La Comisi贸n T茅cnica Mixta del Frente Mar铆timo (CTMFM) resolvi贸 mediante la Resoluci贸n CTMFM Nro.8/2025 ajustar los vol煤menes de captura habilitados para las especies de rayas costeras y de altura durante el segundo semestre del a帽o. Esta medida se enmarca en los objetivos de conservaci贸n y administraci贸n responsable de los recursos pesqueros compartidos por la Rep煤blica Argentina y la Rep煤blica Oriental del Uruguay en la zona del R铆o de la Plata y su Frente Mar铆timo. La nueva resoluci贸n se dio a conocer oficialmente en la publicaci贸n del Bolet铆n Oficial del d铆a 30 de julio pasado.
La decisi贸n fue adoptada durante una reuni贸n realizada el 30 de julio en Montevideo, sede permanente del organismo binacional, luego de analizar los registros de desembarques al 30 de junio. Seg煤n los datos oficiales, no se alcanzaron los cupos previamente establecidos para el primer semestre, lo cual habilita la transferencia de los saldos no utilizados al per铆odo siguiente, tal como lo prev茅 la Resoluci贸n CTMFM N潞 14/2022 en sus art铆culos 3掳 y 4掳.
En concreto, los excedentes disponibles ascienden a 1.161 toneladas para rayas costeras y 2.273 toneladas para rayas de altura, cifras que ser谩n sumadas a los cupos originalmente previstos para el segundo semestre. De esta manera, la CTMFM estableci贸 que entre julio y diciembre de 2025 podr谩n capturarse hasta 2.411 toneladas de rayas costeras y 3.773 toneladas de rayas de altura en el 谩rea de jurisdicci贸n com煤n.
El organismo explic贸 que este ajuste responde a la necesidad de propender al ordenamiento de las pesquer铆as involucradas, con el fin de lograr una explotaci贸n racional que garantice la sustentabilidad de los stocks. Adem谩s, se record贸 que esta herramienta de flexibilidad entre semestres permite un manejo m谩s eficiente de las especies, evitando desperdicios o subutilizaci贸n de los recursos disponibles.
La resoluci贸n fue firmada por los representantes de ambas delegaciones, 脕lvaro Fern谩ndez por Uruguay y Luis Eugenio Bellando por Argentina, y ya fue comunicada a los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores. Su publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial de la Rep煤blica Argentina y en el Diario Oficial de la Rep煤blica Oriental del Uruguay formaliza su entrada en vigencia.






