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    Resoluci贸n CTMFM Nro.8/2024. Se prohibi贸 la pesca de calamar en la Zona Com煤n de Pesca

    PescarePor Pescare4 de septiembre de 20243 Minutos
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    Nueva Resoluci贸n de la Comisi贸n T茅cnica Mixta pone fin a la temporada de calamar illex argentinus dentro de la ZCP.
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    La Comisi贸n T茅cnica Mixta del Frente Mar铆timo (CTMFM), organismo binacional encargado de la administraci贸n de la Zona Com煤n de Pesca entre Argentina y Uruguay, ha emitido una nueva resoluci贸n con el objetivo de proteger la poblaci贸n de calamar (Illex argentinus) en esta 谩rea estrat茅gica. La Resoluci贸n CTMFM Nro.8/2024, publicada el 29 de agosto de 2024, establece la prohibici贸n de la pesca dirigida a esta especie a partir del 31 de agosto de 2024, con miras a la temporada extractiva de 2025. Recordemos, la temporada hab铆a iniciado el 1 de mayo pasado mediante Resoluci贸n CTMFM Nro.2/2024.

    Contexto y Justificaci贸n

    El calamar Illex argentinus es una de las especies de mayor valor comercial en la pesca del Atl谩ntico Sudoccidental, siendo fundamental tanto para la econom铆a de Argentina como de Uruguay. Sin embargo, la explotaci贸n intensiva y las fluctuaciones naturales en sus poblaciones han llevado a las autoridades a tomar medidas preventivas para asegurar su sostenibilidad.

    Seg煤n el asesoramiento t茅cnico recibido por la CTMFM, se ha detectado una alta concentraci贸n de ejemplares juveniles en la Zona Com煤n de Pesca, lo que pone en riesgo la regeneraci贸n de la especie si no se toman acciones inmediatas. La decisi贸n de prohibir la pesca dirigida a partir de la fecha establecida busca proteger a estos juveniles, permitiendo que alcancen su madurez y contribuyan a la renovaci贸n de la poblaci贸n de calamar en la regi贸n.

    La Resoluci贸n 8/2024 contempla varios puntos clave:

    1. Prohibici贸n de la Pesca: A partir del 31 de agosto de 2024, queda prohibida la pesca dirigida a la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Com煤n de Pesca. Esta medida es indispensable para evitar la explotaci贸n de las poblaciones juveniles.
    2. Sanciones: La resoluci贸n considera cualquier transgresi贸n a esta prohibici贸n como un incumplimiento grave, lo que implica que las sanciones ser谩n severas para aquellos que violen la normativa.

     La resoluci贸n fue comunicada a los Ministerios de Relaciones Exteriores de Argentina y Uruguay, y se public贸 en los boletines oficiales de ambos pa铆ses, garantizando su difusi贸n y cumplimiento.

    Impacto en la Industria Pesquera

    La implementaci贸n de esta prohibici贸n tendr谩 un impacto directo en la actividad pesquera en la regi贸n. Si bien la medida es esencial para la conservaci贸n del calamar, tambi茅n podr铆a generar desaf铆os para las flotas pesqueras que dependen de esta especie, principalmente el segmento de flota uruguayo, que ademas de la merluza, no posee especies de gran valor comercial y demanda instant谩nea en mercados internacionales. A corto plazo, las empresas y los trabajadores del sector deber谩n adaptarse a la nueva normativa, posiblemente enfoc谩ndose en otras especies o ajustando sus estrategias de pesca.

    No obstante, a largo plazo, esta resoluci贸n termina siendo una inversi贸n en la sostenibilidad de la pesca del cefal贸podo. Al proteger a los juveniles hoy, se espera que las futuras temporadas extractivas puedan beneficiarse de poblaciones m谩s robustas y sostenibles, asegurando la continuidad de la actividad pesquera en la Zona Com煤n de Pesca.

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