La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo (CTMFM) resolvió la prohibición de la pesca de merluza común (Merluccius hubbsi) en un sector de la Zona Común de Pesca desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2025, con el objetivo de proteger las concentraciones de juveniles detectadas en primavera.
El organismo binacional, integrado por Argentina y Uruguay, aprobó la Resolución CTMFM Nro. 11/2025 tras comprobar, mediante estudios científicos conjuntos, la presencia de ejemplares juveniles en el área. La medida se enmarca en lo dispuesto por el Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, que busca asegurar una explotación racional y la recuperación de los recursos compartidos.
La veda regirá en el sector delimitado por los puntos 35°38’S – 53°20’W; 35°46’S – 52°51’W; y 37°19’S – 55°23’W. En esa zona quedará prohibida no solo la captura de merluza, sino también el uso de artes de pesca de fondo.
Si bien la norma establece restricciones severas, permite la pesca de especies pelágicas en horario diurno, siempre que se utilicen redes de media agua. También se exceptúan de la veda los artes dirigidos a invertebrados bentónicos, lo que abre la posibilidad de mantener cierta actividad sin comprometer la protección de la merluza juvenil.
La CTMFM advirtió que cualquier incumplimiento será considerado una infracción grave, lo que implica sanciones significativas tanto para embarcaciones argentinas como uruguayas.
La resolución fue firmada en Montevideo por los presidentes de la Comisión, Álvaro Fernández y Luis Eugenio Bellando, y comunicada a las cancillerías de ambos países para su publicación en los boletines oficiales. De esta forma, se refuerza la cooperación regional en torno a un recurso clave para la economía pesquera de la región.