La nueva normativa establece que los trámites de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), habilitados para la realización de presentaciones en los procedimientos vigentes en la órbita de la Subsecretaría de Pesca, se encontrarán disponibles en la página web www.argentina.gob.ar/agricultura/servicios
Además se ha instruido a la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera a promover la digitalización, el acceso directo y simplificado para la totalidad de las presentaciones que las administradas y los administrados deban efectuar en el ámbito de sus respectivas atribuciones.
Cada una de las entidades y las jurisdicciones involucradas deberán adoptar los recaudos necesarios para determinar normativamente el plazo máximo de resolución de cada trámite administrativo, estipulándose en días y horas hábiles administrativos los actos, diligencias y actuaciones.
Quedó establecido que los agentes que reportan a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura deberán prestar la colaboración necesaria para indicar a los administrados el adecuado funcionamiento de los trámites en el ámbito de los Módulos de Acceso del SiFIPA –Sistema Federal de Información de Pesca y Acuicultura- como así también en la plataforma TAD –Trámites a Distancia-.
Entre las consideraciones que se tuvieron en cuenta para emanar esta Disposición, las autoridades han destacado, tal como lo marca la Ley 25.506, que se promoverá el uso masivo de la firma digital de modo tal que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, buscando con ello que se deje de utilizar paulatinamente el “formato papel”.
Vale destacar que la Ley 27.446 establece que los documentos oficiales electrónicos firmados digitalmente, los expedientes electrónicos, las comunicaciones oficiales, las notificaciones electrónicas y el domicilio especial constituido electrónicamente en la Plataforma de Trámites a Distancia y de los sistemas de gestión documental electrónica que son utilizados en el Sector Público Nacional tienen idéntica eficacia y valor probatorio que sus equivalentes en soporte papel o cualquier otro soporte que se utilice a la fecha de entrada en vigencia de la presente medida, debido a su interoperabilidad que produce su reconocimiento automático en los sistemas de gestión documental electrónica, por lo que no requerirá ningún tipo de legalización al respecto.
Otros de los considerandos da cuenta que la presentación de documentación en la plataforma y módulos deberá hacerse en formato electrónico. Para ello, los usuarios de la plataforma y de los módulos podrán solicitar la digitalización de la documentación que deban presentar y que conste en soporte papel en la sede del organismo pertinente, de acuerdo a los procedimientos que sean fijados por la exsecretaría de Modernización Administrativa.
Han dejado aclarado, tal cual lo indica un Decreto del año 2016, que el valor jurídico del original de los documentos electrónicos firmados digitalmente, disponiendo que todos los documentos y expedientes generados en soporte electrónico y los reproducidos de la misma manera a partir de los originales de primera generación en cualquier otro soporte, y que hayan sido digitalizados de acuerdo al procedimiento que establece la ex secretaría mencionada, serán considerados originales, tiendo la misma eficacia y valor probatorio que sus equivalentes en soporte papel.
De acuerdo a los considerandos, en caso de optar por la utilización de la plataforma, el organismo competente brindará el soporte técnico e informático preciso para la canalización adecuada de la diligencia realizada por la administrada o administrado y teniendo en cuenta que los trámites vigentes estarán publicados en el página web oficial del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación. Desde la cartera de Pesca, se avanza hacia la tecnificación, eficiencia y rapidez en los trámites administrativos buscando la optimización al servicio de la actividad.