Categoría: prácticos de puerto

En una nueva disposición de la Prefectura Naval Argentina, se retrotrae a su origen la normativa pertinente al uso de práctico de puerto obligatorio para embarcaciones de hasta 75 metros de eslora y hasta 6.25 metros de calado. Con motivo del dragado del canal de acceso y secundario a valores operativos superiores a los 30 pies, con atino, las autoridades de Vías Navegables de la Nación, dieron conformidad para que la PNA anule la disposición que obligaba a transitar el canal de acceso al puerto local restringido a esloras y calados inferiores a modo preventivo. Buena gestión del Consejo de Empresas Pesqueras Argentinas, CEPA.