La última sesión del CFP dejó varios temas además de los reflejados días atrás en esta Editorial. Uno de ellos se refiere a la especie calamar y a la próxima apertura de su zafra.
Por una parte la empresa “Illex Fishing S.A.” la cual solicitó la sublocación del proyecto de explotación de calamar del buque “ESTHER 153” (M.N. 02058), es decir una solicitud de cambio de titularidad temporal del proyecto de explotación de calamar del buque.
De acuerdo al informe de la Autoridad de Aplicación, se agregó el contrato de matrícula con el contrato de sublocación inscripto, hasta el 20 de octubre de 2025, la vigencia del proyecto hasta el 17 de noviembre del mismo año, la planta en tierra del grupo empresario con sus habilitaciones, y los compromisos del proyecto, lo que hizo que se autorizara el cambio de titularidad temporal del proyecto de explotación exclusiva de la especie calamar con poteras del barco citado.
Otra de las empresas que solicitó un permiso con similares características es “Pesquera Latina S.A.” para los buques “LU QING YUA YU 280” (M.N. 03141) y “LU QING YUAN YU 288 (M.N. 03142), permisos que también fueron otorgados por unicidad, los cuales poseen una inscripción vigente hasta los años 2029 y 2030.
Con respecto a la apertura de la temporada de calamar para el año entrante, vale destacar que las cámaras CAPA y CEPA presentaron sendas notas para que se realice la misma al sur del paralelo 44° de latitud sur (para el próximo 10 de enero), lo que recibió como respuesta lo enviado por el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero.
El motivo esgrimido por las cámaras empresariales es que las operaciones al sur del paralelo 49° S en búsqueda del Stock Sudpatagónico (SSP) han resultado infructuosas en los últimos años.
La respuesta que brindo el Instituto fue que el comienzo anticipado de la temporada facilita el aprovechamiento del Stock Desovante de Verano (SDV), constituido por calamares que para mediados de enero ya han superado el proceso reproductivo y se encuentran próximos al final del ciclo vital.
En el mismo sentido, señaló el Instituto que el mencionado stock se captura hasta mediados de febrero entre los paralelos 44 – 48° de latitud Sur, al oeste del meridiano 62° de longitud Oeste, donde la coexistencia con el SSP es muy baja o nula.
Por esta razón, resulta factible adelantar el inicio de la temporada por lo que, por unanimidad se modificó la decisión contenida en el punto 5.1. del Acta CFP N° 37/2023 y disponer la apertura anticipada de la temporada de captura de la especie calamar (Illex argentinus), de la siguiente manera:
- entre los paralelos 49° y 52° de latitud Sur, desde la hora 0:00 del día 2 de enero de 2024;
- al sur del paralelo 44° de latitud Sur, exclusivamente a los buques que hubieran operado al sur del paralelo 49° de latitud Sur durante al menos tres (3) días en tareas de pesca, desde la hora 0:00 del día 7 de enero de 2024; y
- al sur del paralelo 44° de latitud Sur para el resto de la flota, desde la hora 0:00 del día 12 de enero de 2024.
De esta manera queda de lado lo planteado en la menciona Acta 37 del presente año, donde se había determinado la apertura al sur del paralelo 44° de latitud Sur, exclusivamente a los buques que hubieran operado al sur del paralelo 49° de latitud Sur durante al menos 5 días en tareas de pesca, desde la hora 0:00 del día 10 de enero de 2024; y al sur del paralelo 44° de latitud Sur para el resto de la flota, desde la hora 0:00 del día 20 de enero de 2024.