El Consorcio de Gestión de Puerto Quequén dispuso la contratación obligatoria de serenos de buques para todas las embarcaciones que amarren, operen o permanezcan en su jurisdicción, en una medida orientada a fortalecer la seguridad operativa, el control y la prevención de riesgos durante la estadía en muelle
La decisión fue formalizada mediante la Disposición N.º 3/2026, firmada por el presidente interino del Consorcio, Mariano Carrillo, y se fundamenta en la necesidad de garantizar estándares adecuados de vigilancia sobre buques, cargas e instalaciones portuarias, considerando el valor económico y estratégico de la operatoria que se desarrolla en el puerto.
Desde el Consorcio se sostiene que la presencia permanente de un sereno constituye una herramienta razonable y necesaria para prevenir hechos de intrusión, sustracción, sabotaje, incendios, derrames u otras contingencias que puedan afectar la integridad del buque, la mercadería, el ambiente y la seguridad de las personas. La medida también apunta a mejorar la trazabilidad de incidentes y la detección temprana de situaciones de riesgo, en articulación con los sistemas de seguridad portuaria existentes.
La disposición establece que la obligación de contratar serenos deberá ser cumplida por las agencias marítimas, armadores o representantes de los buques, quienes deberán garantizar su presencia durante todo el período de permanencia en muelle. Asimismo, se faculta al Consorcio a requerir en cualquier momento la acreditación documental de dicha contratación y a realizar inspecciones y verificaciones operativas. El incumplimiento dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la normativa vigente.
En cuanto a las funciones, el sereno de buque tendrá a su cargo la vigilancia general de las embarcaciones amarradas y de las cargas o mercaderías depositadas en muelles, riberas y plazoletas, debiendo responder de manera inmediata a los requerimientos del área de Protección Portuaria del Consorcio y de la Prefectura Naval Argentina.
La medida adoptada en Puerto Quequén se inscribe en los lineamientos definidos por la Provincia de Buenos Aires, que resolvió que la contratación de serenos de buques sea obligatoria en todos los puertos bajo su jurisdicción, dejando sin efecto el régimen de optatividad dispuesto a nivel nacional.
Ese criterio fue fijado mediante un dictamen jurídico del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, que estableció la inaplicabilidad del Decreto N.º 37/25 del Poder Ejecutivo Nacional en territorio bonaerense. La decisión tuvo como objetivo resguardar fuentes laborales, fortalecer los estándares de seguridad portuaria y sostener el rol estratégico del Estado en el control de actividades sensibles vinculadas a la operatoria portuaria y la soberanía. En ese marco, se recomendó a los entes portuarios provinciales avanzar en la obligatoriedad de su contratación.
En línea con ese antecedente, la nueva disposición del Consorcio de Gestión de Puerto Quequén reafirma la competencia provincial —y de los consorcios portuarios— para dictar reglamentos en materia de seguridad de la operatoria portuaria, integrando la labor de los serenos al esquema general de prevención junto a la Prefectura Naval Argentina y los dispositivos de protección portuaria existentes.






