Un dictamen del Ministerio de Trabajo bonaerense estableció la inaplicabilidad del DNU nacional que habilitaba la contratación optativa, con el objetivo de preservar puestos de trabajo, reforzar la seguridad operativa y proteger la actividad portuaria.
La Provincia de Buenos Aires resolvió que la contratación de serenos de buques será obligatoria en todos los puertos de su jurisdicción, dejando sin efecto la aplicación del régimen de optatividad dispuesto por el Gobierno Nacional. La medida fue formalizada a través de un dictamen jurídico del Ministerio de Trabajo provincial, que establece la inaplicabilidad del DNU 342/25 en territorio bonaerense.
La decisión busca resguardar fuentes laborales, fortalecer los estándares de seguridad y sostener el rol estratégico del Estado en el control de actividades sensibles vinculadas a la operatoria portuaria y la soberanía.
El dictamen fue emitido por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, encabezado por el ministro Walter Correa, quien adhirió formalmente al documento. Allí se sostiene que la normativa nacional que habilita la contratación optativa de serenos no resulta compatible con las competencias provinciales en materia laboral y de control portuario.
El antecedente inmediato es el Decreto Nacional Nro.37/2025, (Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre), que desreguló la actividad y estableció que la contratación de serenos de buques dejaba de ser obligatoria. En la práctica, esa modificación derivó en que numerosas agencias marítimas y empresas armadoras prescindieran de estos trabajadores.
Para la autoridad bonaerense, esa flexibilización generó un escenario de desprotección en aspectos vinculados a la seguridad, la salud, el medioambiente y las condiciones laborales dentro de los puertos.
El dictamen sostiene que la provincia, en ejercicio de su autonomía y preexistencia institucional al Estado Nacional, tiene la facultad de fijar criterios propios para el funcionamiento de sus puertos y la protección del trabajo.
Desde esa perspectiva, se considera que los serenos de buques, al igual que el resto de la tripulación y el personal en tierra, no son una figura optativa sino un componente necesario y obligatorio para garantizar la seguridad operacional de las embarcaciones, el control de accesos y la prevención de incidentes.
La resolución establece que la obligatoriedad alcanza a todas las embarcaciones comerciales o industriales, nacionales o extranjeras, con un arqueo superior a las 2.000 toneladas, que permanezcan amarradas en puertos fluviales o marítimos, tanto de uso público como privado, dentro de la provincia de Buenos Aires.
De este modo, la normativa restablece un esquema de control y presencia permanente que había quedado desdibujado tras la vigencia del decreto nacional.
La medida fue recibida con respaldo por parte de organizaciones sindicales del sector marítimo. Desde el SICONARA expresaron públicamente su acompañamiento al dictamen del Ministerio de Trabajo bonaerense, destacando su impacto en la preservación del empleo, la seguridad operativa y la defensa de la actividad portuaria.
“Recibimos con mucho agrado el dictamen”, señalaron desde la entidad, valorando que la provincia haya ratificado el carácter obligatorio de una función que consideran estratégica para la protección de los puertos, las embarcaciones y los trabajadores.






