La Subsecretar铆a de Puertos, V铆as Navegables y Marina Mercante del Ministerio de Transporte, en su car谩cter de Autoridad de Aplicaci贸n del Decreto nro. 572/94 鈥 Reglamento de Formaci贸n y Capacitaci贸n del Personal Embarcado de la Marina Mercante (REFOCAPEMM), autoriz贸 con car谩cter de excepcional la extensi贸n del plazo de pr贸rroga correspondiente a los T铆tulos, Certificados y Refrendos cuyos vencimientos operaron durante los a帽os 2020, 2021 y 2022.
La nota firmada por el Subsecretario Leonardo Esteban Cabrera Dom铆nguez, de la Subsecretar铆a de Puertos, V铆as Navegables y Marina Mercante que depende de la cartera que conduce Alexis Guerrera indica que en relaci贸n a las exigencias para el cumplimiento de los tr谩mites que el personal de la Marina Mercante Nacional debe realizar para el mantenimiento de sus T铆tulos, y luego de realizar un an谩lisis de la situaci贸n y ver que se contin煤a con una problem谩tica al respecto, la Subsecretar铆a a ra铆z de la aplicaci贸n de los decretos del Poder Ejecutivo Provincial y en referencia a la Emergencia Sanitaria producida desde el a帽o 2020, ha otorgado pr贸rrogas.
Estas 煤ltimas son en referencia a los diferentes tr谩mites que se deb铆an realizar respecto a los T铆tulos y Certificados emitidos, tanto por la Armada Argentina como por la Prefectura Naval Argentina, con la premisa de no interrumpir la continuidad laboral y preservar las fuentes de trabajo del personal embarcado.
Entre otros considerandos, la nota emitida indica que con el objetivo de impulsar el reordenamiento del Sistema que abarca los diversos aspectos relacionados con la titulaci贸n y habilitaci贸n del Personal de la Marina Mercante, y contribuir al cumplimiento de las exigencias nacionales e internacionales y especialmente en las medidas excepcionales que debieron adoptarse para paliar la mencionada emergencia sanitaria, se aprecia conducente aplicar una serie de medidas que tienda a recomponer la situaci贸n planteada.
En tal sentido, el personal embarcado de la Marina Mercante dividido en:
- El personal que se halle en posesi贸n de T铆tulos sin vencimiento, expedidos con anterioridad al 1掳 de enero del 2011, conforme a lo establecido en la Resoluci贸n JEMGA N潞 317/10; y
- Aquellos profesionales que se encuentren comprendidos dentro de las pr贸rrogas otorgadas oportunamente por esta Subsecretar铆a.
En ambos casos deber谩n realizar la correspondiente validaci贸n/reexpedici贸n ante la mencionada Subsecretar铆a de Formaci贸n y Titulaci贸n de la Armada Argentina.
De acuerdo a lo manifestado por la Prefectura Naval Argentina, se consensu贸, que para el caso de no haber iniciado a煤n el tr谩mite que le correspondiera, en oportunidad de su concurrencia para el Censo que dicho organismo realizara, podr谩n presentar un Acta de Compromiso en car谩cter de declaraci贸n jurada del tripulante, donde deber谩 constar el compromiso de 茅ste de iniciar la validaci贸n/reexpedici贸n, cuyo modelo ser谩 incorporado a las p谩ginas oficiales de los organismos competentes.
Destacan adem谩s que la Prefectura Naval Argentina manifest贸 en la misiva remitida a la Subsecretar铆a, el incumplimiento de las formalidades citadas (validaci贸n/reexpedici贸n y/o censo), se constituir谩n en causales de invalidaci贸n del T铆tulo/Certificado y como consecuencia dar谩n lugar a la Inhabilitaci贸n por parte de la Prefectura Naval Argentina, tal como dicho organismo se帽al贸 oportunamente a trav茅s de una nota.
De acuerdo a este disposici贸n, el cronograma de las pr贸rrogas autorizadas en el 谩mbito fluvial y de la pesca queda conformado de la siguiente manera:
1. Prorrogar hasta el 31 de julio de 2022 todos los T铆tulos y Certificados de Oficiales y Marineros que hayan vencido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 inclusive, siempre que se haya presentado la documentaci贸n correspondiente con anterioridad al 31 de julio de 2022.
2. Prorrogar por 18 meses desde la fecha de vencimiento todos los T铆tulos y Certificados de Oficiales y Marineros que hayan vencido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2021 inclusive, siempre que se haya presentado la documentaci贸n correspondiente con anterioridad al 31 de julio de 2022.
3. Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2022 todos los T铆tulos y Certificados de Oficiales y Marineros que hayan vencido entre el 1掳 de julio y el 31 de diciembre de 2021 inclusive.
4. Prorrogar por 12 meses desde la fecha de su vencimiento todos los T铆tulos y Certificados de Oficiales y Marineros que hayan vencido o venzan entre el 1掳 de enero y el 31 de diciembre de 2022 inclusive.
Para acogerse al beneficio de la pr贸rroga en caso de corresponder, el tripulante deber谩 presentar el formulario de 鈥淒eclaraci贸n jurada鈥 debidamente completado y firmado.
Esta 鈥渄eclaraci贸n jurada鈥 ser谩 exigida para realizar el censo que la Prefectura Naval Argentina llevar谩 a cabo en el corriente a帽o.
