La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) oficializó una actualización significativa en los montos de indemnizaciones y compensaciones adicionales que reciben los trabajadores afectados por accidentes o enfermedades laborales. La medida, publicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución 37/2025, comenzó a regir el 1° de septiembre y se extenderá hasta el 28 de febrero de 2026.
Se trata de una actualización periódica que busca preservar el poder adquisitivo de estas prestaciones en un contexto inflacionario y de aumento de salarios formales. Para definir los nuevos montos, la SRT utiliza el índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), que ajusta automáticamente las cifras cada semestre.
Principales cambios
Con esta resolución, las compensaciones adicionales de pago único contempladas en la Ley 24.557 pasaron a los siguientes montos:
- Inciso a): $38.946.415
- Inciso b): $48.683.019
- Inciso c): $58.419.605
Antes de esta actualización, los valores eran de $31.911.034, $39.888.793 y $47.866.537, respectivamente.
El piso mínimo para la indemnización por Incapacidad Laboral Permanente (ILP), que se otorga a trabajadores que sufren secuelas graves, se elevó a $87.629.423, frente a los $71.799.818 que regían hasta agosto.
En tanto, para casos de fallecimiento o incapacidad total, la compensación prevista en la Ley 26.773 no podrá ser inferior a $16.595.103, un aumento frente a los $13.597.321 anteriores.
Estas sumas tienen carácter irrenunciable, intransferible e inembargable, y cuentan con el mismo nivel de protección que los créditos alimentarios, garantizando que los trabajadores o sus familias reciban efectivamente el beneficio.
La normativa prevé distintos escenarios en los que corresponde el pago adicional:
- Trabajadores que, tras el alta médica, conservan una incapacidad permanente.
- Casos de incapacidad laboral grave que limita sustancialmente la capacidad de ganancia.
- Fallecimiento del trabajador, donde el beneficio se entrega a los derechohabientes.
Estas compensaciones se suman a la indemnización principal y buscan fortalecer la cobertura económica frente a contingencias laborales de gran impacto.
La SRT explicó que estos ajustes responden a la variación semestral del índice RIPTE, un mecanismo automático que refleja la evolución de los salarios registrados.
Este sistema, según el organismo, aporta previsibilidad y seguridad jurídica tanto para trabajadores como para empleadores, evitando que los valores queden desactualizados frente a la inflación y el incremento del costo de vida.
La Resolución 37/2025 se apoya en un marco legal que incluye la Ley 24.557, la Ley 26.773, la Ley 27.348 y el Decreto 1.694/09, que eliminó topes indemnizatorios y estableció pisos mínimos obligatorios.
Como antecedente inmediato, se encuentra la Resolución 9/2025, que había fijado los valores vigentes hasta agosto.
Impacto en el sistema y preocupación empresarial
Si bien la actualización representa un alivio para los trabajadores y una señal de respaldo estatal a quienes atraviesan situaciones de vulnerabilidad por accidentes o enfermedades, el incremento de los montos genera una fuerte preocupación en el sector empresario, en especial en actividades de alto riesgo como la pesca marítima, donde la siniestralidad suele ser elevada.
Las nuevas cifras, que superan ampliamente los $80 millones en casos de incapacidad laboral grave y casi $60 millones en compensaciones adicionales, implican para las empresas un incremento exponencial en sus costos operativos y en las primas de seguros, poniendo presión sobre un sistema que ya enfrenta tensiones financieras.
Fuentes del sector pesquero señalaron que, si bien reconocen la necesidad de proteger a los trabajadores, “los montos alcanzaron un nivel difícil de sostener para muchas empresas, especialmente las pequeñas y medianas, que podrían ver comprometida su continuidad”.
En un contexto económico inestable, el temor de los empresarios es que estos ajustes terminen trasladándose a los precios finales, pero sobre todo multiplicándose en el tiempo mediante tasas de interés compuesto, afectando la competitividad internacional de ciertos rubros exportadores y generando conflictos en la negociación colectiva de convenios laborales, pero sobre todo llevando a las Pymes a un quebrando difícil de superar.
La resolución, firmada por el superintendente Gustavo Darío Morón, entró en vigencia inmediatamente después de su publicación oficial hace dos días.
Mientras tanto, sindicatos y cámaras empresarias se preparan para una nueva ronda de negociaciones, con el desafío de equilibrar la protección de los trabajadores y la sustentabilidad financiera y económica de las empresas frente a indemnizaciones que no dejan de crecer en un ambiente donde las tasas rondan en el 60% anual.