La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo (CTMFM) estableció para 2027 una captura total permisible (CTP) de 2.750 toneladas para el conjunto de rayas de altura en la Zona Común de Pesca, a partir de las recomendaciones técnicas elaboradas sobre el estado de este recurso multiespecífico.
La medida fue dispuesta mediante la Resolución CTMFM Nro. 8/2026. Del volumen total establecido, 2.450 toneladas quedarán inicialmente habilitadas para la pesca, mientras que las 300 toneladas restantes conformarán una reserva administrativa.
Esta reserva podrá ser habilitada por la Comisión durante el segundo semestre de 2027 mediante una resolución fundada, dentro de los márgenes previstos para el manejo sustentable del recurso.
La captura inicialmente disponible se distribuirá en dos períodos: 1.590 toneladas entre enero y junio y 860 toneladas entre julio y diciembre. Cualquier saldo que quede sin utilizar al finalizar el primer semestre será transferido al segundo.
La decisión se apoya en el análisis realizado por el Grupo de Trabajo de peces cartilaginosos de la CTMFM, que evaluó información proveniente de campañas de investigación, estadísticas pesqueras y muestreos de desembarque para determinar una captura biológicamente aceptable.
La Comisión adoptó un criterio precautorio debido a las diferencias de distribución, abundancia y parámetros biológicos y poblacionales existentes entre las especies que integran el conjunto, que pueden presentar distintas respuestas frente a la presión pesquera.
La norma incorpora además una herramienta de control durante el desarrollo de la temporada. Si en cualquiera de los semestres las capturas alcanzan el 80% del cupo correspondiente, se establecerá hasta el cierre de ese período un máximo de rayas de altura que no podrá superar el 10% del total desembarcado en cada marea.
De esta manera, la CTMFM definió anticipadamente el esquema de administración de las rayas de altura para 2027, combinando una captura inicialmente habilitada de 2.450 toneladas, una reserva de 300 toneladas y mecanismos de ajuste destinados a regular la presión extractiva sobre el recurso.






