En la normativa se ha fijado para el presente año y para el 2024, en la jurisdicción del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, la Captura Total Permisible de la especie Pescadilla (Cynoscion guatucupa) en 19.000 toneladas anuales.
De CTP se habilitan por esta Resolución, 18 mil toneladas para la pesca y se ha fijado una reserva administrativa de hasta 1.000 toneladas, que las Comisiones podrán habilitar a través de una Resolución la cual deberá tener fundamentos.
La Resolución lleva las firmas del Embajador Diego Tettamanti (Presidente de la Delegación Argentina), Alem García (Presidente de la Delegación Uruguaya), Mariana Inés Llorente y Zapicán Bonino (ambos presidentes por Argentina y Uruguay respectivamente), en la cual reflejan en sus consideraciones la necesidad de adoptar medidas relativas a la conservación de la pescadilla y su racional explotación, en aguas bajo jurisdicción del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.
Fundamentaron la determinación en que el Tratado les otorga a las Comisiones, los cometidos de realizar estudios y coordinar planes y medidas relativas a la conservación y racional explotación de las especies, algo que ya estaba predeterminado por la Resolución Conjunta nro. 2 del año 2006.
La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo encomendó al Grupo de Trabajo de Recursos Costeros la tarea de sugerir niveles de captura biológicamente aceptables para lo que resta del presente año, como así también para el próximo en el área del Tratado, por lo cual el Grupo mencionado sobre la base de la información de las campañas de investigación en el área, la estadística pesquera y la información biológico-pesquera del muestreo de desembarque, sugirió medidas de conservación y manejo con el objetivo de mantener la sustentabilidad del recurso.
Vale destacar que hace apenas un mes se realizó la reunión binacional del Grupo de Trabajo Recursos Costeros de la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo, la cual está compuesta por investigadores del Programa Pesquerías Demersales Costeros del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero, participando también representantes de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos de la República Oriental del Uruguay.
La reunión se basó en la evaluación conjunta de la pescadilla en el área del Río de la Plata, en la Zona Común de Pesca Argentino-Uruguaya y aguas jurisdiccionales adyacentes al norte de los 39° S.
En los distintos encuentros se llevó a cabo la actualización de la pesquería de pescadilla en la Zona Común de Pesca Argentino-Uruguaya por las dos flotas, a la vez que se presentaron los índices de abundancia y modelos de evaluación utilizados.
Del mismo modo se realizó el análisis de las proyecciones de la evolución futura de la abundancia ante distintos escenarios de captura y se hicieron recomendaciones a la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo y a la Comisión Administradora del Río de la Plata para el establecimiento de las medidas de manejo para el presente año y el siguiente.
Este especie se encuadra entre las demersales-pelágicas, y vive por lo general en aguas con temperaturas que oscilan entre los 13 y 20 grados, y si bien viven a profundidades de unos 100 metros, por la noche asciende a capas próximas a la superficie.
La pesca se realiza a través de la flota costera, la de Rada o Ría y los buques que operan con red de arrastre, aunque en sectores costeros la modalidad utilizada es “a la pareja”, mientras quienes se dedican a la pesca artesanal lo hacen con redes de enmalle, palangres o simplemente líneas de mano, cotizada también por los pescadores deportivos.