claro que no se adelantó opinión, sino que aplicó una medida preventiva ante el riesgo de consumar un acto que podría nacer viciado.
Con este parate, el SOMU ingresa en un escenario inédito y cargado de interrogantes. El oficialismo deberá defender la legalidad de sus actos ante el Tribunal, mientras que las listas opositoras lograron, al menos por ahora, frenar un proceso que consideraban direccionado en su contra.
El fallo también envía un mensaje claro a todo el universo sindical, la Justicia está dispuesta a intervenir cuando encuentra indicios concretos de que un proceso electoral podría violar garantías básicas.






